Economía

Lineamientos básicos para una reforma profunda del estado venezolana

Desde que se asumieron los retos de las propuestas de reforma nacional,
se han venido haciendo una y otras propuestas. Los alcances de este trabajo
son limitados, y no pretenden abarcar áreas que no son dominadas por quien
esto escribe, como la parte judicial, ni las de seguridad, sino que se
limitan a reformas político-administrativas de carácter general para buscar
darle más agilidad y celeridad a los procesos públicos, además de darle
mayor coherencia y fortaleza al país.

Las que aquí se plantean se refieren a los siguientes:
1) Reforma de los poderes nacionales. Básicamente tiene que ver con la
reforma del Poder Legislativo, ampliándolo a 2 cámaras, además de aumentar
su número y redefinir sus funciones.

2) A nivel jurídico y administrativo, revisar y hacer un inventario de
leyes, reglamentos y organismos, para ver cuáles se solapan, cuáles tienen
razón de ser, cuáles deben ser fortalecidos, y cuáles eliminados.

3) Reforma, o mejor, verdadera creación de una estructura regional, que
hoy es tan difusa como poco efectiva.

4) Reforma y reestructuración a nivel estadal, redenominando a las
entidades federales al llamarlas provincias, que en realidad es lo que
son. Se crearían nuevas provincias. Y también se transformaría el poder
legislativo provincial.

5) Reforma y reestructuración municipal, que también se multiplicarían,
además de, igualmente, ampliar los Concejos Municipales.

6) Reforma y reestructuración de los niveles sub-municipales, redefiniendo
las Juntas Parroquiales, darle carácter de nivel público constituido a los
Consejos Comunales, eliminar los CLPPP y los CEPPP.

7) Reestructuración total de todo el sistema de registros civiles,
mercantiles, notarías, identificación, extranjería, inmuebles, automotores,
etc., para hacerlos más ágiles, funcionales y modernos, de manera de
utilizar los adelantos tecnológicos, y no seguir con esquemas de la época en
que todo se hacía a mano, como en la era colonial.

Como se verá, son reformas que tienen que ver con la parte político
administrativa, de frecuente contacto por y para funcionarios de elección
popular, y donde el ciudadano común actualmente puede verse frustrado
políticamente si no satisface sus aspiraciones, generándose el descontento,
que hay que evitar, al tiempo que se fortalece el país.

II.- INTRODUCCIÓN

Para comenzar, este trabajo se inspiró en las propuestas de reformas
constitucionales, y al sector público, que propuso el Presidente de la
República en el mes de enero del presente año. Llamó a iniciar un debate, y
aquí estoy proponiendo unas ideas generales sobre cómo debería ser la
estructura gubernamental venezolana.

No todas las propuestas que se formulan irían en una reforma
constitucional. Algunas pueden estar en una Ley orgánica, en una Ley
ordinaria, en un reglamento, o hasta en actos administrativos. Pero primero
debemos hacer este trabajo, de definir en líneas generales qué es lo que
queremos.

Por ejemplo, para subdividir los estados y municipios en la actualidad no
hace falta modificar ningún artículo de la Constitución, sino comenzar a
hacerlo. No obstante, sería bueno que el proceso se diera en el ambiente de
una reforma mayor a la Constitución, no por la Constitución en sí, sino que
el proceso que la acompaña facilitaría que se produjeran esos cambios que
proponemos, y bajaría la resistencia natural a los mismos.

Indudablemente, una reforma parlamentaria como la que se plantea aquí si
necesita de una reforma constitucional profunda (no necesariamente una
constituyente). Lo mismo vale para los actuales estados y municipios, pues
se cambiaría el tamaño de los entes legislativos y los procesos que
involucrarían.

Empero, el texto que aquí se presenta no se dedica a diferenciar qué es
lo que hay que hacer por cada vía, sino que habla de las bases teóricas en
las que se basarían las reformas. Hay propuestas de alto impacto en el modo
de vida, y que no requieren de ninguna reforma legal ni constitucional, como
lo es la reestructuración del sistema de registros, notarías, prefecturas,
identificación y extranjería; es más, para hacerlo podríamos comenzar mañana
mismo, como un acto administrativo, sin necesidad de pasarlo por la Asamblea
Nacional ni por la base habilitante.

Así las cosas, y sabiendo dónde están buena parte de las fallas que
tiene el sector público nacional, es imperativa una reforma profunda, tal y
como lo planteó el Presidente Hugo Chávez, y aquí estamos haciendo una
pequeña contribución que tiene que ver con la parte administrativa del
gobierno (como no es mi especialización, no me estoy involucrando en la
parte penal, militar, de seguridad, etc.), y se que tal vez no se oigan
todas, pero esperemos que se sumen al debate nacional.

III.- FUNDAMENTOS DE LA REFORMA DEL SECTOR PÚBLICO

A pesar de los cambios experimentados en Venezuela, especialmente después
de la Constitución de 1999, se puede afirmar que el Estado venezolano sigue
siendo similar, en líneas generales, que dejó el gobierno de Antonio Guzmán
Blanco, hace unos 130 años. Ha habido pequeños cambios, pero sigue
pareciéndose.

Por ejemplo, a las provincias se les sigue llamando estados. A la
figura del Presidente de Estado se le cambió el nombre a Gobernador hace
mucho tiempo, y desde 1989 estos son electos de forma directa y no
designados desde la capital. También, la cantidad de Estados y sus nombres
no han recibido mucha alteración, y en los últimos 70 años, tampoco las
fronteras (salvo la creación del estado Vargas).

Los Distritos pasaron a llamarse Municipios, y su máxima autoridad
ahora es el Alcalde en vez del Presidente del Concejo y el Prefecto o
Jefe Civil. Pero la figura del Prefecto sigue existiendo, ya no sabemos
para qué, pero está allí, junto a la del Comisario, y los registradores
y notarios.

A nivel nacional, el poder sigue concentrado en Caracas, la ciudad más
poblada del país, sin lugar a dudas, y cuya principal actividad económica es
la burocracia gubernamental, en contraste con las que más aportan dinero al
gobierno y a la economía. Fijémonos en algo: las principales actividades
económicas de Venezuela son el petróleo (indudablemente, desprendido en el
primer lugar), la agricultura (y conexos, como pesca, silvicultura,
ganadería, etc.), la minería y metalurgia, y la industria. Dense cuenta que
Caracas no es ni centro petrolero, ni agrícola, ni minero, ni industrial, ni
portuario, pero es la CAPITAL, y su principal actividad económica es la
administración pública.

Por eso, dado que en Caracas no lidera ningún sector económico, pero a
través de ella se canalizan los fondos de todo el país, lo único que hacen
los funcionarios capitalinos, -especialmente de los niveles medios-, es
poner cada día más trabas y condiciones para la tramitación y uso del dinero
(el ocio los hace actuar así), volviéndose cada día más pesado e
ineficiente el funcionamiento de la administración pública en general.

Por lo tanto, urge hallar una solución para agilizar a la administración
pública. Aquí no me encargaré de dar todas las soluciones, pero la tarea
completa sigue pendiente.

Hay que recordar que para hacer estas propuestas hemos partido de una
base, que es la realidad actual y la historia nacional. No estamos
proponiendo exabruptos institucionales, como podría ser que algunas
gobernaciones sean hereditarias, ni la creación de condados (con condes y
todo), ni las regiones separadas (por ejemplo, poner en una misma región a
Falcón con Delta Amacuro). Todo lo contrario, son propuestas
revolucionarias, pero racionales.

Y repetimos, estas propuestas van destinadas a fortalecer al estado y
perpetuar la unidad nacional en el tiempo. Es cierto que algunas de ellas
favorecerán al ejecutivo sobre el legislativo, pero en un futuro, con una
estructura similar, simplemente se pueden cambiar los atributos de cada
Poder Público para equilibrar un poco las cargas. Implicaría una elección
pronta, al aprobarse la reforma constitucional, para renovar y constituir
los nuevos cuerpos legislativos, y las nuevas provincias, municipios,
parroquias y consejos comunales. Es más, el único cargo que no se tocaría
por ahora sería el del Presidente de la República, ni los poderes electoral,
ciudadano y judicial. Por cierto, dado que las reformas que proponemos aquí
sólo implican a los poderes de elección directa (ejecutivo y legislativo),
los de elección de segundo grado (judicial, electoral, y ciudadano)
deberían recibir modificaciones menores para adaptar su designación a la
nueva estructura legislativa.

Por último, la estructura político territorial que proponemos más
adelante se puede mantener en el tiempo, por 100 ó más años,
independientemente del modelo socio económico que adopte el país, sea de
izquierda, de centro, de derecha, materialista o humanista, por lo que puede
tener amplia aceptación de cualquier persona nacionalista,…, salvo de
alguien que esté jugando a la división nacional y en favor de intereses de
potencias foráneas.

IV.- REFORMA DE LOS PODERES NACIONALES

¿Alguien ha tratado de hacer alguna gestión ante el gobierno nacional, en
Caracas? Ya sea tramitar algunos recursos del FIDES o LAEE que pertenecen a
los municipios pero que son administrados en la capital, o llevar algún
papel para su legalización, cualquiera sufre una vía crucis, y mientras lo
hace, insulta y piensa mal de todo el mundo, y a veces jura tomar venganza.

Supongamos que alguien necesita llevar un papel para el exterior. Primero
que nada, lo saca en su respectiva localidad (porque hay la absurda
costumbre de que los papeles vencen a los 6 meses); luego lo lleva uno al
registro principal del estado para legalizarlo. Después al Ministerio del
Interior y Justicia. Luego a la cancillería. Y por último, al respectivo
consulado. En cada una hay la respectiva cola y espera, más el viaje desde
el interior a Caracas. O contratan los servicios de un gestor (como en el
FIDES y LAEE, que muchos dejaban de trabajar como asalariados en ellos para
dedicarse a ser gestores ante sus antiguos empleadores).

A cada rato, el Presidente ordena tomar tal o cual medida, pero pasa el
tiempo y no sucede nada. La única forma de hacer las cosas a veces, es
mediante una declaración de emergencia. Hay muchas leyes vigentes,
muchísimas diríamos. Todavía hay en vigencia leyes y estructuras del siglo
XIX, e inclusive, de la época española (no estamos exagerando).

Por supuesto, las leyes se sobreponen, y lo permite una ley lo prohíbe
otra, y se justifica en una tercera. La manera de iniciar un proceso penal
es peor que la de hacer un proceso administrativo. Hay que hacer un
inventario de leyes, y reformar todas las que hagan falta, y lo mismo con
los organismos: ver cuáles existen, hacen falta, se solapan, o los que no
tienen razón de ser.

Y hay que acercar el poder público nacional al pueblo común y a las
regiones. Hace falta la legalidad, pero sin retardar ni obstruir nada. Por
ejemplo, ¿alguien puede decirme para qué sirve el Sistema Nacional de
Contrataciones (y su Registro Nacional de Contratistas) y todas las medidas
punitivas que tiene? Sabemos la utilidad del SENIAT, del Seguro Social
(aunque está muy corrompido e ineficiente), y según el caso, de las medidas
sanitarias, pero ¿en qué cambia la vida del ciudadano común lo que pase en
el SNC? Es solamente una alcabala más que obstruye y retarda las acciones
gubernamentales, especialmente en estados y municipios. (Y hay otros
ejemplos que dar, pero nos limitamos a éste).

Ahora, veamos algunas sugerencias básicas de la estructura gubernamental.

IV.1.- REFORMA DEL PODER LEGISLATIVO NACIONAL

En anteriores conformaciones de Asamblea Nacional, y antes, en el
Congreso Nacional, dado que los miembros son relativamente escasos, cuando
la votación era estrecha, diputados y senadores individuales adquirían un
gran peso, y se prestaban para el chantaje. Aunque no deberíamos mencionar
nombres, todos recuerdan cuando el senador José Marsicobetre era el fiel de
la balanza en el Senado (período 1989-94), a pesar de que era un perfecto
desconocido cuando llegó al cargo en una votación indirecta donde se votaba
únicamente por la tarjeta grande y la tarjeta pequeña.

Luego, ya en el período 2000-2005, un pequeño grupo de diputados
miquilenistas, 6 en total, saltó la talanquera, y tuvo a la Asamblea
nacional y al país casi que en sus manos, al borde de cualquier cambio
repentino, sin que nadie haya consultado al pueblo para ello. Y todo, por 6
personas.

