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Todas las novedades sobre la declaración de la Renta

Se trata de un proceso que se debe hacer anualmente, declarando así todos los ingresos que se han obtenido en el año anterior. Ahora, muchos usuarios tienen que presentar su declaración con todo lo relacionado al 2020, no obstante, este año viene cargado de novedades.

Como todos los años, ya se está inmerso en plena campaña de la renta y por este motivo, los usuarios que están obligados a hacerla tienen que ponerse en marcha para declarar todos los movimientos que llevaron a cabo en el ejercicio anterior, o lo que es lo mismo, en 2020. A pesar de que la declaración de la renta es un procedimiento muy habitual y al que se está acostumbrado, es cierto que, en la mayoría de los casos, los usuarios por sí mismos no saben presentar la documentación correspondiente. Precisamente por este motivo, cada vez es más frecuente que las personas se decanten por contratar los servicios de una gestoria para declaracion de la renta, con el fin de garantizar que todos los papeles llegarán a tiempo y en las mejores condiciones.

Con base en esto, hay que decir que, aunque se trata de un procedimiento similar durante años, es importante hacer hincapié en que, para esta declaración, se han introducido una serie de novedades. 

Calendario

Al igual que ocurre en años anteriores, en esta ocasión, el calendario para la declaración de la renta vuelve a cambiar. Para que no se pasen los plazos, es recomendable consultar todas las fechas disponibles en una gestoria declaracion renta, ya que son expertos en la materia.

Así, la campaña de este año comenzó el pasado 7 de abril, fecha en la cual, ya estaba permitido solicitar el borrador correspondiente y presentar la documentación de manera online. A partir del 4 de mayo, se ha abierto el plazo para poder solicitar cita previa y de esta manera, llevar a cabo el trámite de forma telefónica. El plazo para presentar la documentación por teléfono está vigente desde el 6 de mayo.

Por su parte, el próximo día 27, se abrirá un nuevo plazo, esta vez para pedir cita previa y llevar a cabo la declaración de forma presencial, ayudados por un técnico especialista. Y desde el 2 de junio, se podrá presentar la renta presencialmente en la oficina de Hacienda que corresponda.

Las dos últimas fechas marcadas son el 25 y el 30 de junio. La primera se establece como fecha límite de presentación de la renta, siempre que sea con resultado a ingresar y a través de la domiciliación bancaria. En cuanto al día 30, es la última fecha para presentar la documentación y el final de la campaña.

Dependiendo de los resultados obtenidos, una gestoria declaracion de la renta puede asesorarte en cuanto al fraccionamiento de pagos del IRPF. En el caso de hacerlo, el segundo pago se hará el 5 de noviembre. Finalmente, si Hacienda tiene que devolver dinero al usuario, lo podrá hacer hasta el 31 de diciembre, pasada esta fecha, llevará intereses.

Deducciones por donativos

Entre las novedades de este año, hay que hablar que aumenta el porcentaje de deducciones en relación con los donativos. Así, si se tiene como base 150 euros, que es el máximo establecido, la deducción está en un 80%. Para el resto de cantidades, el porcentaje a deducir se establece en un 35% y si, durante los dos años anteriores se han ido llevando a cabo donativos, entonces este porcentaje aumenta hasta el 40%.

Capital inmobiliario

Si un usuario tenía una casa en alquiler en 2019 y en 2020 ha continuado así, entonces, el cálculo de la amortización en cuanto a los rendimientos de capital inmobiliario se llevará a cabo de manera automática. Esto es un proceso que, a día de hoy, es mucho más sencillo, puesto que, para ello, se pueden contratar los servicios de una gestoría declaración renta online o bien, hacerlo directamente a través del programa Renta Web.

Libro de registro autónomo

Aquí hay que mencionar a los autónomos que se encuentran en régimen de estimación directa, principalmente. Así, como novedad, este año se pueden trasladar todos los datos de los libros de registro, directamente a la declaración de IRPF. Dejando de lado la parte manual.

Planes de pensiones

En este ejercicio, todas las aportaciones personales que se incluyan en estos plantes no pueden ser superiores a 2.000 euros y, en el caso de que sean aportaciones empresariales, la cantidad no podrá ser mayor a 8.000.

Tramos IRPF

Finalmente, una de las novedades más sorprendentes es la de los tramos establecidos en lo que se refiere al IRPF. En este sentido, a menores ingresos, menor porcentaje de retención. Se han incluido 5 tramos, el primero desde los 0 a los 12.450 euros (19%); el segundo desde los 12.450 hasta los 20.200 (24%); el tercero desde los 20.200 a los 35.200 (30%); un cuarto desde 35.200 a 60.000 euros (37%); y el quinto para más de 60.000 euros (45%).

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