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MUD, ¡en vos confío!

Una vez más las voces de los gurúes que llamaron constante y consistentemente a la abstención se alzan para acusar a la MUD: “yo lo advertí… no duraron ni un mes en la AN”. “Yo sabía que se iban a vender”. “Los de la MUD son todos unos cobardes”…

Nada más alejado de la realidad, pero estos “sabihondos desde lejos” -y muchos de ellos amparados en seudónimos- tienen que buscar cómo lavarse la cara ante el rotundo fracaso de sus advertencias preelectorales.

La MUD goza de toda mi confianza. No es fácil haber logrado aglutinar tantas cabezas que piensan distinto y orientarlas hasta lograr el triunfo que hoy abre las puertas de la esperanza en una Venezuela quebrada y depauperada, insegura y dividida.

Me imagino que para nadie es sorpresa que el gobierno haya actuado para romper a toda costa la mayoría calificada… ¿o es que creían que se iban a quedar cruzados de brazos? Pero los diputados de la libertad, frente a los autodenominados “de la patria” tienen muy claro cuál es el camino a seguir y están preparados para sortear y salir exitosos en ésta y todas las demás pruebas que se encontrarán en el camino.

El haber desincorporado a los diputados impugnados no es una derrota -aunque el gobierno proclame un triunfo a los cuatro vientos- es una estrategia. Como dijo el ilustre ex magistrado Román Duque Corredor “desincorporarse para concurrir a juicio donde se suspendió la proclamación no es renunciar a investidura ni a inmunidad”. El doctor Duque publicó un exhaustivo análisis donde da cátedra de conocimiento jurídico, del conocimiento que parecen carecer los magistrados del TSJ.

De ese análisis rescato algunas ideas que vale la pena divulgar, ante la Sentencia No. 1 de 2016 de la Sala Electoral:

–      – No hay desacato cuando una sentencia es inejecutable, porque la proclamación de un diputado no puede suspenderse.

–       -La Sala Electoral no tiene competencia para anular ningún acto de la Asamblea Nacional.

–       -La nulidad de actos que aún no han sido dictados no existe.

–       -Los diputados no usurparon funciones, porque no se la arrebataron a ningún otro funcionario o poder, sino que ejercieron el mandato que le confiaron los electores y que confirmó su proclamación.

–       -No puede declararse la nulidad de todos los actos de la Asamblea Nacional en donde intervengan los tres diputados del Estado Amazonas, mientras se cumpla con el quórum requerido para cada acto.

–       -Anular todos los actos de la Asamblea Nacional donde intervengan los tres diputados, es desconocer la representación popular de los otros 163 diputados.

–       -La desincorporación de diputados proclamados solo procede como sanción impuesta por la mayoría calificada de las dos terceras partes de los diputados presentes ( Art. 187, Nº 20, de la Constitución). Por lo que la Sala Electoral usurpó atribuciones privativas de la Asamblea Nacional.

–      – Lo anterior es suficiente para deslegitimar la Sala Electoral y para calificar la conducta de los magistrados como de faltas graves y de inmoral su conducta.

Además, contar con dos políticos con sobrada experiencia como Henry Ramos Allup en la presidencia de la Asamblea y Julio Borges como Jefe de la Fracción Parlamentaria, es para mí una garantía de que se están haciendo y se harán las cosas como se tienen que hacer, además del compromiso de los ciento diez otros diputados. Ellos están conscientes del deber que tienen con el país. Además, diecisiete años de desastre no pueden arreglarse en unos días, ni en un mes, ni siquiera en un año. Hay que darles tiempo para que vayan enderezando lo torcido, reparando lo destrozado, rectificando la ruta.  Y encima, sorteando los obstáculos que el chavismo seguirá poniendo.

MUD, ¡en vos confío!

@cjaimesb

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