Opinión Nacional

CNE firmó contrato con Indra

El Consejo Nacional Electoral y la empresa española Indra Sistemas
suscribieron ayer el contrato para el mantenimiento preventivo y correctivo
de las máquinas electorales, por un monto de 2 mil 263 millones de bolívares
($ 3.2 millones).

El contrato, que consta de 21 cláusulas, también comprende la depuración de
la base de datos, la producción de los ficheros PDF (diseño electrónico)
para la impresión de las boletas electorales, así como la garantía y
control de calidad en la producción de las mismas.

En el mismo se establece que el mantenimiento de las máquinas comenzará el
09 de este mes y se extenderá hasta el 15/11 (38 días), según cronograma de
servicio anexo. Las escrutadoras, tal como quedó explícitamente reflejado en
el documento, ya fueron entregadas a Indra para su revisión y ajuste.

Forma de pago

El Consejo pagará el 30% del total del costo como anticipo, es decir, la
suma de 984 mil dólares, previa presentación de la fianza correspondiente
por parte de Indra. El 70% restante se cancelará contra carta de crédito en
la medida que la contratista cumpla con los servicios.

Convinieron las partes en que el CNE hará cancelaciones parciales, cada uno
por el orden de los 246 mil dólares, conforme Indra entregue las máquinas
con el mantenimiento respectivo y debidamente certificadas, a entera
satisfacción del organismo.

A tales efectos, El CNE dispondrá de un lapso de 48 horas, a partir del
recibimiento de las máquinas, para probar los equipos y emanar un acta de
recepción, sólo con la cual la contratista podrá cobrar los montos
referidos.

Otras obligaciones de las partes

Como parte del contrato, Indra deberá producir 500 CD-Rom con imágenes de
las boletas y 500 con la base de datos de postulaciones. Asimismo, se
incluyó una cláusula de fidelidad en la cual el CNE exige a la contratista
estricta confidencialidad en el manejo de la información a la que tuviere
acceso, aún después de finalizado el proceso y cumplido el contrato.

Para control de la ejecución del servicio, en la cláusula sexta se obliga a
la empresa Indra a reportar diariamente al CNE en cuanto al mantenimiento de
las máquinas y el control de calidad en la producción de las boletas
válidas.

En la cláusula séptima, Indra expresamente asume “que cualquier falla,
negligencia, error u omisión imputable a ella, en la obtención de la
información para la prestación del servicio, no la libera de su
responsabilidad de llevarlo a cabo de manera satisfactoria…”, y que cuando
cualquiera de estas situaciones u otras, que igualmente sean atribuibles a
la empresa, ocasionen gastos adicionales al costo del contrato, éstos
correrán por su cuenta y cargo.

Por otra parte, el contrato obliga al CNE “a facilitar – a Indra – toda la
información y/o documentación que sea razonablemente necesaria para llenar
los requerimientos de calidad del servicio”.

Como finiquito para la firma, el organismo requirió de la empresa española
las tradicionales fianzas, una de anticipo – para el pago del primer 30% – y
la de fiel cumplimiento, que consta del 15% del costo total del contrato,
que será liberada contra la firma del acta de recepción definitiva de los
servicios contratados, que da fe de su total cumplimiento y a entera
satisfacción del CNE.

También se establece que el contrato “no podrá ser cedido ni subcontratado
en parte ni en su totalidad, así como ninguno de los derechos ni
obligaciones derivados del mismo”, sin previo consentimiento del Consejo,
manifestado por escrito.

Acuerdo Estratégico

En cláusula 16 denominada “acuerdo estratégico”, el organismo adquiere la
propiedad intelectual para “la explotación ilimitada, gratuita y por toda su
duración, de los derechos de autor sobre el diseño de las boletas
electorales”, incluyendo el electrónico.

En el punto “B” de esa misma disposición, se otorga licencia gratuita al
Consejo para la explotación del Programa de Transducción del voto, en la
máquina de votación, “para uso exclusivo del CNE en procesos de votación a
realizarse en la República Bolivariana de Venezuela”, como parte de la
transferencia tecnológica anunciada.

Cronograma de servicio

Como anexo del contrato está un cronograma de actividades que deberá cumplir
Indra, entre ellas la depuración de la base de datos que se fijó del 8 de
agosto al 4 de septiembre (20 días), fase ya cumplida; revisión y ajuste de
equipos del 09/10 al 15/11 (38 días), impresión de archivos digitales entre
el 5 y el 25 de septiembre (20 días), control de calidad de la impresión de
boletas del 28 de este mes y hasta finales de noviembre.

Fuente: Prensa CNE

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