Opinión Nacional

¿Ideas y pensamientos contra las armas?

Es indudable que estamos como mudos ante la aceleración del régimen con sus “cinco motores” aún cuando solo ha encendido tres. No hay repuestas del liderazgo que supuestamente surgió de las pasadas elecciones del 3 de diciembre del ?año 2006 y por otro lado, todo se ha ido en las criticas y en muchas y más reuniones, no habiendo hasta el momento interesantes propuestas de dirección política.

No podemos decir que la oposición no esté haciendo algo, pero ese algo no es suficiente. Esto es esencialmente un problema de liderazgo político, el Presidente pone la agenda y los políticos la siguen al pie de la letra, bien sea para aceitar las máquinas, colocar nuevos tornillos o rectificar los “cinco motores” y parir cuanto Consejo Comunal se pueda, sin considerar que estos están regido por una ley marco que es presidencialista, es decir, el presidente aprobará al que le de la gana o no y por supuesto que se contempla en la Ley Habilitante, la reforma estructural de estos órgano comunitarios presidencialistas. ¿Cómo insertarnos verdaderamente como pueblo en el pueblo? ¿Dónde están las ONG’s y las sociedades civiles que tanto critican y poco aportan?

Los más de cuatro millones de votos que sufragaron por el candidato opositor en diciembre 2006, viven en zonas urbanas, es decir, se manifestó el voto urbano, esa población productiva, mueve a Venezuela. Pudiéramos decir, que la oposición tiene más intelectuales que el oficialismo, ya que en las ciudades está el pensamiento incubado en las universidades y es donde mayor resistencia existe al régimen. ¿Podrán las ideas y los pensamientos contra las armas? De allí surgen dudas del tipo ¿Qué hacer frente a la situación que tenemos por delante? O ¿a qué fuimos a las elecciones del 3D?

Este es un régimen que tomó para sí los poderes constituidos. El último de ellos es el Poder Legislativo. La Asamblea Nacional perdió el control sobre la Ley Habilitante, aprobó con urgencia una ley por 18 meses sin existir realmente una urgencia para ello. En este sentido la AN delegó totalmente su competencia en el Presidente y facultó en la habilitante, hasta el poder de interpelar a un funcionario público. Es decir, los mismos funcionarios del Poder Ejecutivo, ahora normaran como la AN deberá interpelarlos. ¿Zamuro cuidando carne?

Entramos en la fase de lo que pudiera llamarse una “Democracia Delegativa”, es decir, el Poder Ejecutivo y el Legislativo hicieron una inconstitucional transferencia de poderes. Sin dudas, esto significa un golpe de estado “suave”, sin armas, tanques o cualquier otro artilugio militar. Sin más ni menos, estamos en una Dictadura Constitucional.

Con el primer precepto de la recién aprobada Ley Habilitante, el Poder Ejecutivo se extralimita cuando bajo el decreto número 5161 confiere la “orden 4 de febrero” para reconocer: “el heroísmo, la excelencia, la abnegación y el patriotismo” de los que derrotaron a los conspiradores y golpistas de 1992 que atentaron contra un Gobierno constitucional, electo por el pueblo.

Viola la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela con el decreto 5.197, de fecha 15 de febrero de 2007, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.628, de fecha 16 de febrero de 2007, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Defensa Popular Contra el: Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y Cualquier Otra Conducta que Afecte el Consumo de los Alimentos o Productos Sometidos a control de precios, al confiscar como de utilidad publica todos los bienes necesarios para desarrollar actividades de producción de índole privada como se observa en los siguientes artículos:
Artículo 3°. Quedan sujetas a las normas del presente Decreto-Ley, las personas naturales o jurídicas, venezolanas o extranjeras, que se dedican a las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos sometidos a control de precios.

Artículo 4°. Se declaran, y por lo tanto son de utilidad pública e interés social, todos los bienes necesarios para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos sometidos a control de precios.

El Ejecutivo Nacional podrá, sin medrar otra formalidad, iniciar la expropiación mediante decreto por razones de seguridad y soberanía alimentaria.

No conforme con enterrar igualmente al sector privado, les confiere en casos de supuestos acaparamientos, poderes punitivos al delegar en los Comités de Contraloría Social, lo que acuerde los Consejos Comunales:
Artículo 6°. A los efectos de este Decreto-Ley, los Consejos Comunales actuarán a través de los Comités de Contraloría Social para el Abastecimiento, los cuales constituyen una instancia de participación responsable de promover en la comunidad la defensa de sus derechos e intereses económicos y sociales y con ello lograr la felicidad social dentro del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. ¿Tribunales revolucionarios?

Si aun no hemos entendido o comprendido el problema en el que estamos metidos, tanto los de la acera de este lado como las del otro, nos tocará madurar para encontrar los puntos de coincidencia que permitan verdaderamente unirnos y pasar de la pasividad a la actividad de participación ciudadana y de dirección política.

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