Opinión Nacional

¿CIDH inmoral o gobierno totalitario?

¿Equivocación o manipulación?
El presidente venezolano Hugo Chávez Fría, calificó por red de radio y TV (27/04/07), en una de sus acostumbradas cadenas nacionales obligatorias, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, como un organismo “inmoral”. El Presidente señaló que “La CIDH es una agrupación que no tiene moral, pues apoyó enfáticamente con su silencio la violación de derechos humanos durante el golpe de Estado de abril de 2002”.
Lo anterior, lo que dijo el Presidente, no es cierto. Lamentablemente, sus representantes ante la OEA no le han hecho llegar los informes de la CIDH o lisa y llanamente los han ignorado; o, el mismo Primer Mandatario, los ignoró. La CIDH, en su informe anual 2002, entre otras cosas, si se refirió al golpe de Estado, o “carmonazo”, y llevó a la restitución del presidente Chávez a la Presidencia de la República. La CIDH dijo: “Durante los graves sucesos del pasado 11 de abril, la Comisión condenó el golpe de Estado perpetrado contra el orden constitucional que costaron decenas de vidas y más de un centenar de heridos. Asimismo, el 13 de abril de 2002, sobre la base de información de público conocimiento y frente a la gravedad de la situación planteada, la Comisión solicitó información sobre la detención e incomunicación del Presidente Hugo Chávez Frías y medidas cautelares relacionadas con la libertad, integridad personal y garantías judiciales del señor Tarek William Saab, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Nacional”.

Es más, la CIDH, en relación con los sucesos de abril, expresó que “es una obligación internacional del Estado investigar y juzgar a los responsables de los hechos de abril, de conformidad con las reglas del debido proceso y asegurar que no queden en la impunidad”. Hemos sido testigos de que en casi cinco años no se creó una “Comisión de la Verdad”, como se había prometido a la OEA, no se juzgó al cabecilla del golpe, el general Lucas Rincón, quien dijo que el presidente Chávez había renunciado, creando con esto las bases para el golpe fascista de Pedro Carmona, que afortunadamente fue abortado a los tres días. Lucas Rincón, quien debió haber sido juzgado de acuerdo a la petición de la CIDH, junto a Carmona y sus secuaces, posteriormente fue premiado con un ministerio y luego con una embajada, lo cual no dejó de causar extrañeza, hasta el día de hoy, a la comunidad nacional e internacional, pues nadie premia a su supuesto asesino.

El Presidente Chávez, debería pedir el informe de la OEA (CIDH) del año 2002. Además, debería pedirle a la Fiscalía, las cartas de protestas que enviamos a ese organismo por la detención del ex luchador por los DD.HH., Tarek William Saab, y otros dirigentes del gobierno constitucional. En otras palabras, el Presidente se equivoca cuando manifiesta que ni la CIDH, ni los demás organismos de DD.HH., como Amnesty International, American Watch, Provea, etc., apelaron por el respeto de los Derechos Humanos tanto del Presidente como de otras personas de su gobierno.

Pero no solamente el Presidente se ha equivocado con respecto a la CIDH. El señor Germán Mundaraín, quien se supone es abogado especialista en DD.HH., y quien funge como Defensor del Pueblo, acusa a la CIDH de “un juego político, puesto que quienes forman parte de esa instancia son sectores políticos con ideologías claras”. Esto es verdad señor Mundaraín; por primera vez le encontramos la razón. Los miembros de la CIDH tienen sus ideas muy claras y, éstas, no son otras que la defensa de los Derechos Humanos, cuestión que usted desconoce (¿verdad?).

DD.HH. y normas constitucionales
El presidente Chávez, en casi nueve años de gobierno, ya debería haber sido informado sobre las atribuciones de la OEA y de sus organismos autónomos, entre ellos la CIDH.

