Economía

Raspado de la olla en el BCV

El Banco Central es un ente publico de naturaleza especial, que hace de la impresión de dinero un monopolio estatal, que requiere ser regulado, tal cual como se hace normalmente con todo tipo de monopolio natural. Esa regulación –tradición en las economías modernas, desde los tiempos posteriores al patrón oro – se ejerce a través de leyes “especiales”, las cuales norman la impresión de dinero, dado que su naturaleza monopólica tienta a los gobiernos a utilizar la imprenta monetaria para satisfacer sus irresponsabilidades fiscales. Esas normas están diseñadas para lograr un entorno de estabilidad de precios, cuyo requisito fundamental es impedir que el monopolio de creación de dinero sea una fuente directa para el financiamiento del gasto publico. Entre esas normas destacan aquellas que regulan la transferencia al fisco de las utilidades, incluido el señoreaje, y para lo cual se establecen fondos de reservas, como contingencias para sostener hasta el costos de la flexibilidad en términos de política monetaria, las cuales en ultima instancia afectan el balance de la institución.

Las legislaciones modernas sobre banca central establecen contingencias constitucionales para evitar que las mayorías políticas circunstanciales en sociedades democráticas, puedan mal utilizar su posición monopólica de creación de dinero, que le da el control político e institucional sobre Banco Central. Allí emergen normas constitucionales que definen la autonomía de gestión y la política monetaria, independientemente que entre el fisco y el banco central pueda llevarse a cabo esquemas de coordinación. Venezuela no escapa a esa realidad y hoy goza afortunadamente, aunque después de la decision de la Asamblea Extraordinaria del BCV de transferir dinero al fisco para financiar el déficit fiscal, la ciudadanía esté indefensa ante este abuso de poder y violación de la normativa legal, dando un toque de alerta a la necesidad de establecer a la mayor urgencia la legitimación de los poderes contralores de la acción del gobierno.

De allí el estupor causado en los mercados locales e internacionales ha causado por el daño respectivo a credibilidad de la política económica y al esfuerzo del gobierno ha venido haciendo para reactivar la economia, dado que ese daño afecta no solo la reputación del propio Banco Central por perdida de autonomía, sino por la señal que se envía a los mercados que el gobierno ha botado como pesado lastre, los obligados elementos de disciplina fiscal.

El raspado de olla, expresado por el traspaso al fisco de un registro contable de su Fondo de Reserva por un monto superior a dos mil millones de dólares, constituye el retorno a una practica desechada en el mundo moderno de financiar el déficit fiscal con emisión de dinero, de ese que popularmente se conoce como inorgánico.

La legislación de los bancos centrales incluyen fuertes restricciones institucionales para normar y prohibir el financiamiento inflacionario, por monetización de déficits fiscales, dado que esa practica que demuestra indisciplina fiscal ha sido una clásica causal de empobrecimiento de la gente en virtud del impacto inflacionario y del efecto que se causa en el salario e ingreso real de la gente y en el empleo.

Mas allá de las propias fronteras, en este mundo global, la coordinación macroecnomica tiene un asiento fundamental en la independencia y autonomía con que deben operar los bancos centrales; ello es un requisito fundamental en Europa y en el NAFTA, y en el Mercosur ya se organiza alrededor de esas normas de disciplina monetaria, las cueles no por casualidad tienen rango constitucional, dada la imposibilidad de que por sus propios medios los gobiernos sean fiscalmente responsables. Las hiperinflaciones de anos atrás en los países del cono sur tuvieron su origen precisamente en el abuso de esa posición monopólica de los gobiernos para imprimir todo el volumen que requirieron sus irresponsables finanzas publicas.

