Opinión Internacional

Venezuela y el Consejo de Seguridad

La importancia que se ha querido otorgar a que Venezuela forme parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ya raya en la obsesión y ello, según algunos analistas, tiene que ver con el permanente desafío al imperialismo norteamericano y con el exceso de protagonismo del proceso revolucionario.

Sustentar la aspiración bajo los argumentos de que se desea liderar el movimiento de reforma de la Organización para democratizar el Consejo de Seguridad, luchar contra la pobreza y defender los derechos humanos, es además de vanidoso ignorar que el artículo 24 de la Carta de la Organización confiere específicamente al Consejo la responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales. Por lo tanto éste actúa para lograr una solución pacífica de las controversias, para contener las amenazas a la paz, y neutralizar los actos de agresión.

Es de todos conocido que el Consejo de Seguridad no se ocupa de la lucha contra la pobreza, ni de los derechos humanos, para ello existen otras instancias tanto en la ONU como en las agencias especializadas del sistema de Naciones Unidas, pero es que éstos temas por demás importantes son de la responsabilidad directa de cada Estado, mucho mas que de las organizaciones internacionales.

En el pasado Venezuela formó parte del Consejo de Seguridad en cuatro oportunidades 1962-1963 (Carlos Sosa Rodríguez), 1977-1978 (Simón Alberto Consalvi-Rubén Carpio Castillo), 1986-1987 (Andrés Aguilar) y 1992-1993 (Diego Arria- Adolfo Raúl Taylhardat), durante las cuales realizó una gestión ajustada al Derecho Internacional y una representación caracterizada por la sobriedad y profesionalismo de sus planteamientos y por adelantar una serie de iniciativas destinadas a coadyuvar a la solución pacífica de las controversias a través de la negociación y la conciliación, mecanismos tradicionales que permiten a los países contribuir a la paz mundial.

Al igual que los demás miembros del Consejo, Venezuela, ejerció la presidencia de este órgano (por un mes y de acuerdo al orden alfabético en idioma inglés), no siendo precisamente el gran prestigio del gobierno de turno lo que lo hizo merecedor de tal distinción.

Otro aspecto que debe ser señalado es el de la representatividad del país en el Consejo de Seguridad, la cual es ejercida por el Embajador Representante Permanente, quien junto con una delegación expresamente acreditada ante el mismo participa de sus deliberaciones. Ocasionalmente cuando la sesión lo amerita intervienen los Cancilleres y solo en oportunidades muy especiales lo hacen los Jefes de Estado (esto ha sido en las Cumbres convocadas por el Consejo que terminan convertidas en una Asamblea General).

Por lo tanto, la acción diaria del Representante Permanente y su delegación debe ser de alto nivel profesional, con un gran dominio de los temas internacionales, del mecanismo de funcionamiento y del reglamento tanto del propio Consejo como de la Organización, además de utilizar adecuadamente el lenguaje y la terminología diplomática para expresarse con discursos claros, concisos y precisos, lejos de la pirotecnia verbal y de la divagación irracional obviando el tema sujeto de consideración.

Sin duda que un país que llega a ser elegido miembro no permanente del Consejo de Seguridad gana en su prestigio internacional, de hecho la victoria se percibe como un reconocimiento a sus méritos. No obstante, el escenario ideal es el de ser endosado por su grupo regional (lo que no ha sido el caso actual pues Venezuela compite con Guatemala, país que nunca ha sido miembro de éste órgano) para evitar el incómodo proceso de una elección y todos los comentarios que se derivan de ésta. En el caso de América Latina existen dos puestos, a ser elegido por un período de dos años (sin reelección) y por mayoría de dos tercios.

Para los cinco miembros permanentes la elección de los no permanentes, es la mera aplicación de las disposiciones de la Carta de la organización de acuerdo con el reglamento de la Asamblea General. Más allá de ello, se parte del principio de que todos los Estados Miembros están conscientes de cuáles son las reglas de juego y donde están las limitaciones, puesto que de acuerdo con la Carta, todos los Miembros de la ONU acordaron aceptar y cumplir con las decisiones del Consejo de Seguridad, ya que mientras otros órganos de la Organización hacen recomendaciones a los Gobiernos, el Consejo tiene la facultad de tomar decisiones que los Estados Miembros, están obligados a cumplir (Artículo 25 de la Carta).

Si bien es cierto que los organismos internacionales deben actualizarse y adaptarse a la evolución del escenario internacional, no es menos cierto que la tan mencionada reforma del Consejo de Seguridad, y la eliminación de derecho a veto, considerado por muchos como una práctica que vulnera la democracia del órgano y la propia esencia de la Organización, es un tema de manejo intrincado y rodeado de muchos intereses creados. Desde hace tiempo se ha venido trabajando en ello con diversas iniciativas de diferente índole (Grupo de Trabajo, Grupo de Notables, propuestas del Secretario General), sin que haya sido posible ni siquiera a aproximarse a un acuerdo.

Según la Carta cada miembro del Consejo tiene un voto y las decisiones de procedimiento se adoptan con el voto afirmativo de nueve de los quince miembros, pero las decisiones sobre todas las demás cuestiones se aprueban por el voto afirmativo de nueve miembros, incluyendo aquellos de todos los miembros permanentes (veto), esta redacción evidencia la posición de fuerza en la que se encontraban estos países para el momento de la creación de la ONU, esos mismos países en la actualidad no consideran que las circunstancias hayan variado como para perder su derecho a veto, el cual históricamente ninguno de ellos ha dejado de ejercer.

De hecho, los miembros permanentes aplican cada vez mas el llamado “veto tácito” que consiste en no someter a votación las cuestiones susceptibles de ser vetadas, lo que si bien ha suscitado la protesta de muchos países, se sigue empleando por aquello de que mientras el uso del veto es público e implica un costo político para quienes lo ejercen, el ‘veto tácito’ permite, de manera velada, retrasar o impedir las decisiones del Consejo sin evidenciarse públicamente.

En líneas muy generales estas son las realidades con las que se encontrará Venezuela, en el caso de que gane la elección al Consejo de Seguridad.

Pero, en las actuales circunstancias políticas, estará el país en condiciones de asumir el reto que significa participar en el templo de la diplomacia mundial, será capaz de practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos, así como crear condiciones para respetar las obligaciones derivadas de los convenios y otras fuentes del derecho internacional tal y como lo dice el preámbulo de la Carta de la Organización; tendrá la habilidad de utilizar el diálogo, la mediación, la conciliación, el arbitraje y todos los demás medios pacíficos de solución de controversias y de negociación multilateral…?
Queda a la imaginación del lector dar respuesta a estas interrogantes!

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