Opinión Nacional

Estatizaran la mente?

Está circulando una versión, no desmentida por el oficialismo, hasta ahora, sobre las enmiendas propuestas a la Carta Magna, según las cuales ésta sería una nueva e inconstitucional (de acuerdo a la Carta vigente) Constitución. Para tener una nueva Constitución es necesario que las enmiendas no cambien sustantivamente su estructura fundamental, cuestión que se estaría obviando; además, se debería informar a la nación de las enmiendas aprobadas o rechazadas por el parlamento, pues éstas se están elaborando en secreto y, deberían convocar al pueblo a un referendo de acuerdo al Artículo 341 numeral 3 de la actual Constitución, también apodada “la bicha” por el gobierno. El Artículo 342 habla de la “reforma constitucional” que de acuerdo a las normas allí planteadas poco difieren de la “enmienda constitucional”.

Ahora bien, si el gobierno quiere cambiar la estructura del Estado nacional, de acuerdo a la Constitución vigente, debe llamar a una Constituyente, cuestión que no se ha hecho, por lo cual podemos asumir que o el gobierno dará un golpe “legal” blanco, al cambiar la actual Carta Magna por otra y modificar las estructuras del Estado, por ejemplo, cambiarle el nombre al país y declarar al Estado como uno de carácter socialista, así no lo diga explícitamente o dará un golpe negro, imponiendo a juro una nueva constitución.

Derecho de autor y creación

La enmienda o reforma, (realmente aún no sabemos de que se trata esto pues todo se hace en secreto), quiere establecer que las obras intelectuales queden sujetas a declararse de “interés público”, lo cual no viene a ser otra cosa que el no pago de derechos de autor o royalties o copy rights como se les llama indistintamente en el ámbito mundial.

El Artículo 98 de la actual Constitución establece que “la creación cultural es libre”, lo cual es falso porque el Conac me censuró una obra literaria y se niega a devolverme el manuscrito y los respaldos cibernéticos. Establece, también, que el Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual con las excepciones que establezca la Ley y los Tratados Internacionales. Demás está decir, que en Derecho ninguna Ley o Tratado internacional existe para menguar las condiciones establecidas por una Carta Magna, sino para mejorarlas, en todo caso.

En la enmienda, se establece que el Gobierno declare de utilidad pública las obras, elimina “propiedad intelectual”, cambiándolo por algo tan ambiguo como “derecho intelectual” y suprime “tratados internacionales”. Esto último es, realmente, atentatorio hasta en contra de los Derechos Humanos pues si el país o la Nación son signatarios de tratados, acuerdos, pactos o providencias, que amparan la propiedad intelectual y los derechos de autor, éstos, aunque no aparezcan en la nueva constitución prevalecen sobre ella pues son supranacionales.

La nueva Constitución establecerá que “la creación cultural es libre”; obviamente, sería bastante cínico decir que “la creación cultural dependerá del Estado”- “y que protegerá en forma privilegiada la propiedad intelectual y material de los creadores sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezca la ley en función del interés social y del derecho de la comunidad al conocimiento y disfrute de tales creaciones. El Estado tiene el derecho de declarar de interés público determinadas obras o creaciones o categorías de ellas a fin de asegurar el conocimiento y el desarrollo cultural”.

Ante lo anterior, yo como creador, como intelectual, como hombre de ciencia, le diré al Estado “no me ayude compadre”. Lo que se pretende es un verdadero atropello: es un hurto, por decirlo claramente.

Si yo he trabajado dos o tres años en escribir una obra para dar a conocer mis ideas, plantear conceptos nuevos en materia educativa, por ejemplo; en economía, en historia. Si he logrado a través de años de investigaciones crear un instrumento, si he logrado un importante descubrimiento científico, etc., cuestión que ha costado mi trabajo, mi estudio, mi análisis, mi investigación, mi sueño, mis horas que le he restado al descanso y a mi familia, que me han producido estrés, agotamiento, enfermedades, etc. sin que nadie me haya apoyado económicamente, sin que nadie me haya dado por ello un salario decente, ¿por qué el Estado me va a quitar el fruto de mi esfuerzo?

