Opinión Nacional

El acuerdo electoral

A pesar de todos los obstáculos que coloque el Gobierno nada detendrá la aspiración de cambio del pueblo

Henrique Capriles le ha lanzado un reto al candidato del continuismo: la suscripción de un acuerdo, que además de incluir el reconocimiento de los resultados que recojan la voluntad popular que se exprese el 7 de octubre, contenga también el compromiso de respeto a las normas electorales establecidas en la Constitución y las leyes de la República. Hasta ahora el sector oficial ha guardado un total silencio.

Uno de los puntos principales del compromiso propuesto, es la no utilización de los recursos públicos para el financiamiento de la campaña. El dinero del Estado no puede ser empleado para cubrir los gastos de ninguno de los candidatos, ya que esto no solo constituye un ventajismo electoral, sino también un delito. El artículo 13 de la Ley Contra la Corrupción señala que los funcionarios «no podrán destinar el uso de los bienes o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos».

El uso abusivo de las cadenas presidenciales es otro de los aspectos al que habría que ponerle coto. Asimismo, los medios de comunicación públicos no deben estar parcializados en favor de la opción oficial. Es una irregularidad que la llamada Ley Resorte sea utilizada para imponer, de manera encubierta, la propaganda del candidato del partido de gobierno. El artículo 68 de la LCLC indica que «el funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionado con prisión de uno a tres años».

Nuestro ordenamiento jurídico no permite que las sedes de las instituciones del Estado sean forradas con la imagen del candidato gubernamental. Esto viola flagrantemente el numeral 1 del artículo 76 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, el cual señala que durante la campaña «queda prohibida la fijación de carteles, dibujos, anuncios u otros medios de propaganda electoral en las edificaciones donde funcionen órganos y entes públicos».

La Fuerza Armada Nacional no puede estar involucrada en los actos de campaña, ya que el artículo 328 de la Constitución establece, entre otros aspectos, que esta institución «está al servicio exclusivo de la nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna». De igual forma, resulta un atropello que la Policía Nacional sea utilizada para sabotear los eventos políticos de la alternativa democrática, tal como ocurrió el sábado pasado en la parroquia La Vega.

La pelota está ahora del lado del oficialismo. Sin embargo, a pesar de todos los obstáculos que coloque el Gobierno en su desesperación, nada podrá detener la aspiración de cambio del pueblo venezolano.

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