La experiencia nos dice que, en época de la IV República, en el período
de enero a marzo, se producía una gran cantidad de suspensión o expulsión de
dirigentes políticos de sus respectivos partidos, por haber negociado con
los del partido contrario los cargos o decisiones legislativas importantes,
ya sean en el Congreso, en las Asambleas Legislativas, o en los Concejos
Municipales. Es decir, los electores decidían una cosa, y ellos negociaban
con lo que el pueblo les había otorgado, para sacarle un gran provecho
personal.

Ante esto, siempre la corriente de opinión que más suena es la de
eliminar los entes legislativos, o de reducirle sus atribuciones o tamaño.

Lo segundo fue lo que se hizo en la Constitución de 1999 (reducción de
atribuciones y tamaño).

En cambio, voy a proponer algo diferente, más democrático. En vez de
reducirlas, vamos a aumentar su tamaño substancialmente hasta que el peso
individual de una sola persona, o de un pequeño grupo, se disuelva, y los
parlamentos pasen a ser los que deberían ser, un resumen de todo el espectro
político del pueblo nacional.

Ya vistos los fundamentos, paso a plantear las propuestas concretas.

En primer lugar, volver al sistema bicameral, pero con diferencias en
cuanto a su constitución y funciones. Habría dos cámaras, que llamaremos
provisionalmente la Asamblea Federal, y la Asamblea Popular.

La Asamblea Federal representaría a las entidades federales (estados o
provincias, territorios federales). Las entidades se dividirían en 2
mitades, según su población. La mitad más poblada enviaría 8 delegados
(llamémosles Senadores, mientras su busca un nombre definitivo), y la
mitad con menos población tendrían 6 senadores cada uno. Por ejemplo, los
actuales estados Miranda, Aragua y Zulia tendrían 8 senadores cada uno,
mientras que Amazonas, Nueva Esparta y Cojedes sólo tendrían 6 cada uno. Es
decir, con la actual división territorial del país, esta Asamblea tendría
168 miembros. En la Asamblea Federal se haría el trabajo rutinario y
operativo, pero no se sancionaría ninguna Ley ni nada. Todo deberá ser
enviado a la Asamblea Popular para su posterior aprobación, negación, o
devolución para corrección.

La Asamblea Popular se elegiría en base a la población total por
provincia. El país se dividiría en circuitos de 30 mil habitantes cada uno,
y por cada circuito irían 2 delegados (llamémosles Diputados,
provisionalmente), para permitir que puedan ingresar las minorías. Los
diputados serían elegidos por votación directa y nominal, no habría
planchas, y mientras la población siga creciendo, con cada censo la Asamblea
Popular crecerá en el número de sus integrantes. Los diputados deben ser
electores y habitantes del circuito donde serían electos. Como muchos de
ellos se acostumbran a Caracas, lo más seguro es que de los circuitos más
alejados de la capital, por razones obvias (se desconectan de sus zonas),
sean electos una sola vez, así que siempre habría renovación.

En la Asamblea Popular se darían las sanciones y aprobaciones definitivas
de los actos emanados de la Asamblea Federal. Cuando un proyecto de Ley sea
enviado a la Asamblea Popular, este sería sometido en pleno a las opciones
de discutirlo en su totalidad, o por Títulos, Capítulos, Secciones o
Artículos. Por votación expresa se escogería la vía preferida. Luego, se
sometería a dos alternativas: Aprobar, o Rechazar. Si se rechaza, pasaría a
otras sub-alternativas: a) se niega definitivamente, b) se devuelve para su
modificación, c) se anula sólo esa parte (en caso de que sea solamente un
artículo o parte de la Ley). Si es para modificación, según el carácter del
texto a tratar, si se refiere solamente a cambios menores, podrán hacer
ellos mismos los cambios definitivos (en ese caso, la Asamblea Federal
deberá aprobar o rechazar íntegramente la modificación propuesta), o
nombrar una comisión del seno de la Asamblea Popular para que redacte los
cambios sugeridos, y los
devuelva a la Asamblea Federal, donde el debate se centraría únicamente en
las propuestas, y no en el resto del texto.

Ahora, ¿se imaginan una Asamblea Popular de unos 1700 miembros? Si un
diputado o grupo de diputados quiere saltar la talanquera, (exceptuando las
veces que lo hacen por verdadera conciencia) para hacerse sentir, y para que
sus decisiones tengan peso, deberán ser muchos para que lo hagan, y si
llegan a hacerlo, será porque el ambiente político nacional hace que se vean
obligados al cambio.

Luego, al ser el circuito más pequeño, y si desean mantenerse
políticamente activos, deberán estar en contacto permanente con sus
electores, así que expresarían mejor su opinión. Es más, el período
constitucional parlamentario debería ser de solamente 3 años, para
obligarlos a estar en campaña permanente, y a no dormirse ni alejarse de
la base que los escogió. Eso a nivel local, porque a nivel nacional tendrían
mayor sentido de pertenencia al grupo político de su filiación, y 1 ó 10
entre 1700 no tendrían suficiente peso para chantajear a nadie, como sucede
en la actualidad.

Y en la Asamblea Federal, al no poder ellos aprobar definitivamente las
Leyes y demás instrumentos jurídicos, saben que tienen sus limitaciones y
que están obligados a negociar y estar en sintonía con la Asamblea Popular.

En caso de que repetidamente se tranque el juego, es decir, que comience
el peloteo de leyes y que se rompa la cooperación entre ambas cámaras,
debería preverse la manera de que se disuelvan. Por ejemplo, pudieran
disolverse ambas y convocarse a elecciones anticipadas, (o solamente la
Asamblea Federal), y los nuevos integrantes únicamente completarían el
período anterior (aunque lo más seguro es que obedezcan a su tolda política
y no se dediquen a pelearse una cámara con la otra).

Las leyes deberán fijar las formas de trabajar, de debatir, de aprobar
las leyes, etc., y de su remuneración.

IV.2.- REFORMA DE LOS OTROS PODERES NACIONALES

En líneas generales, como no soy experto en el área, no me adentraré en
otros sectores del poder público (ejecutivos, judicial, electoral,
ciudadano). Sin embargo, eso no quiere decir que esos sectores sean
perfectos, y ni siquiera que sean aceptablemente buenos.

Muchas de las reformas que se requieren son del tipo administrativo,
algunas de las cuales se pueden solucionar con una simple resolución de un
Ministro, sin que tenga que intervenir el mismo Presidente de la República
para que se lleve adelante.

Volveremos a atender algunos aspectos del poder público nacional cuando
veamos lo que tiene que ver con la subdivisión político territorial del
país.

V.- REFORMA DE LA DIVISIÓN POLÍTICO TERRITORIAL DEL PAÍS

Debemos decir que nos inspira un poco el modelo francés y, mucho menos,
el soviético y el norteamericano (¡Oh! ¡Qué pecado! Si ya sabemos que el
soviético fracasó, y el norteamericano es nuestro enemigo a vencer). Debemos
tomar los elementos positivos de cada sector, sin que nos olvidemos de las
características propias venezolanas y latinoamericanas.

Destacamos el ejemplo francés porque es el país europeo occidental más
extenso, de los más poblados, y a pesar de su diversidad étnica nativa
(franceses, alemanes, flamencos, normandos, bretones, catalanes, vascos,
saboyanos, etc.), es un país bien integrado, sin riesgo de divisionismo, con
un gobierno central preponderante, presidencialista.

¿Y cómo está sub-dividido el país? Francia, con menor superficie y más
del doble de nuestra población, cuenta con 23 regiones administrativas y 96
departamentos (los equivalentes a nuestros estados o provincias). En cambio,
España con sólo 18 comunidades autónomas, y el Reino Unido, con sólo 4
países (Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte), tienen conocidos
problemas internos, y siempre corren el riesgo de la secesión.

Francia, que no es menos diversa que los otros países, está mejor
cohesionada que las demás naciones. Estados Unidos de América tiene 50
estados más 1 Distrito capital. En cambio, la más extensa Unión Soviética,
sólo tenía 15 Repúblicas Socialistas Soviéticas, fuertes, autónomas y
poderosas cada una, y terminaron dividiéndose, mientras que con toda su
extensión, sobrevivió la Federación Rusa (salvo el famoso caso de
Chechenia), como tiene 50 regiones, 10 distritos autónomos, 21 repúblicas
autónomas, 6 territorios y 10 distritos autónomos.

Si no quieren ejemplos ajenos, recordemos la Gran Colombia, que con sólo
3 departamentos, no sobrevivió ni 10 años unida. Cuando Venezuela y Quito
deciden separarse, para evitar conflictos mayores, el gobierno central no
tiene fuerzas suficientes para someterlas y reintegrarlas a redil nacional,
y se terminan independizando definitivamente.

Como se han dado cuenta, la estabilidad y la unión parecen ser
directamente proporcionales y la cantidad de divisiones con las que cuenta
un país: mientras más dividido está, más unido y cohesionado se mantiene.

Y ello es lógico. Mientras más divisiones tengan el país, más fácil y
cercano resulta para el ciudadano obtener acceso al nivel adecuado de
gobierno para atender sus requerimientos y ver satisfechas sus necesidades.

Al mismo tiempo, -y esta condición es cierta si y solamente si los
gobernadores son electos directa y democráticamente-, los gobernantes
provinciales, mientras más pequeño sea su territorio y menor la población,
es más fácil para contactarles, y ello redunda en éxito político.

Otro sentido para impulsar esta propuesta es que el gobernador de una
región extensa y poblacionalmente importante se comporta como un
mini-presidente, y por lo tanto, en rival del poder central. Aquí en
Venezuela, los gobernadores y alcaldes electos que han aspirado a la
presidencia con cierto apoyo perceptible son 3 gobernadores del poblado y
rico estado Zulia (Oswaldo Álvarez Paz, Francisco Arias Cárdenas, y Manuel
Rosales), un ex-alcalde de Caracas (Claudio Fermín), el gobernador del
estado Bolívar, el más extenso (Andrés Velásquez), el ex-gobernador del
industrializado y muy poblado estado Carabobo (Enrique Salas Römer), y son
figuras importantes a nivel nacional los alcaldes de Caracas (Aristóbulo
Istúriz, Antonio Ledezma y Freddy Bernal). Es difícil que un gobernador de
un estado pequeño sea presidenciable (por ejemplo, de Delta Amacuro, Cojedes
o Trujillo) o que jueguen un papel de primera línea a nivel nacional.

¿Están satisfechos con las explicaciones? Mientras menos estados haya, y
estos sean más grandes e importantes, menos eficiente se hace la labor del
gobierno (especialmente la obras pequeñas, y las soluciones a problemas
individuales o de pequeñas comunidades o vecinales).

Pongamos un ejemplo de mi estado Sucre: en la escuela de Pitotán (pocos
habitantes, tal vez menos de 1000) hay una maestra de 2º grado que no asiste
a clases, y cuando va, trata mal a la junta de padres y representantes y a
los alumnos; el gobernador, desde Cumaná, con tantos problemas que tiene, y
soluciones mayores (autopistas, nómina, presupuesto, puertos, etc.) no le
presta ninguna atención al problema de la maestra incumplidora y, por ser
una aldea con pocos habitantes, nadie tampoco tiene suficiente voz para
hacerse oír. Mientras tanto, tenemos una población (pequeña) descontenta por
un problema tan pequeño, que el gobernador no le presta atención, y tantas
comunidades descontentas se acumulan y se convertirán en un problema futuro
para el gobernante. De haber una gobernación más pequeña y más cercana a
Pitotán, se multiplicaría la probabilidad de que las máximas figuras de esa
provincia se enteren del problema, y posiblemente le busquen solución antes
de que la
población, en general, llegue a estar descontenta.

En resumen, para mantener al país más unido y contento, hay que acercar a
los gobernantes a sus ciudadanos, y esto se logra multiplicando la cantidad
de gobernantes para que cada uno atienda menos gente, pero se especializará
en atender a ese público. Luego, mientras más grande es la provincia (o
estado), más distante se hace el gobernador del ciudadano común y corriente.

V.1.- LAS REGIONES ADMINISTRATIVAS

Las actuales regiones administrativas no cumplen ninguna función mayor. Y
hacia allá vamos. Tampoco deben existir capitales o estructuras propias en
la región, porque con el paso del tiempo, psicológicamente, socialmente,
políticamente, terminarían convirtiéndose en nuevas gobernaciones, y más
grandes que las anteriores, que se tuvieron que sub-dividir.

Pero el gobierno nacional puede actuar más eficientemente
desconcentrando su trabajo, asignándolo a las regiones administrativas.

Al mismo tiempo, los órganos del poder nacional pueden ubicar sus oficinas,
si no hace falta ir a nivel más específico, en cada región. Por ejemplo, se
me ocurre uno: la certificación de firmas de documentos que se tiene que
hacer en Caracas, pudiera delegarse en las regiones administrativas, y el
servicio sería prestado por oficinas de los mismos ministerios.

Las regiones, como ya dijimos, no deben tener figura electoral propia.

Pero sería, por un lado, el segundo nivel de actuación de los organismos
nacionales, antes de pasar a los estadales y municipales (si los requieren).

Las tareas serían asignadas a todas las capitales provinciales de la región.

Por poner otro ejemplo, en la Región Nor-Oriental, las sub-sedes del
Ministerio de Finanzas y del SENIAT se mantendrían en Barcelona, del
Ministerio de Educación en Cumaná, del Ministerio de Energía y Petróleo en
Maturín, del Ministerio de la Defensa en Carúpano, del Tribunal Supremo de
Justicia en El Tigre, y así sucesivamente, en cada ciudad se ubicarían las
sedes regionales de los organismos nacionales. Un ente nacional (pudiera ser
la Vice-Presidencia ejecutiva de la República) coordinaría su ubicación en
cada urbe.

Ahora, en la región se establecería una Junta Regional de Gobernadores, y
una Junta Legislativa Regional, integrado el primero por los gobernadores de
cada estado, y el segundo por los diputados del Consejo Legislativo de cada
uno. La sede sería temporal (para evitar que la región se convierta en una
gran provincia) estaría en la sede de cada capital estadal, y los
gobernadores se turnarían por orden alfabético de sus provincias cada 6
meses, lo que obligaría a una reunión, al menos, cada 6 meses (hay
mancomunidades establecidas que no se reúnen ni una vez al año), y lo mismo
aplicaría para la junta legislativa. En estas instancias deberán coordinar
los trabajos y asuntos de interés común (por ejemplo, una autopista que una
dos capitales provinciales, o una tormenta que afectó a varios estados de
una región).

V.2.- LOS ESTADOS (PROVINCIAS) Y ENTIDADES FEDERALES

En primer lugar, debemos comenzar por lo más básico. Un Estado, es casi
un país. Una Provincia es una parte más del país. Desde la época de la
colonia, y la primera etapa de la vida independiente de Venezuela, las
divisiones del país se llamaban provincias. Con la Guerra Federal, después
que se impusieron los federales contra los centralistas, pasaron a
llamarse Estados, y tenían un Presidente de Estado (posteriormente
Gobernador), a la vez que la nación pasó a denominarse Estados Unidos de
Venezuela. Pero todavía las personas no se identificaban como
venezolanos, sino como andinos, margariteños, orientales,
llaneros, etc.

Sin embargo, desde hace menos de un siglo, el país se ha venido
unificando, y ahora todos nos hacemos llamar venezolanos. El país hace
tiempo pasó a denominarse República (y luego, una variante, República
Bolivariana), y nadie recuerda la época cuando los Estados eran gobernados
por un Presidente de Estado.

El único anacronismo o reminiscencia de esa época es que se sigue usando
el nombre Estado para denominar lo que en realidad es una Provincia.

Así, propongo que se cambie definitivamente el nombre de Estado por el
de Provincia, y nos sinceremos con la realidad nacional, al mismo tiempo
que le quitamos cualquier rezago de argumento que le pueda quedar a
cualquier secesionista.

En segundo lugar, vamos a ver el número de provincias, que deberán ser
atendidas por un gobernador. Como ya vimos antes, una provincia más
pequeña puede prestarle mejores servicios y atención a sus habitantes,
porque los funcionarios que toman las decisiones tendrán menos población y
menos superficie que atender, y los podrán hacer mejor.

Por otro lado, provincias más pequeñas son una protección para mantener
la unidad del país y fortalecer el gobierno central. No representaría ningún
atentado contra las provincias actuales, como seguramente algunos tratarán
de hacer ver (y no faltarán quienes convoquen a manifestaciones contra la
nueva estructura territorial). Por ejemplo, Maracaibo, como ciudad grande,
tiene muchos problemas; imagínense que surjan al mismo tiempo un problema en
La Cañada, y otro en Santa Bárbara del Zulia; si el gobernador toma los
únicos recursos disponibles y los destina a solucionar el problema de Santa
Bárbara, la gente de La Cañada (y de Maracaibo en general) sentirán que,
teniendo esos recursos en la misma Maracaibo, y llevándolos para atender un
problema en el sur del Lago, que esa región es un lastre para ellos como
ciudad. Al haber una capital provincial en Maracaibo y otra en Santa
Bárbara, pues nadie sentirá que le están quitando ningún recurso, porque el
dinero destinado a
ser gastado en Santa Bárbara no pasará por Maracaibo, así que ni los de
Santa Bárbara sienten que tienen que suplicar o presionar, ni los de
Maracaibo sentirán que les están quitando nada, porque nunca los tuvieron. Y
evidentemente, los problemas del sur del Lago serían mucho mejor atendidos
desde Santa Bárbara que desde Maracaibo, y los de Maracaibo no tienen que
preocuparse por problemas que suceden en zonas de su mismo estado que tal
vez nunca hayan visitado.

De esta forma, en el lugar del estado Sucre podrían surgir 2 provincias.

En Anzoátegui tal vez hagan falta 3 ó 4, por su superficie. En el actual
Zulia deberían surgir, al menos, 4 provincias, que de todas formas, de
manera individual, serían más grandes que las actuales sucrenses: Maracaibo,
Perijá, Costa Oriental, y Sur del Lago (y se solucionarían para siempre los
problemas limítrofes e indefiniciones entre Zulia, Mérida y Trujillo, que a
veces uno no sabe donde está parado).

Los habitantes de Venezuela serían mejor atendidos si, en vez de los
actuales 23 estados, tuviéramos unas 50 provincias. Recordemos el ejemplo de
Francia, un país multiétnico e indivisible.

En tercer lugar, vamos a ver la estructura organizativa del gobierno
provincial. Es histórico que la gente tiene mala opinión de las antiguas
Asambleas Legislativas, actualmente Consejo Legislativo Regional. Por su
mala fama, en la constituyente de 1999 se pensó eliminarlas por completo,
igual que a los Concejos Municipales, y se salvaron, pero eso si, el remedio
fue peor que la enfermedad, porque les redujeron el tamaño, y si bien le
quitaron algunas facultades a estos entes colegiados, aumentaron el poder de
chantaje individual de cada miembro, a tal punto que estos diputados ya no
le responden al pueblo elector, al gobernador, y ni siquiera al partido
político del cual surgieron. Imagínense, de cada 9 miembros, uno solo es el
11,11% de los votos, y tiene un alto poder de presión individual, que no se
relaciona con la realidad política. Por otra parte, aunque las mayorías
siempre serán gobierno, y salvo que las minorías decidan abstenerse en el
proceso electoral (como
en el 2005), es muy difícil que un grupo político pequeño, pero
significativo (digamos, de 10% de intención de voto) llegue a tener aunque
sea un diputado que los represente y hable por ellos.

Al igual que con el poder legislativo nacional, el provincial también
debe ampliarse, y se pudiera llevar a un rango de entre 45 y 59 integrantes.

Por supuesto, también se limitarían sus emolumentos, por Ley. Se me ocurre
que cada diputado provincial cobre entre 3 y 4 salarios mínimos, y al ser
más pequeñas las provincias, ya no habrá que pagarle viáticos a los que van
o vienen de las zonas más apartadas. Y también debería haber, en la
estructura, un diputado por cada municipio, al menos, y luego se discutiría,
en las leyes respectivas, cuál sería la proporción de los diputados por
lista y los uninominales directos. Luego, las leyes específicas deberán
rehabilitar la figura del suplente (y 2 suplentes por cada uno), y fijar las
sanciones para la posible inasistencia o abandono del cargo de un diputado,
así como las atribuciones y alcances legales del cuerpo legislativo.

Otro detalle es que, por ser más pequeñas las provincias, las
gobernaciones podrían hacer el papel de coordinador de municipios,
eliminándose la necesidad de los distritos especiales, de las
mancomunidades, y figuras afines, porque las tareas que abarcan a varios
municipios serían asumidas directamente en coordinación por las
gobernaciones.

Por último, dejar abierta la posibilidad de crear nuevos Territorios
Federales, con sus autoridades designadas desde la Capital nacional, en
zonas amplias y despobladas o de escasa población. De todas formas, aún
aquí, debería haber municipios, y sus autoridades serían electas igual que
en el resto del país.

V.3.- LOS NUEVOS MUNICIPIOS

En primer lugar, el nombre de Municipio se mantendría. El argumento sobre
el tamaño del ente legislativo es el mismo que ya he mencionado para el
nivel nacional y provincial, así que, directamente paso a proponer que el
Concejo Municipal sea integrado por entre 25 a 35 concejales, según la
población del municipio. La remuneración de cada uno se ubicaría entre 1 y
2 salarios mínimos, según la capacidad económica de cada municipio.

Como a nadie se le ocurre pensar que es un gran sueldo, el cargo de
concejal si sería compatible con cualquier otra ocupación, incluyendo el
sector público, salvo que sea como asalariado (empleado, obrero, etc.) de la
Alcaldía o Concejo respectivo. Si un trabajador de la Alcaldía se postulara
para concejal y queda electo, éste deberá suspender su trabajo anterior y se
iría como una comisión de servicios al concejo, y al terminar su período
(o renunciar, o ser revocado) podría reincorporarse a su trabajo anterior, y
ese período se le contabilizaría para su antigüedad laboral. Por supuesto,
si es compatible con otros trabajos, como concejal no podrán cobrar sino
dietas limitadas, sin derecho a aguinaldos, bonos vacacionales,
prestaciones, ni nada por el estilo (si los quieren, entonces que los cobren
en sus otros empleos).

Algunos dirán que estoy creando nuevos cargos burocráticos y más gastos
para el país, pero les podré un ejemplo numérico. Con el actual salario
mínimo (Bs. 512.325) los posibles 25 concejales costarían (en un municipio
pequeño y de escasos recursos económicos, por lo que serían de cantidad
mínima y remuneración mínima) al año Bs. 153.697.500,00 (en el caso de mi
municipio, menos del 3% del situado ordinario anual, mientras que en la
actualidad se consumen más del 10%, gracias a sus chantajes y presiones
individuales); si fuera un municipio grande y con poder económico propio,
alcanzarían a Bs. 430.353.000,00, un monto insignificante en el caso de las
grandes ciudades. Por supuesto, faltaría incluir en el cálculo una
remuneración adicional (podría ser al margen de la dieta) al Presidente y
vice-presidente del concejo, más el resto del personal administrativo
(Secretario de Cámara, administrador del concejo, secretarias, aseadoras,
chofer, etc.) y gastos operativos
(papelería, combustible, etc.); todo ellos en caso de que en Concejo
Municipal mantenga una administración independiente de la Alcaldía, como en
la actualidad. Es decir, que mientras más grande sea el presupuesto
municipal, se estaría repartiendo menos dinero que en la actualidad entre
más personas, y el concejo estaría dedicado a su verdadera función, y no
solamente a los chantajes y cobros, porque serían pequeños dirigentes
planteando casos que afectan a sus vecindarios y comunidades, así como a
legislar propiamente.

En segundo lugar, los actuales municipios tienen que dividirse, y hay que
crear más municipios. En estos días hubo elecciones municipales en la
pequeña Albania, y nos enteramos que tiene 285 municipios, más que en
Venezuela en términos per cápita (aquí tenemos ahora 335 municipios). Creo
que, en áreas donde predominen las actividades rurales, si en un territorio
hay más de 5 mil habitantes, con un caserío que tenga más de 1 mil, debería
establecerse allí un municipio en ese territorio. No se asusten, porque en
Francia hay más de 9 mil municipios. Los de área urbana son otra cosa, y
debería haber un municipio donde haya continuidad urbana.

En tercer lugar, se deberían crear 4 categorías de municipios: A)
Municipio Urbano, B) Municipio Semi-Urbano, C) Municipio Rural, y D)
Municipio Indígena. En la categoría A) estarían encabezados por ciudades
como Caracas, Maracaibo, San Cristóbal, Cumaná, y Carúpano, es decir, que la
cabecera del municipio sea mayor a 75 mil habitantes, y que menos del 10% se
dediquen a actividades rurales. En la categoría B), la cabecera del
municipio tendría de 5.000 a 74.999 habitantes, y tendría una importante
superficie donde la gente se dedique a actividades rurales. En la categoría
C) la cabecera tendría menos de 5.000 habitantes, y por supuesto, abarcarían
superficies de actividad rural o deshabitadas. Los de la categoría D)
tendrían una Ley especial y específica que los regiría en base a criterios
poblacionales, étnicos y territoriales, y aquí no voy a abundar en este
tema, porque los especialistas del tema y los propios indígenas deberían
especificar todo lo relativo a ellos.

