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CAP y la defensa de la democracia

El ex presidente Carlos Andrés Pérez mantuvo una posición firme en la década de los noventa para afianzar la democracia en el continente como en su momento lo hizo Rómulo Betancourt con su “Doctrina” en contraste con el “pluralismo ideológico” del ex presidente Caldera de gran pragmatismo. El autogolpe de abril de 1992, de Alberto Fujimori puso a prueba la integridad de Pérez al respecto.

CAP y el caso Surinam.

El presidente de Surinam, Ramsewak Shankar  quien ocupaba la presidencia desde su triunfo electoral en 1988, fue derrocado por un golpe de Estado incruento el  24, de diciembre 1990, presentó su dimisión, posteriormente se sumó todo el Gobierno.  El portavoz de los militares que derrocaron a Shankar anunció el nombramiento de un nuevo Gobierno decidiendo dimitir el derrocado «a causa de los recientes acontecimientos políticos y la realidad» de la sociedad surinama.

El Presidente Pérez condenó el golpe militar en Surinam protestó por el hecho y anunció la iniciativa de Venezuela en la Organización de Estados Americanos en contra de este, también informó haber decidido romper las relaciones diplomáticas con el gobierno usurpador.

El ex presidente Rafael Caldera manifestó que Surinam es un aliado natural de Venezuela; en virtud del problema limítrofe con Guyana no resuelto a pesar de los intentos de acercamiento, está encuadrado en un área geográfica en la que Venezuela tiene que tomar en consideración la actitud, los intereses y las aspiraciones de Surinam y Brasil.

El golpe en Surinam afirmaría es en todos los aspectos deplorable y muy justa es la enérgica respuesta venezolana. Pero hasta para lograr que se reinstale en ese país un régimen basado en la voluntad popular a través de limpios comicios, la ruptura no ayuda, sino todo lo contrario. La experiencia en otros casos es abundante.

CAP y el caso Haití.

Pérez fue coherente con la posición asumida en octubre de 1991, en relación al derrocamiento por un golpe de Estado a Jean Bertrand Aristide en Haití – primer gobierno elegido por votación popular- bajo las acusaciones de gobernar autoritariamente y violaciones a Derechos Humanos. En esa oportunidad aseveró; “estaremos condenando al pueblo más sufrido de nuestra región a nuevos años de oprobió y miseria y estará abriendo para que ocurran nuevos golpes militares en América, lo cual sería el fracaso de la OEA, como organismo multinacional”.

Apoyaba la ruptura diplomática de todos los países de la región con el gobierno haitiano, boicot económico sin descartar el “uso de la fuerza” de manera colectiva, evidenciaba la falta  de previsión de medidas  de la resolución 1080 de Chile de 1990 “Compromiso de Defensa de la Democracia” para la restitución de la democracia “representativa” no sea “retórica tradicional”; esta actitud se consideró replanteamiento de la Doctrina Betancourt.

CAP y el caso Perú.

Alberto Fujimori decidió el 5 de abril de 1992 disolver el Congreso peruano; el 7 se publicó la Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional justificando esta acción por las muchas sesiones parlamentarias frustradas porque el hemiciclo no contaba con quórum. Enfatizaba que muchos proyectos de ley, importantes para la marcha del país quedan encarpetados por irresponsabilidad, desidia, holgazanería de los mal llamados “padres de la patria” refiriéndose a los partidos de oposición entre ellas las leyes antiterroristas.

Destaca la diatriba creada entre Alberto Fujimori y Carlos Andrés Pérez; éste último protesto enérgicamente y lidero la postura contra el reconocimiento de gobierno tras el autogolpe.  Argentina, Chile y Venezuela entonces gobernados por Carlos Menem, Patricio Aylwin y Carlos Andrés Pérez, respectivamente, rompieron sus relaciones diplomáticas con Lima. Propuso Chile su expulsión de la OEA aunque el Secretario  João Clemente Baena Soares,  confirmó a Fujimori como «presidente constitucional» con la única condición de que convocara una elección constituyente que se realizaría el 22 de noviembre de ese año.

La OEA aplico la resolución 1080 de Chile de 1990, que establecía una defensa colectiva de sus miembros para restablecer la democracia: “cuando un gobierno electo popularmente es derrocado” designándose una Comisión Observadora. Se emitieron las resoluciones del 13 de abril y 18 de mayo apoyando la suspensión general de la ayuda económica con la excepción de la humanitaria y supervisión del proceso de recuperación de la institucionalidad democrática  y el pleno respeto a los derechos humanos.

Frustrado Golpe de Estado.

El 13 de noviembre a 10 días de las elecciones para el Congreso Constituyente Democrático del Perú un grupo de militares retirados parece haber intentado la captura y asesinato del presidente Fujimori conforme la versión oficial. El general Jaime Salinas Sedó uno de los cabecillas de esta acción manifestó en ese caso la Constitución le da al pueblo el derecho a insurgir para que el gobierno de facto sea derrocado y puesto a disposición de la justicia. Los golpistas fueron Fujimori y sus secuaces. Sin el 5 de abril no hubiera existido el 13 de noviembre.

