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TSJ ratifica prohibición de salida del país para directivos de El Nacional

Este miércoles la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la prohibición de salida del país para 14 integrantes de la junta directiva del diario El Nacional, según sentencia Nº 796 emanada por el organismo.

La decisión del máximo tribunal del país, redactada por su presidenta Gladis Gutiérrez, está enmarcada en la demanda que entabló el diputado Diosdado Cabello contra el mencionado periódico; al que acusó de difamarlo de manera continua con una serie de reportajes donde lo presentan como un narcotraficante.

Los trabajos periodísticos fueron publicados entre el 27 y 30 de enero de 2015 tanto por El Nacional como en Tal Cual y La Patilla. Dichos medios reprodujeron a su vez los reportajes publicados por el diario ABC de España con declaraciones de Leamsy Salazar, ex jefe de seguridad de Cabello y quien huyó a Estados Unidos donde ahora es un testigo protegido de la Agencia Antidrogas.

Cabello demandó a los medios venezolanos que se hicieron eco de tales acusaciones. La acusación privada del diputado fue tramitada ante el Tribunal 12º de Juicio de Caracas que acordó admitirla el 5 de mayo de 2015, según expediente Nº 121-891-15.

Allí consta que los directivos de los mencionados medios de comunicación fueron imputados por la presunta comisión del delito de difamación agravada y continuada. Además se les prohibió salir del país y la obligación de presentarse ante el citado Tribunal cada ocho días.

El apelante. Ramón José Medina, ex diputado de Primero Justicia, apeló la imputación, alegando que para la fecha cuando se publicaron los reportajes presuntamente difamatorios, ya él no formaba parte de la directiva de El Nacional. Por lo tanto solicitó anular la medida tras considerarla “inconstitucional, ilegal e injusta”.

Tales planteamientos fueron declarados sin lugar por la sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas el 20 de octubre de 2015. Los jueces le dijeron que esa prueba donde se aclara su condición de no accionista del diario El Nacional debió debatirla en el tribunal de primera instancia y no ante un tribunal colegiado como la Corte de Apelaciones.

Al ser rebotado en la Corte de Apelaciones, Medina interpuso en abril de 2016 un recurso de amparo ante la Sala Constitucional del TSJ. Argumento que se le violó el derecho a la defensa porque el Tribunal 12º de Juicio dictó la prohibición de salida del país “sin previa notificación”.

En la Sala Constitucional le declararon inadmisible el recurso de amparo porque lo tramitó “erróneamente”. Los magistrados le respondieron que antes de proceder con el amparo debió agotar otras vías para atacar las medidas impuestas a él con ocasión de la demanda interpuesta por Diosdado Cabello.

“El ciudadano Ramón José Medina Simancas tenía a su disposición una vía judicial ordinaria, a saber, la solicitud de revocación o sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad, dispuesta en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal”, ejemplifican los magistrados.

Y al haber acudido a esa vía del amparo, los magistrados le recordaron al abogado y ex diputado que esa es una de las causales para declarar inadmisible un recurso de amparo.

Consultamos a magistrados de la Sala Constitucional sobre las implicaciones de la decisión y explicaron que ella también abarca a los demás directivos de El Nacional sobre los cuales pesa la prohibición de salida del país.

Ellos son: Miguel Henrique Otero, Mariana Otero, Argenis Rafael Martínez Mota, José Simón Elarba Haddad, Oswaldo Karam Macía, Luis Carlos Serra Carmona, Juan Andrés Wallis Brandt, Omar José Delgado Lugo, Jorge Papatzikos Gianopulos, Vivianne de Lourdes Font Fernández, Ramón José Medina Simancas, Beatriz Cecilia De Majo de Algisi, Carmen Elena Macía Fortique, Leopoldo Eduardo López Mendoza, ahora resta una decisión final sobre el tema de la demanda: El Nacional y otros medios difamaron si o no a Diosdado Cabello.

Recientemente la Sala Penal confirmó condena de cuatro años contra David Natera, editor de El Correo del Caroní, acusado de difamar a un empresario del estado Bolívar ligado al negocio del hierro, reseñó ÚN.

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