Economía

Impuesto a las transacciones financieras en divisas entrará en vigencia el próximo 27 de marzo

Luego de que transcurrieran tres semanas de aprobar en segunda discusión la reforma al Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) por la Asamblea Nacional, que gravará las transacciones en divisas, se pudo conocer que el instrumento legal entrará en vigencia el 27 de marzo.

Mediante la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.687 del 25 de febrero de este año, el Decreto ley dictado por el líder chavista Nicolás Maduro en 2015 ahora pasa a tener carácter de Ley. 

Sin mayores modificaciones a lo aprobado por la AN, el nuevo IGTF gravará las transacciones en divisas y criptomonedas, salvo las que estén exoneradas en el texto.

La reforma oficializó y mantuvo el polémico artículo 4 que califica como contribuyentes del nuevo IGTF a las personas naturales y jurídicas con monedas distintas al bolívar y criptomonedas distintas al petro. Cabe destacar que se mantienen sin modificación el numeral 5 (pagos en general en divisas o criptos, con alícuotas de entre 2 % y 8 %) y el 6 (pagos en divisas a sujetos pasivos especiales, con entre 2 % y 20 %).

La administración de Maduro, en cambio, aprobó mediante Decreto N° 4.647 en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.689 las exoneraciones totales y parciales al IGTF.

En el artículo 5 del Decreto se aclara que no están sujetos al pago del impuesto las siguientes operaciones:

-Las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas.

-Los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, salvo los realizados por sujetos pasivos especiales (SPE).

-Los pagos en monedas distintas al bolívar y criptomonedas diferentes al petro realizados a personas que no sean SPE.

-Las remesas enviadas desde el exterior.

La vigencia de las exoneraciones y la no sujeción del nuevo IGTF será de un año a partir de su publicación, por lo que, en teoría, la administración chavista no cierra la puerta a que el impuesto a todas las operaciones en divisas pueda ser utilizado en un futuro.

El contenido de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) no incluye la normativa que se aplicará para cobrar el tributo, principalmente el que se genere cuando una persona natural le paga a un contribuyente especial.

.

Fundado hace 28 años, Analitica.com es el primer medio digital creado en Venezuela. Tu aporte voluntario es fundamental para que continuemos creciendo e informando. ¡Contamos contigo!
Contribuir

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba