El Editorial

El caso Nicaragua

La arremetida de Ortega contra Cristiana Chamorro Barrios, quien se atrevió a desafiarlo como candidata del único partido político no inhabilitado por la dictadura nicaragüense para las próximas elecciones presidenciales, es un ejemplo de cómo pueden terminar los regímenes que pretenden perpetuarse en el poder.

Lo único que se le ocurrió al matrimonio Ortega fue darle arresto domiciliario, por algún presunto y probablemente inexistente delito, para de esta manera poder detener a quien que podría lograr la unidad de las fuerzas opositoras de ese país, que no han dejado de activarse a pesar de la feroz represión desatada en años pasados con un saldo trágico de muertes.

Pero, tal y como señala Nassim Taleb en su extraordinario libro Antifragil, al hacerlo puede ocurrirles lo siguiente: “Los movimientos políticos y las rebeliones pueden ser muy antifrágiles y los tontos intentan reprimirlos usando la fuerza bruta en lugar de manipular, ceder o hallar estrategias más astutas como Heracles hizo con la Hidra”

La energía que están volcando en atacar e intentar desacreditar a la señora Chamorro es lo que pueder terminar dándole notoriedad y convertirla en el símbolo de la resistencia que tanto necesita el pueblo nicaragüense.

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Un comentario

  1. El universo jurídico que nos rodea se implanta en el tiempo y el espacio, como dos elementos que rigen nuestra conducta y se proyectan hacia el futuro, esperando su cumplimiento voluntario o su observancia por medio de la fuerza procedimental del Estado. Las disposiciones de las leyes que regulan la conducta humana y todo lo que nos circunda, naturaleza y cultura, debería ser como el principio de gravedad que atrae y sujeta para lograr una buena convivencia consigo y con los demás, si pensamos que la totalidad de nuestra conducta está regulada por dos principios fundamentales que tienden a establecer espacios de armonía y observancia de la ley que pueden denominarse: Principio del orden y método de la Autoridad y Principio de la Armonía Ciudadana: El primero se formula: Todo lo no permitido está prohibido; en tanto que el segundo se manifiesta afirmando que lo no prohibido, está permitido.
    La Constitución Nacional dispone que todo funcionario público, antes de tomar posesión de su cargo, presentará el compromiso de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. En nuestro país es como la admonición de cumplo pero no obedezco lo que la Constitución ordena.
    Ante este caos expansivo de la corrupción, ¿puede el derecho, como conjunto de principios, normas e instituciones, combatir y reprimir esas conductas negativas del gobierno?

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