Opinión Nacional

Las injusticias de la justicia

Como no podemos seguir viviendo en este país, ni en ningún otro con condiciones similares a lo que nos viene pasando, sin perder la cabeza y alienarnos al extremo de perder nuestra cordura, abandonar nuestras obligaciones y dedicarnos a ser mas infelices que los políticos y dejar que esto se pierda, tenemos que volver por los caminos de la sindéresis y tratar de retomar, corregir, enmendar y seguir con nuestra vida ciudadana, esta semana me referiré a un problema concreto que nos atañe a todos, ajeno al ambiente de politicastreria, que tanto daño nos hace y tan mal huele.

Lo que estamos viendo en lo judicial, tal como lo advirtió por allí un militar conocido, hasta ex miembro de gabinete, no tiene gollete, como decían antes por la tierra de Rosales.

En un caso atropellante, que solo se explica si imaginamos que una de las partes se confabuló con el representante del Fisco y con los aliados del Tribunal de instancia, se cometieron no una sino cien barbaridades y atropellos contra un particular. Insólitamente y para variar, como no hubo forma de que el mismo Fisco se diera cuenta del asalto en despoblado que se estaba haciendo, y al juez de abajo no le interesaba sino su coima, hubo que interponer un Amparo, recurso este, que, como de todos es sabido es la vía extrema y expedita de protección de los derechos y garantías judiciales del ciudadano, para que expresa, rápida y violentamente se restablecieran los derechos y garantías que se dicen violados.

Ese Amparo, precisamente recurso extremo que debe y tiene que ser procesado de manera urgente, hasta bajo sanción grave para el Magistrado que lo lleva, no había forma de hacerlo mover en la Sala Constitucional, sabrá Dios y ellos,( los que lo manipularon, ) por cual causa así sería, al extremo que durante seis veces fue menester solicitar con el respeto del caso , recordando la maltrecha urgencia, a lo cual nadie le paraba.

Luego de ese tiempo, sin que el Tribunal tomara ninguna medida, ni siquiera la de responder con la consabida, nota de secretaria por diferimiento y estando en oportunidad de sentencia, la Sala Constitucional, alegre y pomposamente resolvió declarar perimida la instancia al interpretar que la parte que lo había interpuesto no tenía demostrado interés en impulsar el proceso.

Tamaña injusticia, tamaño atropello, y el mas de los injustos desaguisados, en efecto: la Sala se encontraba remisa en dictar la sentencia, la Sala , esa y cuantos tribunales existen en la república, una vez que entran en estado de sentencia, no teniendo por tanto papel alguno que jugar las partes, son ellas, o ellos, los órganos de justicia, quienes tienen que actuar con o sin instancia de partes, pues nuestro juez, de cualquier naturaleza, si bien actúa a impulso de parte, no son jueces de palo, indiferentes al problema de juicio, sino que requerido, el debe imponer que el juicio siga su curso, que no se paralice y cuanto antes pronunciar la sentencia.

Si en la Sala Constitucional llamada a garantizar la vida institucional del proceso y las garantías procesales del ciudadano se vive así imaginemos las que suceden aguas abajo en las otras instancias y grados de la causa.

Eso si, las cosas no van iguales para el pavo y para la pava . Cuando se trata el Estado indolente y negligente quien incumple sus deberes procesales y no insta los juicios, no importa, el Tribunal no puede declarar el castigo de la perención, ni que el juicio lleve nueve años en estado de sentencia , ni que hayan pasado luego de que el juez natural arribó al estado de sentencia, seis jueces diferentes.

Cada uno de ellos debió avocarse, ordenar la notificación de las partes, y sin hacerlo ese juicio no es que está perimido, sino muerto, sin aliento ni resollé.

Nuestra nueva y cacareada justicia, ahora está insuflada de los principios de oralidad, inmediación y celeridad, y en acatamiento a ello, el juez en cada caso, debió haber conducido el proceso a su destino final, la sentencia, y si no lo hizo, ni instó el proceso en cada caso comentado, transcurrido el año, debió haber pronunciado la perención

En el caso hoy comentado, más siendo la Sala Constitucional, jamás pudo haber decretado la perención, cuando había negligencia y culpa grave de su parte en la conducción de ese proceso, que requerido además para resolver violaciones de orden público, no tenía excusas para haberse pronunciando en el estricto término que le establece para ello la Ley especial.

Para el particular, palo y árnica por las costillas, para el Estado, las cosas cambian, las irregularidades se toleran, en fin una justicia de desiguales, como la que ahora les está tocando a los políticos ( caso Rosales y el del diputado que lo están despojando de investidura) y como les tocará sin duda alguna a está pléyade de Ulpianos enredados que ahora hacen con la justicia lo que en ganas les viene.

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