TSJ legaliza el pago de conceptos laborales en divisas
La Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió declarar con lugar una demanda interpuesta por una ciudadana contra la empresa para la que trabajaba, en la que reclamaba se le cancelaran varios conceptos laborales suscritos con la empresa, en divisas (dólares), a tasa Dicom.
En la sentencia 884, fechada el 5 de diciembre de 2018, los magistrados “condenan pago en divisas (dólares) a tasa Dicom en demanda laboral de conformidad a lo establecido en el artículo 128 de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela”.
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Según apunta el Observatorio Venezolano de la Justicia, “un punto destacable en la redacción de la sentencia es el referido a que: “los pagos estipulados en monedas extranjeras se efectuarán, salvo convención especial, al tipo de cambio oficial conforme a la tasa del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom) que fije el Banco Central de Venezuela, para el momento en que se realice el pago efectivo”.
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En mi Criterio Nunca la Tan Nombrada AUTONOMÍA UNIVERSITARIA Debe o Puede Ser Utilizada Para Beneficios Personajes o Políticos que es Cmo hasta Hora se ha Venido Manipulando de una Manera muy Astuta y Genial lo que Nos ha Demostrado que es el Gran Negocio de Estar en la Jugada de los Rectores y Se Ponen muy x Encima de los Derechos Colectivos y Vulnerando a Quienes Son los más Débiles Jurídicos y Económicos, así Pues que No Puede Llamarse o Aceptar que tal Autonomía Universitaria se Ponga Por Arriba de la Constitución de la Republica Bolívariana de Vzla