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TSJ ordena la ocupación inmediata de DirecTv y la restitución del servicio a los subscriptores

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó este viernes a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) tomar posesión de manera inmediata de las instalaciones de Directv en el país, y le ordena a la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (operadora nacional de la marca), el continuar de manera inmediata con la prestación de servicio de televisión por suscripción.

La medida cautelar se deriva de la decisión de la Sala Constitucional del TSJ de admitir la acción de amparo solicitada por los ciudadanos Israel Marín Martínez y William Fuentes, en su carácter de miembros y voceros de un comité denominado Frente de Usuarios y Usuarias para la Defensa de los Derechos Comunicaciones.

Toma de instalaciones y operaciones

La decisión N° 0064-2020 de la Sala Constitucional ordena a Conatel tomar posesión inmediata de todos los bienes muebles e inmuebles, oficinas comerciales, sedes administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y cualquier otro equipo o instalación destinada a la prestación del servicio por suscripción gestionado por Directv Venezuela, para lo cual contaran con el apoyo de de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB).

En la sentencia también se instruye a Conatel a designar una Junta Administradora Ad-Hoc de la empresa Galaxy Entertainment, que estará presidida por su Director General, Jorge Elieser Márquez Monsalve, quien “tendrá las más amplias facultades de administración, a fin de garantizar el inmediato restablecimiento de los servicios de televisión por suscripción y garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores de la empresa”, según indica el documento legal.

Adicionalmente, se establece la prohibición de salida del país a los integrantes de la junta directiva de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela), y decreta la inmovilización de cualquier tipo de cuenta bancaria o instrumento financiero de los cuales sean titulares.

Alerta a las otras operadoras de TV por subscripción

Ordena la sentencia a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) tomar las medidas pertinentes ante las retenciones por vía de pagos automáticos, en protección a los suscriptores y hasta tanto no se materialice la continuidad del servicio e informar a la Sala.

Cierra la sentencia, estableciendo que las medidas cautelares acordadas en ella, se harán extensivas a todas aquellas operadoras de televisión por suscripción que de manera intempestiva suspendan la prestación de sus servicios.

La Sala Constitucional ordenó la remisión de copia certificada del fallo al Ministerio Público, para que sea esta institución quien determine las responsabilidades penales a que hubiere lugar.

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