Asilo.

Alberto Fujimori otorgo asilo inmediato a los golpistas del 27 de noviembre de 1992, quienes huyeron en un avión Hércules desde Maracay llegando a la ciudad selvática de Iquitos. Anunció que se les concedió asilo político a 93 militares venezolanos y expresó su deseo de que este hecho no deteriore las relaciones entre ambos países.

El Gobierno venezolano hizo saber no compartir la decisión de las autoridades peruanas, pero añadió aceptarla. El ministro venezolano de Relaciones Exteriores, Fernando Ochoa Antich, rechazó que los militares golpistas hubieran cometido delitos políticos, cuando lo que hicieron fue bombardear «indiscriminadamente objetivos militares y civiles».

Al referirse a la situación venezolana, Fujimori expreso que se trataba de hechos lamentables producto de la implantación de “democracias engañosas y dictaduras de cúpulas partidarias”. «El pueblo pide cambios profundos, ya se cansó de la demagogia y la corrupción”. Lo que más lamentaba era la pérdida de tantas vidas.

Posición de Venezuela.

Venezuela suscribió el protocolo de reformas de la Carta de la OEA, adoptado 14 de diciembre de 1992; con la promesa de fortalecer y modernizar la Organización planteando entre otras reforzar la Clausula Democrática reivindicando “Un Miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del derecho de participación…”.

La Resolución 1080, de “salvaguarda de la estabilidad democrática”se aplicaría en Guatemala (1993) y Paraguay (1996). Su eficacia se vio comprometida al cuestionarse en la década de los noventa la efectividad de la democracia representativa y partidos políticos por medio del discurso anti- político inclusive de manera dolosa e interesada.

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Es de notar conforme criterios académicos en el caso del frustrado golpe de Estado de febrero de 1992, en Venezuela, el Consejo Permanente de la OEA  a través de las Resoluciones CP/RES. 576 (887/92) y AG/RES.1189 (XXII-O/92) si bien no hubo invocación a la Resolución 1080, pero se condeno “energéticamente la sublevación armada contra el gobierno democrático del Presidente Carlos Andrés Pérez, así como el criminal atentado contra [su] vida…;” y manifestaron “repudio a aquellos sectores que han pretendido mediante el uso de la fuerza usurpar la soberanía popular y la voluntad democrática del pueblo venezolano…”.

En relación al golpe frustrado del 27 de noviembre no existen referencias al respecto.

Defenestración de CAP.

La declaratoria “con lugar” del antejuicio de merito el 20 de mayo de 1993, cuando la Corte Suprema de Justicia la determina en una votación de 9 – 3; a favor, por los delitos de peculado y malversación de fondos públicos calificaciones delictuales consideradas por especialista en materia penal por contradictorias con respecto al caso de la “partida secreta”.

Pérez estaría dispuesto a llegar a un entendimiento con el Congreso para negociar su salida de la presidencia y evitar un conflicto de poderes. Desmiente con firmeza que pretenda permanecer en el poder con un autogolpe a lo Fujimori.  Rechaza tal posibilidad: «Sería la negación de mi vida, ¡por Dios!, quedaría como un gran farsante. Yo rompí relaciones con Fujimori. Aquí puede pasar cualquier cosa, menos que Carlos Andrés Pérez viole la Constitución o permita que sea violada. No estoy dispuesto a echar por la borda 50 años de vida política».

La acusación ante la Corte «forma parte de esa gran confabulación» que se tejió en torno a su persona.

Reapertura de relaciones diplomáticas

El 18 de junio de 1993, en el gobierno de Ramón J. Velásquez en comunicado conjunto Venezuela y Perú restablecen relaciones diplomáticas y solicito la reincorporación al Pacto Andino. 

Fujimori y Caldera.

Rafael Caldera en la segunda presidencia  viajaría a Lima para participar en la toma de posesión  de Fujimori también para un segundo mandato, en julio de 1995, e hizo una escala de regreso en Ecuador, para contribuir a la distensión del conflicto fronterizo entre ambos países.

Se había asegurado que  las gestiones de Caldera facilitaron la presencia de Fujimori en la primera Cumbre Presidencial del Grupo Andino realizada en Quito en septiembre 1995, en esa reunión se decidió una reforma de todos los órganos del bloque, para adaptar sus instituciones a la nueva dinámica de la integración, que debía estar lista para ser aprobada en la cumbre que se realizaría en Trujillo, Perú, el 8 de marzo de 1996.

Fujimori, iniciara una visita en enero de 1996, a Venezuela, para reabrir la agenda bilateral y ayude al total retorno de Lima al Grupo Andino.

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