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Las condiciones en las negociaciones

Cuando en las Escuelas de Derecho se estudia la teoría de los contratos, se analizan las condiciones a las que los contratos están sometidos para que puedan suscribirse válidamente y se asegure el cumplimiento de la obligaciones que ellos imponen a sus partes. Es así como vemos los tipos de condiciones a los que están sometidos.

Hay condiciones suspensivas, condiciones resolutorias y condiciones que podrían considerarse como sin qua non.

La condición suspensiva es previa a la entrada en vigencia del contrato –en derecho anglosajón se le conoce como condition precedent– si no se cumple no opera el contrato. La condición resolutoria es aquella que, según la cual si se produce quebrantamiento de las obligaciones contractuales, puede resolverse, darse por terminado el contrato –en derecho anglosajón se le conoce como dissolving/resolutory condition. La condición “sine qua non o “sin la cual no” es aquella cuyo cumplimiento es imprescindible para que se cumpla el contrato; puede ser suspensiva: no adquiere vigencia el contrato mientras no se haya cumplido; puede ser resolutoria si durante el contrato deja de cumplirse.

En las negociaciones que pueda haber entre el gobierno y la oposición venezolanos que puedan dar lugar a un diálogo que conduzca a un pacto para recuperar la democracia, entran en juego los diversos tipos de condiciones antes señaladas. Hay una condición sine qua non que consiste en que no puede haber pacto alguno si no se elimina la ilegal asamblea constituyente. Tanto esa como otras condiciones para la negociación son suspensivas, a saber:

La participación de países amigos que sean garantes, instituciones multilaterales y testigos en la negociación. Hemos decidido conjuntamente seis países que contribuyan a garantizar el eventual proceso de negociación y su cumplimiento.

El establecimiento de un cronograma de implementación de acuerdos con garantías y acompañamiento internacional.

La definición de un país neutral sede para las negociaciones.

Los puntos indispensables que deben formar parte de cualquier negociación y eventual acuerdo, según la Unidad son:

La renovación equilibrada del Consejo Nacional Electoral, el establecimiento de un cronograma electoral con garantías de pulcritud, sin inhabilitados, fechas precisas, incluyendo la elección presidencial y una calificada observación internacional.

La liberación de presos políticos, el retorno de los exiliados y el cese de la persecución política.

La normalización constitucional del país.

La inmediata atención a la emergencia humanitaria que vive el país.

Opino que la eliminación de la asamblea constituyente es condición sine qua non y me baso en lo siguiente para afirmarlo:

Cuando Maduro anunció que ilegal e inconstitucionalmente estaba convocando a una asamblea, cosa que solo puede hacer el pueblo mediante referendo consultivo, la MUD convocó a un plebiscito para determinar si el pueblo estaba de acuerdo con una convocatoria a asamblea; el resultado fue abrumador: alrededor de 7 millones de venezolanos manifestaron su rechazo. Posteriormente, el CNE convocó a un referendo aprobatorio de una asamblea constituyente en la que  podían votar los partidarios del régimen bajo condiciones inaceptable para el pueblo, en violación de la universalidad del voto consagrada por la Constitución. Repitiendo otro de los tantos fraudes del a los que nos tienen acostumbrados Tibisay y su combo, cuando fue un hecho notorio que la abstención de los chavistas a la hora de votar por lo que quería, solo podía anticiparse que a lo sumo los votos aprobatorios llegarían a 2 millones, Tibisay, como mago que saca un conejo de la chistera, anunció que cerca de 8 millones habían aprobado la constituyente y elegido a sus 500 miembros chavistas. El fraude fue tan claro que hasta Smarmatic, la empresa escogida por el CNE para la verificación del conteo, dijo que se había cometido un gran fraude.

Ante el hecho de que la Asamblea Nacional, la MUD, los diversos sectores de la oposición, organismos y gobiernos internacionales han desconocido la espuria asamblea, ¿cómo puede esperarse que la MUD y la Asamblea Nacional la reconozcan? El gobierno plantea la participación de la constituyente en las conversaciones y la MUD la niega. Por eso, si el gobierno no acepta, como condición suspensiva, como condición sine que non, que se disuelva la ilegal asamblea constituyente, deben interrumpirse todas las conversaciones que conduzcan a un diálogo.

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