Economía

El TSJ y la inflación

La Sala Constitucional del TSJ declaró la semana pasada sin lugar el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra el artículo 125 y la Disposición Transitoria Décima de la Ley del Banco Central de Venezuela (julio 2005) por José Guerra, Jesús Rojas, Oscar García Mendoza y yo, por ser violatorias de los artículos 318 y 320 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al restringir la capacidad del BCV para cumplir sus objetivos, y por tanto poner en alto riesgo la estabilidad de precios y de la unidad monetaria, con la pérdida de respaldo en reservas internacionales de nuestra moneda, todo ello con el objeto de financiar políticas fiscales deficitarias; además, por ser violatorias del artículo 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al romper el principio de legalidad del gasto público (ver el recurso nulidad y la decisión del TSJ en el website señalado).

Con el disentimiento razonado del magistrado Pedro Rondón Haaz, las Sala Constitucional del TSJ argumentó que la reforma a la ley del BCV que permite al Gobierno tomar decenas de miles de millones de dólares de las reservas internacionales del BCV, sin contrapartida en bolívares, no  afecta la estabilidad económica, ni crea vulnerabilidad de la economía ni influye adversamente en la estabilidad monetaria y de precios, y por lo tanto no afecta bienestar social.  El artículo 320 de la Constitución dice que el Estado debe velar por estos temas centrales en la vida de los ciudadanos.

Desde que se aprobó esta reforma a la ley del BCV en 2005, la inflación anual pasó de 14,4% en 2005 a 31,9% en 2008 y en medio de una recesión bajó a  27,4% en 2010 (inflación reprimida con controles de precios que inducen a reducir la producción nacional y crean escasez de productos). Esta última tasa es la más alta de un mundo en el cual ha bajado la inflación. Solo América Latina, área tradicional de alta inflación hasta la última década del siglo XX, tuvo una inflación de 5,5% en 2010. La de Venezuela fue 5 veces más alta que el promedio de 21 países de la región medidos por la Cepal. La decisión del TSJ ignora este record y hará imposible bajar la inflación hasta que la interpretación de la Constitución y las leyes coincida con el interés nacional y este sea el objetivo de la política económica venezolana.

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