El caso que comentamos, la transferencia de dos millones de dólares al fisco de un registro contable, mas no-dinero ni contante ni sonante, constituye un retorno a esa malapractica de los gobiernos de financiar sus irresponsabilidades fiscales con inflación, sin parar en los desastrosos efectos inflacionarios y generadores de pobreza de políticas similares aplicadas anos atrás. Se recuerda la revaluacion del oro en diciembre de 1992, durante la administración Herrera, lo cual significo una transferencia de mas de 2000 mil millones de dólares para financiar el déficit fiscal, suceso, memoria fresca, que antecedió al mal-recordado viernes negro de febrero de 1983, cuando se comienza a transitar la historia de gobiernos fiscalmente irresponsables.

En 1987 anotamos otro hito en esa materia, cuando la administración Lusinchi al devaluar el bolívar de 7,50 Bs. a 14 Bs., por dólar, y que a través de un acuerdo cambiario “legalizo” en esa oportunidad, asi como ahora se “justifica”, la transferencia de dinero del BCV al fisco para financiar el frustrado plan trienal, lo cual como se sabe, al fundirse ese dinero en el fisco, el impacto es inflacionario independientemente de que se gaste comprando papas, pagando sueldos, o construyendo carreteras. Un año después, una solo había 300 millones de dólares en reservas, que produjo una devaluación de 100%!!.

En 1994, el Banco Central fue obligado por el gobierno y el extinto Congreso para monetizar parte de la crisis financiera por un monto superior a 3000 millones de dólares, lo cual, ocasiono responsabilidad administrativa por parte del directorio del BCV de esos anos.

Los efectos de la monetización de la crisis financiera todos la recuerdan, los efectos aun los estamos pagando.

En esta oportunidad la irresponsabilidad fiscal monta a 2600 millones de dólares (1.8 millardos de bolívares) por supuestas ganancias cambiarias; es decir, el 65% de los auxilios financieros otorgados por el BCV mencionados arriba y un monto mayor al 30% (!!!) de la base monetaria, lo que en conjunto define la magnitud del shock monetario causado por este raspado de olla.

Institucionalmente se le ocasionara perjuicio al BCV por perdida de reputación y autonomía, con incremento en la percepción de riesgo país por muestra evidente de irresponsabilidad fiscal dada la violación de los artículos 2, 55, 59 de la Ley del BCV, y del articulo 320 de la Constitución Bolivariana. El art. 2 rige las obligaciones del BCV, a quien únicamente le corresponde mantener las condiciones monetarias para la protección de la moneda y de la estabilidad de los medios de pago, lo cual se pierde en virtud del enorme shock monetario mencionado en el párrafo anterior. El art. 55 de la misma ley prohibe expresamente al BCV otorgar crédito interno –financiar gasto del gobierno- lo cual como es evidente ha sido ignorado, dado que de facto ha ocurrido un financiamiento monetario puro y simple del déficit fiscal. El art. 59 expresa que de las utilidades netas del BCV, el 10% se incorpora al Fondo General de Reserva, cuyos limites solo pueden ser definidos por el directorio del BCV y no por la Asamblea como ocurrió en la ultima Asamblea Extraordinaria. Y finalmente el 320 de la Constitución Bolivariana, el cual claramente prohibe al BCV subordinarse al Ejecutivo en lo referente a las exigencias que este pueda hacer para financiar el déficit fiscal.

Algunas consecuencias en el corto y mediano plazo. Una expasnion de la base monetaria en un 28% es lo mismo en términos nominales de una maxidevaluacion del 30%. Los efectos reales en la economia se representarán en alza continua de precios –inflación- y en caída del salario real de los trabajadores, perdida de confianza y credibilidad en la autoridad monetaria en cuanto a su capacidad institucional para cumplir sus objetivos de estabilización de precios. Incremento del riesgo país, dado que esa materia, la relación entre el banco Central y el fisco, es cuidadosamente monitoreada en los mercados, cuya desviación es signo de desconfianza. Perdida de reservas internacionales por deterioro de la confianza en la autoridad monetaria, la cual se muestra sumisa y no autónoma como lo exige la Constitución.

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