En 1969 se aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor en 1978 y que ha sido ratificada, a septiembre de 1997, por 25 países: Argentina, Barbados, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela. La Convención define los derechos humanos que los Estados ratificantes se comprometen internacionalmente a respetar y dar garantías para que sean respetados. Ella crea, además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y define atribuciones y procedimientos tanto de la Corte como de la CIDH. La CIDH mantiene además facultades adicionales que antedatan a la Convención y no derivan directamente de ella, entre ellos, la de procesar peticiones individuales relativas a Estados que aún no son parte de la Convención.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) hecha aprobar por el Presidente en tiempo récord, siendo tan alabada por éste, quien la consideraba como el mejor instrumento legal del mundo, apareciendo en sus cadenas de radio y TV de transmisión diaria (violando la susodicha Constitución), con un pequeño ejemplar en la mano, librito ( o Constitución) que pronto apodaría como “la Bicha”, reza en su artículo 23, lo siguiente: “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela (¿debería decir …la República Bolivariana de Venezuela…?), tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”.
Esto establece, con bastante claridad, que el Estado venezolano debe acatar las normas de derecho internacional de las cuales es signatario. La leyes, por lo general de DD.HH. son supranacionales y tienen apelación solamente ante las cortes ad-hoc.

¿Qué son los DD.HH.?
Los derechos humanos son hoy mucho más que un mero ideal de la humanidad. Son, además, el Paradigma de ésta en el siglo XXI. No en vano la humanidad sufrió grandes guerras, las cuales provocaron la muerte de decenas de millones de personas, para que ésta no haya aprendido la lección. ¿Cuál es esa lección? Es la del valor de la vida humana, la del valor de las condiciones de vida y las del valor de los derechos sociales; pero, en especial, el valor de comunicarse libremente.

Los DD.HH., son un amplio cuerpo de leyes que obligan a los Estados. Los únicos violadores de los DD.HH., son los Estados como tales y los grupos subversivos que buscan apropiarse del Estado pues, en el fondo, se van constituyendo en un Estado dentro del Estado; por eso podemos decir que las FARC, el FLN, Hezbollha, Talibán, etc., también violan los principios de DD.HH., al actuar como monopolios de la violencia armada y terrorista. El monopolio de la fuerza y de la violencia está dado solamente a los Estados formales bajo normas regulatorias y contraloras que impidan el abuso contra el derecho natural a la vida, el derecho natural a expresarse, y otros derechos que son ético-morales.

DD.HH. Interamericanos
En abril de 1948, la OEA aprobó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en Bogotá, Colombia, el primer documento internacional de derechos humanos de carácter general. La CIDH fue creada en 1959, reuniéndose por primera vez en 1960.

Desde 1965 la CIDH fue autorizada expresamente a recibir y procesar denuncias o peticiones sobre casos individuales en los cuales se alegaban violaciones a los derechos humanos. Hasta 1997 ha recibido varias decenas de miles de peticiones, que se han concretado en más de 12,000 casos procesados o en procesamiento.

La CIDH, señor Presidente, de acuerdo a estas normas ratificadas por Venezuela, y aceptadas por la Constitución, “hace recomendaciones a los Estados miembros de la OEA sobre la adopción de medidas para contribuir a promover y garantizar los derechos humanos”.
También, ella está autorizada (y obligada) a “requerir a los Estados que tomen ‘medidas cautelares’ específicas para evitar daños graves e irreparables a los derechos humanos en casos urgentes. Puede también solicitar que la Corte Interamericana requiera ‘medidas provisionales’ de los Gobiernos en casos urgentes de peligro a personas, aún cuando el caso no haya sido sometido todavía a la Corte”.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor en 1978 define los derechos humanos que los Estados ratificantes, entre los cuales se encuentra Venezuela, se comprometen internacionalmente a respetar y dar garantías para que sean respetados. Como abrebocas, debido al espacio limitado que tenemos, daremos a conocer aquí, solamente, tres artículos de esta Convención, para poder apreciar la importancia de su observancia:
“Artículo 1- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

“Artículo 2 – 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía”.

“Artículo 3 – Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Aunque esta Convención no es un documento obligatorio o vinculante para los Estados, con excepción de Venezuela (y otros) que lo hace vinculante y obligatorio en el Artículo 23 de la Constitución, sirvió como base para la creación de los dos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales también fueron suscritos por el Estado venezolano.

Sin duda alguna, ni el Ejecutivo, ni el llamado Poder Moral, representado en este caso por el Defensor del Pueblo, pueden alegar desconocimiento de la leyes internacionales, llamadas convenciones, tratados, acuerdos, pactos, o como se denominen, cuando éstas forman parte del derecho nacional a través de la Constitución.

Moral y pocas luces
El presidente Chávez, al calificar a la CIDH como organismo inmoral, obviamente, está criticando a este organismo de haberle salvado la vida, y de haberle devuelto a la Presidencia de la República.