Esta categorización se haría con el propósito de los impuestos
municipales, los emolumentos de sus funcionarios, y la sub-división en
parroquias, entre otros asuntos. Por ejemplo, los de la categoría C) no se
subdividirían en parroquias ni tendrían Juntas Parroquiales (menos
burocracia, aquí). Para evitar la rivalidad entre ciudades, no debería haber
más de 4 municipios urbanos por provincia, y toda provincia debe estar
encabezada por un municipio urbano, y posiblemente, solamente en casos
especiales, por un semi-urbano, nunca por una rural.

No se puede uniformar a todos los municipios en base a criterios
generales que tal vez no apliquen a todos, como sucede en la actualidad.

Por ejemplo, no podemos hablar de rutas intraurbanas en Yaguaraparo, ni en
Yaguaraparo cobrar impuestos a industrias y actividades que no existen o que
son muy débiles, ni de organizar las comunidades rurales ni los agricultores
en Caracas o Mérida.

Luego, cuando una ciudad encabeza un gran territorio, la parte menos
poblada se atrofia y queda totalmente desatendida e ignorada, porque sus
autoridades se dedican a atender únicamente la cabecera del municipio y una
que otra comunidad principal, mientras se olvidan por completo del resto.

Ejemplo lo tenemos en el estado Sucre, donde los municipios Arismendi y
Benítez, por su extensión, desatienden amplias zonas, cuyas poblaciones a
veces son atendidas por sus municipios vecinos. Es más, algunas partes, ni
siquiera en campañas electorales son visitadas por los candidatos, y mucho
menos ya cuando están ejerciendo el poder.

V.4.- LAS PARROQUIAS, CONSEJOS COMUNALES, LOS CLPPP, PREFECTOS, ETC

¿Alguien puede decirme para qué sirven las Juntas Parroquiales o los
CLPPP? ¿Quiénes integran los de su jurisdicción? El 95% de una posible
encuesta no recordarían ni lo uno ni lo otro. Y muchos no saben que existen.

En mi opinión, el CLPPP debería ser eliminado de raíz, porque no ha sido
funcional ni operativo, ya que hasta cuesta reunir a todos sus miembros. Es
más, sus funciones se solapan y sobreponen con los concejos municipales, y
al ser ampliados estos, pierden más sus diferencias. También los CLPPP, por
su carácter, nos recuerdan los mecanismos tripartitas de la época del
segundo gobierno de Rafael Caldera.

En cambio, dado que una Parroquia es una sub-división del municipio,
tiene su razón de ser. En los municipio urbanos, debería haber varias
parroquias, y las Juntas Parroquiales deberían ser un ente coordinador de
los Consejos Comunales (hay que darles algún trabajo). En los pequeños
municipios rurales, no debería haber Juntas Parroquiales, porque la
parroquia sería el mismo municipio. Me explico, en los municipios Urbanos,
en la cabecera habría varias parroquias; en los Semi-Urbanos, la capital del
municipio no estaría dividida en parroquias, pero sí las áreas rurales; y en
los Rurales, solamente habría división por parroquias en aquellos que tengan
más de 100 km2, es decir, que eventualmente pueda ser recorrida a pie en un
solo día. Los municipios Indígenas tendrían una Ley especial, y aquí no me
voy a extender.

Al igual que con los concejos municipales, los integrantes de las juntas
parroquiales deben aumentar su cantidad, y fijar su nivel de remuneración
(por ser posiblemente bajo, se debe permitir que los miembros de las Juntas
Parroquiales se desempeñen en cualquier otro trabajo u oficio). Su
Presidente debe ser electo en las mismas elecciones (algo así como un
mini-Alcalde), pero será miembro pleno de la Junta, como uno más. Se me
ocurre que, según la población de la parroquia, deberían integrarla 5, 7 ó 9
personas, y el presidente será el uninominal que obtenga más votos en las
elecciones. Se limitaría no solamente la cantidad de integrantes de la Junta
Parroquial, sino también la cantidad de parroquias por municipio (o por
población: no más de 5.000 habitantes en los semi-urbanos, ni menos de
25.000 ni más de 50.000 en los urbanos).

Avancemos hacia los Consejos Comunales. Tal como existen en la
actualidad, no abarcan ni a la cuarta parte de la población, porque su
creación depende de que un grupo de vecinos se pongan de acuerdo (es decir,
es discrecional), que se caigan bien entre sí, que no haya problemas entre
ellos, y que tengan un número necesario. Yo mismo no estoy todavía afiliado
a ningún Consejo Comunal, porque estamos entre 2 áreas que ya conformaron su
consejo, no nos tomaron en cuenta, y ahora no tenemos el número mínimo
requerido por la Ley respectiva. Y al preguntar, averiguamos que la mayoría
de la población no pertenece a ninguno, a pesar de que nuestro municipio es
el que tiene la mayor cantidad de consejos comunales per cápita en todo el
estado Sucre, así que ya uno puede hacerse una idea de cómo estará la
situación en el resto del país.

Así, el rumor que anda por allí de sustituir las Alcaldías por los
consejos comunales es absurdo porque para comenzar, políticamente es
insostenible ya que sólo está afiliada una minoría de la población, y
excluye a la mayoría. Luego hay otros argumentos que mencionaremos:
A) Las obras que le pueden interesar a un consejo comunal son muy pequeñas
y de efecto limitado; no nos podemos imaginar un acueducto de varios
kilómetros, ni una escuela grande, ni un liceo, ni una aldea universitaria,
ni un hospital (aunque sea pequeño), ni una carretera, construidos o
promovidos por un consejo comunal. Los consejos comunales tienen su razón de
ser en que atienden necesidades específicas que no son atendidas por
gobiernos nacionales, provinciales ni municipales (ya saben que el gobierno
parroquial no existe), pero nunca pueden sustituir a aquellos.

B) Un consejo comunal, por lo general, abarca habitantes de un sector que
tienen mucho en común. Por ejemplo, en un área rural, es muy difícil que
tengan profesionales universitarios, ni siquiera de nivel técnico, mientras
que si sobrarán los campesinos y obreros; en cambio, en un área urbana
acomodada es muy difícil que tengamos obreros, y mucho menos campesinos.

