Economía

La LOTT y la libertad sindical

Se ha perdido una gran oportunidad con la aprobación por via Habilitante de la inconstitucional Ley Orgánica del Trabajo, de producir un nuevo contrato social con la participación de todos, ya que las leyes del trabajo no se hacen así. Estas determinan que deben ser consultados todos los sectores, porque de otro modo, terminará mal lo que comenzó mal.

Los trabajadores deseaban mucho más allá de algunos avances en determinados derechos en el campo del derecho individual, los cuales consideró positivos. La Ley del trabajo tiene que ver con la posibilidad de empleo porque justamente en Venezuela el gran problema es el desempleo. De 13 millones 400 mil personas que están en la población activa, solamente 6 millones 400 mil tienen un empleo fijo, mientras que a 7 millones no se les aplica la Ley del trabajo porque, o son informales o desempleados y en ambos casos no están protegidos.

Me Pregunto ¿Con esa ley se van a producir empleos para esos 7 millones? ¿Se van a producir empleos para los 200 mil jóvenes que cada año se incorporan al mercado de trabajo? Vemos de manera dramática como el único camino que les queda es incorporarse a la economía informal o irse del país como tanto jóvenes profesionales que conforman la inmensa diáspora venezolana. Por ello rechazo contundentemente el método por ser antidemocrático.

Otro problema que se presenta en esta ley es lo relativo a la libertad sindical. Esperábamos que la nueva ley tuviera inmensas posibilidades de revolucionar el mundo sindical. Este deseo viene desde 1990 cuando la ley pasó a ser Orgánica. ¿Por qué se mantiene todavía la figura del sindicato de empresa como se establece en el artículo 376 de la ley? Es limitativo y pertenece a otra época del sindicalismo, entre los años 40 y 60 del pasado siglo.

Reafirmo que es un acto de persecución al sindicalismo la creación del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, donde se le tiene que entregar cualquier información que pida el Ministerio del trabajo, así como las funciones de los inspectores, quienes, se convierten en perseguidores de la libertad sindical cuando puede establecer cuales cláusulas o no, se pueden homologar por ser de orden público.

En cuanto al derecho a huelga los inspectores del trabajo podrán limitar este derecho de forma unilateral, así como también pueden imponer la junta de arbitraje. La tapa del frasco es la creación de los Consejos de Trabajadores. Si el gobierno quiere comisarios políticos en el sindicalismo, que monte sus leyes aparte como hicieron con la ley de Consejos Comunales y el resto de leyes orgánicas del Estado Comunal.

En la relación laboral solo deben existir dos actores fundamentales: Los sindicatos, y los Delegados de Prevención que son producto de la LOPCYMAT, Ley de Riesgos en el Trabajo. Hoy tenemos una ley cercenadora de la libertad sindical, que pone en duda la posibilidad de empleo de todos los venezolanos por ser un señuelo electoral, mas que una normativa juridica que promueva el diálogo social en las relaciones de trabajo.

 

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