Opinión Nacional

Doctrina Betancourt versus Doctrina Estrada

Tal principio, en pocas palabras, contiene la obligación jurídica en cabeza de los Estados de no inmiscuirse en los asuntos internos de los demás. Así, la injerencia de un país en las cuestiones de otro, no sólo por la vía de hecho sino también con valoraciones acerca de la naturaleza de un gobierno determinado, es una conducta violatoria del Derecho Internacional.

Este principio “sacrosanto” está estampado en todos los tratados multilaterales.

Para la llamada Doctrina Estrada, que así se denomina por el canciller mexicano Genaro Estrada (1930), el reconocimiento de un gobierno comportaba un acto de injerencia en los asuntos domésticos de un Estado. Ella ha sido dogma de la política exterior de México y es seguida por otros países. Según ella, México no se pronuncia en el sentido de otorgar reconocimientos a gobiernos, porque considera que ésta es una práctica denigrante que además de herir la soberanía de otras naciones, “coloca a éstas en el caso de que sus asuntos interiores puedan ser calificados en cualquier sentido por otros Gobiernos”. Esta doctrina se sustenta en principios de la libre determinación de los pueblos y en el de la no intervención.

Esta doctrina ha sido modificada en los últimos años por parte de México. Sin embargo, en su esencia se sigue manteniendo.

La Doctrina Betancourt contrasta con ella. El expresidente de Venezuela, Rómulo Betancourt, padre de la democracia venezolana, o como dice Carrera Damas, de la democracia a la venezolana, tenía un visión distinta, contraria, a la de Estrada.

Él compartía lo expresado por el ex canciller de Uruguay, Eduardo Rodríguez Larreta o el escritor colombiano Germán Arciniegas, quienes a mediados de los años 40 del siglo pasado, se pronunciaron en el sentido de que los gobiernos no podían permanecer indiferentes ante violaciones a los derechos humanos y a los principios democráticos. El segundo escribe: “Un dictador no puede obrar impunemente dentro de sus fronteras”, porque contra él deberá llegar algún día la sanción pública internacional.

Para Betancourt la lucha por la democracia de su país no estaba desligada de la que se hacía en el entorno hemisférico. Conocedor profundo de la realidad regional, sabía que con una mentalidad parroquial era muy difícil que América Latina saliera airosa de sus ingentes problemas políticos y económicos.

Como se sabe, en tiempos en que fue Presidente, la democracia sufrió agresiones de actores ubicados en los extremos ideológicos de la lucha política, e incluso con promotores más allá del espacio geográfico nacional.

En la ocasión que participó como delegado de Venezuela en la 9ª Conferencia Interamericana de Bogotá de 1948, formuló planteamientos que constituirían la base de su visión sobre la democracia y el papel que debían jugar organismos como la OEA. No compartía el enfoque que en ésta distinguía los compromisos de obligatorio cumplimiento, “cumplibles” (la No Intervención), y aquellos, como los de la democracia representativa y garantía de los derechos humanos, que no lo serían tanto, es decir, “violables”.

Sobre el principio de no intervención dirá más tarde, en mensaje que envió a los cancilleres de la OEA (1959) reunidos en Santiago de Chile, lo siguiente: “Esa reunión no sería fructífera si se limitara a ratificar los ya mineralizados conceptos sobre la no intervención de un Estado en los asuntos internos de otro. Este principio clásico del derecho público americano amerita y reclama ratificación. Pero él no puede ser escudo bruñido detrás del cual se abroquelen y protejan los gobiernos dictatoriales, que son escarnio de un continente nacido para la libertad y los cuales constituyen focos permanentes de perturbación de la paz y seguridad de los regímenes democráticos.”

Posteriormente, propone a la OEA perfeccionar su carta constitutiva con un convenio adicional que permitiera la exclusión de la organización a aquellos gobiernos que no tengan su origen en elecciones legítimas, irrespeten los DDHH, o no garanticen las libertades públicas.

Decía entonces él: “Entre las cuestiones que en mi modesta opinión son de urgente necesidad está la de complementar la carta constitutiva de la OEA con un convenio adicional bien preciso y bien claro, según el cual no puedan formar parte de la comunidad regional sino los gobiernos nacidos de elecciones legítimas, respetuosos de los derechos del hombre y garantizadores de las libertades públicas”.

Su propuesta novedosa entonces no fue acogida, pero constituye un antecedente que en tiempos actuales se materializa en las distintas cláusulas democráticas establecidas en organizaciones del hemisferio.

¿Debería aplicarse la de la Carta Interamericana a Venezuela hoy?

¿Existe hoy un gobernante latinoamericano con la convicción democrática y determinación inquebrantable que tuvo Rómulo Betancourt?

 

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