Opinión Nacional

El terror de las Comunas

ANÁLISIS A LA LEY DE COMUNAS

La actual división político-territorial del Estado venezolano no limita, en ningún sentido, la participación organizada de la sociedad civil. No obstante, la inclusión de la palabra “socialista” en el Proyecto de Ley de Comunas limita la participación de todos aquellos ciudadanos que, por cualquier razón, no simpaticen con los fundamentos de la ideología mencionada.

Dado que, por la propia definición emanada de la ley propuesta, la Comuna es una entidad socialista, la ley entra en conflicto con los pilares democráticos establecidos en la Carta Magna, donde se reconocen los derechos de todos los ciudadanos por igual, sin distingo de ninguna naturaleza, incluyendo la ideología que profesan –o dejen de profesar- los participantes del juego democrático. Ergo, la ley tiene carácter antidemocrático, al suponer que sólo quienes estén dispuestos a participar en la edificación de un Estado socialista tendrán derecho a participar en la conformación de la Comuna y, por ende, derecho a los beneficios que ofrece el Estado a esta forma de organización política.

La elección democrática de Gobernadores, Alcaldes y Consejales, es la forma consensuada que el pueblo venezolano ha elegido para el ejercicio del autogobierno. En este sentido, la descentralización abrió las puertas a la participación popular, sin que ello haya menoscabado la actuación de otras formas de control social, como las ONG´s, Asambleas de Vecinos, etc., las cuales han tenido voz en las diferentes instancias de los gobiernos locales.

Darle a la Comuna responsabilidades como «la planificación del desarrollo social y económico, la formulación de proyectos, la elaboración y ejecución del presupuesto comunal, la administración y gestión de las competencias y servicios”, presenta un problema fundamental en cuanto éstas son responsabilidades de los gobiernos descentralizados. Es preciso señalar que en la propuesta de ley no dice “participar en”, sino realizar las acciones enumeradas arriba.

Aunado a lo anterior, dado que la ley establece que la finalidad de la Comuna es, en primer lugar, “Desarrollar y consolidar el Estado Comunal como expresión del Poder Popular y soporte para la construcción de la sociedad socialista”, resulta antidemocrático imponer la figura de la Comuna a los gobiernos descentralizados, legítimamente electos por el pueblo en pleno uso de la soberanía del voto.

Nuevamente, es preciso hacer énfasis en la imposición del carácter socialista de la Comuna, es imprescindible hacer notar que no cualquier venezolano podrá hacer uso del derecho constitucional a la participación ciudadana; de aprobarse esta ley, sólo aquellos que simpaticen con la interpretación socialista del actual gobierno podrán pertenecer a la Comuna, marginando POR LEY a quienes se opongan a la ideologización de la sociedad venezolana.

En el proyecto de ley se menciona una entidad promotora, entre cuyas atribuciones destaca “Establecer la propuesta del ámbito geográfico de la Comuna, atendiendo a las disposiciones establecidas al respecto en la presente Ley”. Uno de los peligros que destaca a simple vista es la facilidad con la que los simpatizantes del gobierno podrán establecer los límites geográficos de las Comunas que se organicen a través del partido oficialista, mermando la posibilidad de organización en aquellas zonas en las que la oposición política al actual régimen predomine.

Los Consejos Comunales son, en primera instancia, las organizaciones encargadas de realizar la tarea de convocar a la ciudadanía a participar en los debates para la constitución de la Asamblea Constitutiva de la Comuna, así como de la organización del proceso electoral, entre otros. En este sentido es válido preguntarse ¿qué ocurrirá con las comunidades que no cuenten con un Consejo Comunal? Y, más aún, ¿quién decidirá los límites territoriales de acción de la futura Comuna?

En este punto es necesario repasar la historia reciente de los Consejos Comunales. Durante el periodo 2006-2007, el gobierno nacional lanzó una campaña de creación de Consejos Comunales, ofreciendo a la ciudadanía un amplio catálogo de beneficios a los cuales accedería a través de esta forma de organización popular, entre los cuales destacaba el acceso a créditos para la solución de problemas que afectaran a la comunidad. No obstante, los resultados fueron poco menos que desalentadores, ya que la sociedad civil organizada no obtuvo ninguno de los premios ofrecidos y los Consejos Comunales quedaron como una forma de organización vaga y desesperanzadora. Con esta nueva ley se pretende crear nuevas expectativas a las comunidades, con el peligro inminente de ELIMINAR POR LEY los derechos de los ciudadanos que no profesen la ideología socialista.

¿Qué ocurrirá con aquellos Consejos Comunales democráticamente electos que no simpaticen con el carácter socialista del gobierno central? ¿Será necesario pretender ser socialista para acceder a los derechos que constitucionalmente tienen todos los venezolanos?

Lo más peligroso que se observa en la ley propuesta no es siquiera el hecho de restarle atribuciones constitucionales a los gobiernos descentralizados, sino el hecho de ELIMINAR POR LEY LA IGUALDAD DE DERECHOS DE TODOS LOS CIUDADANOS sin distinción de simpatía política o ideológica. Esta ley promueve el APARTHEID de facto y por ley, en la organización político-territorial de Venezuela.

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