Constitución con creatividad plagiada

Esta reforma constitucional lo que va a producir es un inmenso atraso en materia científico-técnica; un inmenso atraso en la creatividad de los individuos pues nadie se va a arriesgar a que le confisquen sus ideas. Lo que plantea esta enmienda es la confiscación del pensamiento y de paso la parasitosis intelectual, como ya está ocurriendo en la actualidad con el robo descarado de proyectos intelectuales.

Lo peor de todo esto es que la idea de expropiar la creación viene de un grupo trotskista italiano que ha extendido sus tentáculos a “revolucionarios” como los bolivarianos. La filosofía de ellos es la simple filosofía del flojo de expropiar el trabajo ajeno. Wu Ming, que en chino significa «anónimo» es el seudónimo de un grupo escritores italianos que trabajan de forma colectiva. Su primera novela que alcanzó una fama significativa, después de muchos años, fue Q, firmada como Luther Blissett e, increíblemente, hay que pagar derechos de autor por su publicación.

Precisamente, Wu Ming pone, de hecho, en crisis la misma figura del autor como individuo singular y, en consecuencia, de la propiedad literaria en cuanto tal.

Para ellos, en realidad ningún autor inventa o escribe solo, y no se refieren exclusivamente al editor de turno, “sino al hecho de que las ideas están en el aire y no pertenecen a un solo individuo” De acuerdo a esto, como yo respiro el mismo aire que el resto, mi vida le pertenece a cualquiera.

Para Wu Ming, el autor, cualquier autor, es más que nada un «reductor de complejidad» y “desarrolla una función pasajera, es decir, realiza una síntesis precaria de flujos de información/imaginación que son transmitidos por toda la sociedad y la atraviesan por completo, sin tregua, como las ondas electromagnéticas. por principio, es absurdo querer imponer una propiedad privada de la cultura. Si en el fondo todo lo produce la multitud, es justo que cualquier «producto del ingenio» esté a su disposición. No hay «genios» y por lo tanto tampoco hay «propietarios». Hay intercambio y reutilización de las ideas, es decir «mejora».

Esta estupidez pseudo filosófica se basa en Lautreamont[.1] , quien decía: “para que las ideas progresen es necesario el «plagio» (y por lo tanto, su condición de posibilidad, la «piratería», (la reproducción libre).

Mandato Internacional

El Estado venezolano, cree que con una nueva Constitución, su enmienda o reforma dijo ya: “toda la propiedad intelectual producida en el mundo es nuestra”. Pero, afortunadamente no es así, pues existe una institución universal, creada por la ONU en defensa, precisamente de los trabajadores intelectuales, que al decir de Karl Marx, son los más explotados porque no solamente dependen de los derechos de autor que se les paga mal, tarde y nunca, sino que son plagiados constantemente: en las calles de Venezuela, y en muchas tiendas, ya se ve esto a vista y paciencia de la policía y del SENIAT: la venta de libros y CD’s plagiados.

Afortunadamente existe la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que es un organismo especializado cuyo objetivo es “desarrollar un sistema de propiedad intelectual (P.I.) internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público”.

El OMPI, se estableció en 1967, con el mandato de los Estados miembros de fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados y la colaboración con otras organizaciones internacionales. Su Sede se encuentra en Ginebra (Suiza).

¿Qué es la propiedad intelectual?

Para la ONU[.2] , la propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en dos categorías, según la OMPI: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.

¿Qué haremos los creadores?

Para finalizar, el gobierno debería considerar las palabras de John Kyats, quien dijo, acertadamente que “Los hombres de genio son fuerzas químicas que operan la masa del intelecto neutral” –

En definitiva, habría que preguntarse: ¿si nos expropian la mente, pues de eso se trata aquí, de qué y cómo vamos a vivir los creadores, los intelectuales? Esto, es realmente “orweliano” para decirlo de una manera. No solamente se pretende un mundo militar incluso para quienes hemos sido víctimas de los desmanes militares en el mundo; no solamente se nos quiere enmarcar en un pensamiento único; ahora, se nos quiere robar el pensamiento, la creatividad, la creación de una sociedad mejor. Si esa enmienda pasa, lisa y llanamente no escribiré más ni aportaré jamás nuevas ideas pues las que produzco son libertarias y no para encadenar a los pueblos. Así de simple…

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