Economía

Muere la propiedad privada en sector agroalimentario

Las leyes habilitantes decretadas el 31 de Julio contienen disposiciones que a todas luces desconocen la voluntad popular expresada el 2 de Diciembre 07. Aparte de inconstitucionales su promulgación constituye un irrespeto a los venezolanos para quienes el NO rotundo sellado en las urnas se ha convertido en un SI por voluntad del ejecutivo. Dada la gran cantidad de normativas, la población aún no digiere el significado de cada ley, y no ha tomado conciencia de las nefastas consecuencias derivadas de la aplicación de una superada filosofía política de principios del siglo XX, que negada mediante el sufragio universal, se intenta meter de contrabando en las leyes aprobadas entre gallos y medianoche.

Como en la reforma propuesta y claramente derrotada, las leyes lanzan sus dardos mortales contra la propiedad privada de cualquier tamaño y naturaleza. En una apretada síntesis presentaremos por sectores esa obstinación por desconocer el derecho de propiedad consagrado en nuestra Constitución, comenzando por el medio rural. El zarpazo a la propiedad privada en el sector agroalimentario ya era una crónica anunciada con las expropiaciones, confiscaciones y ocupaciones ilegales de fincas y empresas productivas.

El Art. 305 del proyecto de reforma negado el 2 de Diciembre rezaba: “Si ello fuere necesario para garantizar la seguridad alimentaria, la República podrá asumir sectores de la producción agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola indispensables a tal efecto, y podrá transferir su ejercicio a entes autónomos, empresas públicas y organizaciones sociales, cooperativas o comunitarias. Así como utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación en los términos de esta Constitución y la Ley”.

La Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria ratifica esa intención al declarar de utilidad pública e interés social los bienes e infraestructuras que aseguren a la población la disponibilidad y acceso oportuno a alimentos de calidad en cantidades suficientes, e instaura un sistema de severos controles sobre la cadena alimentaria.

Es punitiva y discrecional. En nombre de la seguridad y la soberanía alimentaria dedica 88 de sus 172 artículos al control del ciclo agroalimentario mediante mecanismos coercitivos como la expropiación, la confiscación, el comiso, las multas, el cierre temporal y permanente de comercios, la destrucción de las mercancías objeto de la infracción, la revocatoria del permiso, licencia, o autorización respectiva y hasta el establecimiento de penas de prisión. A las Asambleas Agrarias, los Consejos de Productores y al voluntariado campesino asigna roles específicos como centinelas permanentes de las empresas.

El Estado no sólo controlará la distribución de insumos y servicios para la producción. También vigilará el consumo apoyándose en los Consejos Comunales de cada región, quienes determinarán los niveles del consumo comunal por rubro identificando a los sujetos beneficiarios, con el objeto de “controlar y evitar el consumo exagerado”.

La propiedad privada en el sector agroalimentario no solo está amenazada por la Ley ya mencionada, pues igualmente tienen incidencia otras leyes promulgadas el 31 de Julio, como la de Salud Agrícola Integral, de Crédito para el Sector Agrario, del Banco Agrícola de Venezuela, de Beneficios y Facilidades de Pago para las Deudas Agrícolas y Rubros Estratégicos para la Seguridad y Soberanía Alimentaría y la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios cuya acción se repite en toda la economía y la sociedad.

En suma, la nueva legislación agraria consagra el control de toda la producción y la distribución de alimentos; decreta la muerte de la propiedad privada agraria, la iniciativa privada y el libre mercado, aleja las inversiones en el sector, y bendice el floreciente negocio de las importaciones, y el trueque que seguirá sacrificando el petróleo que todos los venezolanos.

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