Imaginemos en las urbanizaciones donde compran casas los educadores, los
obreros petroleros, los profesores universitarios, los militares, etc.:
¿dónde conseguirán al resto de los oficios que hacen falta para que haya una
economía de escala? Por supuesto que los traerán de otras partes, y el que
venga estará interesado en su paga, y no en que el trabajo salga bien,
puesto que el no vive allí, y tal vez nunca volverá a ver esa obra. Si en
muchos municipios les cuesta tener ingenieros, abogados y administradores
nativos y habitantes a la vez, imagínense cómo será en los consejos
comunales.

C) Los consejos comunales son inauditables e incontrolables. Es cierto que
hay mucha corrupción en el gobierno nacional, estadal y municipal, pero si
al Poder Ciudadano (Contraloría, Fiscalía) le cuesta controlar a 1 gobierno
nacional, 24 gobiernos provinciales y 335 gobiernos municipales, entonces
imagínense (si cada 400 habitantes conforman un consejo comunal, y en las
áreas rurales se pueden crear con mucho menos de eso) quién controlaría
65.000 consejos comunales. ¿Cuántos funcionarios y su infraestructura anexa
harían falta? ¿Lograrán alguna coordinación? Es absurdo pensar que ello
puede suceder.

En mi opinión, los consejos comunales si tienen su razón de ser, y yo
apoyaba esa idea mucho antes de que se crearan, pero con otra concepción.

Pero antes de seguir, voy a referirme a unas figuras arcaicas y
anticonstitucionales (que no es lo mismo que inconstitucionales, sino que
van contra el espíritu de la constitución), que son el Prefecto y el
Comisario. Si no las vemos antes, no entenderemos lo que se quiere exponer
después.

La tarea básica y predominante del Prefecto, en la actualidad, se limita
a los registros civiles (nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.).

Supuestamente tiene el poder de mandar en fuerzas de seguridad
(especialmente, la policía), pero ya casi no lo hace. Es designado por la
gobernación, a pesar de que la primera autoridad civil del municipio es el
Alcalde (en la mayoría de los estados sigue siendo así).

El Comisario está subordinado al prefecto, y hasta ahora no le conocemos
ninguna función específica, sino el de ser un activista político pagado del
gobernador en cada caserío rural, porque ni siquiera firman documentos
importantes ya que a veces ni siquiera saben leer y escribir (a pesar de las
misiones). De paso, muchas veces el comisario no vive en el caserío que
representa.

Los prefectos y comisarios son nombrados desde la capital del estado,
muchas veces en contra de la opinión política de cada municipio y de cada
parroquia, por lo que no tienen liderazgo ni arraigo.

Ahora bien, la labor principal de los prefectos, en la actualidad, como
ya vimos, es la de los registros civiles, que tienen mucho que ver con los
procesos de identificación (cedulación, pasaportes, etc.), y mantiene
similitudes con los registros y notarías. Creo que esta labor debería ser
asumida por el gobierno nacional (podrían delegarla, si quisieran, al
gobierno provincial pero nunca al municipal). Debería hacerse una gran
reestructuración a nivel nacional donde se integrarían (en una dependencia
del Ministerio del Interior y Justicia) todas las labores de registros
civiles, inmobiliarios, mercantiles, notarías, identificación, extranjería,
etc., y tendrían oficinas en cada municipio y parroquia (por supuesto, no
cumpliría todas las funciones en cada oficina). Así, si una persona nacida
en el Municipio Jáuregui del estado Táchira vive en Güiria y requiere de una
partida de nacimiento, se dirigiría a la oficina ubicada en esa ciudad, y le
expedirían de manera on-line
su partida de nacimiento (así como los bancos, con algo más delicado como
lo es el dinero, le permiten a uno retirar efectivo y manejar sus cuentas
desde cualquier oficina de esa entidad financiera), y no tendría que viajar
hasta su municipio natal para obtener ese documento. También se reducirían
las posibilidades de fraude, especialmente en lo que tiene que ver con
defunciones, como cuando sacan actas de defunción donde se obvian algunos
hijos para quedarse con su parte de herencia. Igualmente, este sistema se
incorporaría a la base de datos del SENIAT y sería más difícil evadir los
impuestos. Por supuesto, se tomarían todas las medidas operativas y de
seguridad del caso, que aquí no vamos a ampliar porque no es la intención de
este escrito, pero quedamos a la orden para hacerlo luego.

Como vimos, en la nueva estructura desaparecerían los prefectos y
comisarios.

Ahora, volvamos a los consejos comunales.

Hicimos esa derivación aquí y no en un capítulo diferente porque la
intención es cambiar la figura del comisario rural por el consejo comunal.

Habría sólo un consejo comunal por caserío, y su presidente (electo por la
base) sería el que asumiría las actuales difusas funciones del comisario. Es
más, si quieren, en vez de llamarlo Presidente, lo llamaremos Comisario
(para las áreas rurales). El nuevo comisario, además de las actuales del
consejo comunal, sería el líder de su comunidad, y sería el que coordinaría
los trabajos comunitarios (limpiar un camino, etc.), además de ser una
especie de Juez de Paz para los casos pequeños, y enlace y vocero de su
comunidad.

Todos los consejos comunales serían fijados en territorios
preestablecidos, en trabajo conjunto y coordinado de los municipios con el
Poder Electoral. En cada parroquia se definirían los límites, y en
elecciones (pueden ser el mismo día de la Junta Parroquial y concejalías)
organizadas nacionalmente se elegirían los directivos de los consejos
comunales, y así pasarían a formar parte del poder público constituido.

Como ven, ya se plantearon las ideas fundamentales de lo que tiene que
ver con el poder básico, o sea, a nivel comunal, parroquial. Cambiaríamos la
estructura de todo lo que tiene que ver con los registros públicos e
identificación, eliminaríamos los Consejos Locales de Planificación y
Políticas Públicas (y el Consejo Estadal también), y redefiniríamos y
modernizaríamos las tareas que hoy cumplen organismos dispersos como
prefecturas, registros públicos, registros subalternos, registros
mercantiles, identificación, extranjería, automotores, etc.

(%=Link(«http:/media/8784977.pdf «,»Para bajar el artículo completo, pulse aquí»)%)

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