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Dictadura vs autonomía universitaria

El pasado 27 de agosto, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la sentencia N°  324 que, contrariando la Constitución Nacional, asesta una puñalada a la autonomía universitaria, un principio y jerarquía de luengo abolengo histórico. En efecto, el artículo 109 de nuestro Texto Fundamental establece que la comunidad universitaria está integrada por los profesores, estudiantes y egresados que se dedicarán “a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica”, y de manera inequívoca dispone que “las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley”. La Ley de Universidades también define igual integración de profesores, estudiantes y egresados del claustro universitario., y regula  la materia electoral en las instituciones de educación superior.

La sentencia N° 324 del TSJ ordena la realización de elecciones de las autoridades rectorales de las universidades autónomas (públicas) dentro de un plazo de seis meses, siguiendo los términos pautados en la Ley Orgánica de Educación (LOE), artículo 34, numeral 3, promulgada en el año 2009, que contempla una composición distinta de la comunidad universitaria, al incluir en ésta al personal obrero y al personal administrativo reconociéndoles el derecho al voto, al señalar que la autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones, he aquí la cita textual de dicho numeral, “elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa  y protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria”. En el marco de su proyecto totalitario, el régimen olvida que es de elemental conocimiento que la Constitución no puede ser reformada por una ley, ni tampoco por una decisión judicial como lo pretende la Sala Constitucional del TSJ. Ramón Escovar León, en artículo publicado el día 3-9-19 en El Nacional web, hace la siguiente exhortación: “La comunidad universitaria, el mundo académico y los sectores democráticos del país deben asumir una posición unitaria ante la decisión 324. Profesores, estudiantes y egresados, en un solo bloque, son la garantía de que la autonomía universitaria no se perderá”. Ya antes de ese fallo, se ha obstaculizado la gestión autónoma de las universidades aminorando sus presupuestos, asaltando sus instalaciones (ejemplo, la toma del Consejo Universitario de la UCV en el año 2001), y descapitalizando sus recursos humanos al condenar a sus profesores, por las bajas remuneraciones, a irse del país.

No es de extrañar esa conducta de un régimen que en el año 2018 transformó la cárcel de Yare en una Universidad de Ciencias Políticas ¡con el nombre de Hugo Chávez!, lo que es un oxímoron, es decir, una universidad con ese nombre es una contradicción en sus propios términos.

Es oportuno recordar, aunque sea brevemente, la historia de la actual Universidad Central de Venezuela (UCV). La Universidad de Caracas nace el 22 de diciembre de 1721, en pleno período colonial venezolano, mediante Real Cédula del Rey Felipe V que eleva el Colegio Seminario de Santa Rosa de Lima al estatus de Real Universidad de Caracas (después también Pontificia por Bula de Inocencio XIII de 1722), y en 1827 Simón Bolívar y el doctor José María Vargas, nombrado Rector, dictan los Estatutos Republicanos que le conceden la autonomía. Para asegurar esa autonomía, El Libertador le asignó a la Universidad ricas haciendas de cacao de Caracas y así garantizar el presupuesto universitario. El 9 de julio de 1811 el Claustro Pleno Universitario respaldó “la independencia absoluta de la Provincia de Venezuela de toda otra potestad  que no emane de la voluntad libre y general de sus pueblos”. Bajo los gobiernos de Guzmán Blnco y Joaquín Crespo, entre 1870 y 1898, la Universidad pierde su autonomía y su patrimonio material que le garantizaba su autofinanciamiento. Ildefonso Leal, a manera de resumen, dice que “desgraciadamente, el ideal bolivariano no fue respetado después por las montoneras insubordinadas, el caudillismo bárbaro y la autocracia militar –signos trágicos de nuestra historia política- que despojaron a la universidad de su autonomía y de sus propiedades”. Los universitarios se enfrentaron  a los despotismos de Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez, debiendo recordarse la protesta de la Semana del Estudiante de 1928, al igual que la resistencia librada contra la dictadura (1948-1958) de Marcos Pérez  Jiménez. La vigente Ley de Universidades, que ratifica la autonomía, se promulgó  el 5 de diciembre de 1958 por la Junta de Gobierno presidida por el doctor Edgar Sanabria. Ahora los universitarios batallan contra la dictadura que ya lleva más de 20 años, y acaba  de valerse del TSJ para cercenar la autonomía de la UCV, de tamaña historia, y de otros institutos de educación superior.

En el prontuario de la dictadura, que ahora lidera Nicolás Maduro, hay que anotar esta nueva fechoría del TSJ, su palafrenero judicial, que tanto lo ayuda en su tenebroso empeño de que Venezuela sea un país de cabezas agachadas, un país embridado.

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