Es posible que el Presidente no entienda el significado del valor filosófico llamado moral, el cual, por lo general es más bien asociado a hechos, costumbres y modas, considerados pecados por las distintas religiones. Por ejemplo, hasta hace unos 40 años, la Iglesia consideraba inmoral el bikini. Sin embargo, hoy acepta a los nudistas. La moral es un estado interno por medio del cual el ser humano es bueno, es malo, es bueno…Es decir, depende del cristal con el cual él mire la situación o hecho. Es decir, el Ser «moral» es el que conoce la diferencia entre el bien y el mal, y actúa según lo que esta bien. El «inmoral» es el que conoce la diferencia entre el bien y el mal, y actúa según lo que esta mal. El «amoral» es que no conoce la diferencia entre el bien y el mal, y solamente actúa. Ahora bien, ¿quién o quienes establecen lo moral o inmoral? ¿Por ejemplo, hay moral cuando en un país se mueren los niños por abandono o un 14% de los ancianos sufren abandono y desnutrición, o las pensiones no alcanzan ni para comprar medicinas? – ¿Es moral no acatar la leyes? ¿ Es moral que los funcionarios sean corruptos u omisos? – En los Hermanos Karamazov de Fiódor Dostoievski se dice: que “la ley es la ley, porque es la ley”, cuyo significado es que las leyes son buenas o malas, pero deben ser acatadas. Dimitriv era inocente ante la ley, pero ¿lo era ante los ojos de Dios?. Este dilema se presenta siempre con los gobiernos déspotas o autoritarios. A ellos les gusta crear leyes coercitivas e imponerlas. Mussolini, Hitler, Franco, Stalin, Perón, Idi Amin, Pinochet, Videla, eran legalistas pero ¿eran justos? ¡Se practicaba la justicia como un valor de derecho en sus regímenes? ¿Se observaban los derechos humanos? – Correcto, son leyes; pero, las leyes de esos personajes eran discriminatoria, inhumanas. A quienes ejercen el poder no les gusta que les apliquen leyes supraterritoriales pues ellas miran al delito y al delincuente y apuntan a la justicia. A Pinochet no le gustó para nada que lo juzgaran los españoles e ingleses. De acuerdo a sus leyes él había actuado moralmente. Pero, ante los ojos de Dios (derecho natural) no, por lo tanto si podía ser juzgado por violar los derechos humanos.

En consecuencia, decir que el CIDH es inmoral, no solamente es un calificativo insultante sino que más bien delata la inseguridad y el miedo de un régimen a enfrentar la realidad, ¿No sería más digno y más fácil que los regímenes aceptaran sus errores y enmendaran sus posiciones equivocadas? Creo que la moral debe ir acompañada de luces pero, lamentablemente, éstas se dan solamente cuando funcionan las neuronas que aceleran el entendimiento.

Excusas
El CIDH, por cierto, es una organización en la cual está representada Venezuela con uno de los cinco directores. Esta comisión no determina, no castiga, no legisla. Sólo recomienda. El Presidente Chávez ha dicho que Venezuela se retiraría de la OEA si este organismo condena a Venezuela. La OEA en este caso no condenaría a Venezuela, sería la Corte Interamericana de Justicia, Chávez dice que si es condenado se retiraría de la OEA y le pediría a los miembros de la escuálida ALBA que también se retiren de ese organismo supranacional. No me imagino ni a ARGENTINA, Brasil, Chile, Colombia, Perú, Paraguay, México, etc., fuera de la OEA, por la condena a Chávez.

El presidente de Venezuela, obviamente, está buscando una excusa para retirarse de la OEA. Esto, sin embargo, si ocurriera, no significaría detener, de ninguna manera, las sanciones de que pudiera ser objeto Venezuela; estas sanciones van desde económicas a políticas y culturales y, al parecer, el gobierno venezolano no se ha dado cuenta de esto o, lisa y llanamente, desconoce el tema. Por lo tanto, les recomiendo, amigos, a leer, a leer, a leer, que algo queda, como decía Kotepa Delgado.

Finalmente, es bueno recordar que “los cuervos arrancan los ojos a los muertos cuando ya no les hacen falta; pero los aduladores destruyen las almas de los vivos cegándoles los ojos”, y, en derechos humanos, hay muchos, demasiados ciegos que no tienen un “brailles” en el corazón para leer cuando y cuanto yerran y como se ponen de intolerantes.

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