Opinión Nacional

Los vicios insanables de un proceso electoral fraudulento*

No se requiere de una extraordinaria sabiduría jurídica ni tampoco de una especial capacidad de análisis político para percibir que el régimen político venezolano existente en el año 2006 se encamina hacia una deslegitimación que se podría calificar de inocua, de definitiva o de catastrófica según sean sus resultados. La utilización sin control ni medida alguna de bienes públicos, medios de comunicación y dignidades de los cargos en una campaña electoral, colocando a los adversarios en una posición radicalmente desigual; la inexistencia de mecanismos de control del registro o padrón electoral por parte de los opositores; la puesta en práctica de un sistema electoral automatizado susceptible de manipulación informática por sus operadores; la conexión de máquinas captahuellas que eliminan el secreto del voto; la inexistencia de un árbitro o facilitador electoral imparcial y confiable; y otros factores no menos importantes que se enunciarán más adelante, forman un conjunto que se configura como un proceso contrario al libre ejercicio de la soberanía por parte del pueblo. Es, además, la representación de una conducta antidemocrática (lo que es antidemocrático es contrario al estado de derecho), y cada uno de los actos aislados que integran el proceso se tipifica como una situación de abuso de derecho y de violencia (en el sentido que estas expresiones tienen legalmente) que anula el proceso electoral en su conjunto e invalida cada uno de los hechos y actos parlamentarios y administrativos que lo componen: la elección de los órganos electorales, la campaña, la inscripción de candidatos, los actos administrativos del órgano electoral, la elección, el escrutinio y la proclamación del ganador.

El torneo electoral ha de ser una lucha entre iguales, en condiciones idénticas y con reglas equivalentes. Si tales presupuestos no se cumplen, porque el contendor que ejerce el poder abusa de éste, tendría que lograrse su separación de la función pública que desempeña para que se garanticen las condiciones de paridad necesarias para el duelo. Sin embargo, como el Presidente de la República no se va a separar de su cargo para que haya imparcialidad ni el gobierno venezolano que existe en el año 2006 va a dictar una ley para autorregularse, lo más probable es que la contienda electoral sea una lid absolutamente desigual. Tal desigualdad es el equivalente del abuso de derecho y de la violencia que anula la voluntad en los contratos como anula también cualquier otro acto jurídico que requiere la manifestación de voluntades libres para perfeccionarse, como son los actos electorales. El ejercicio de los derechos electorales se manifiesta como la capacidad cierta y objetiva que tienen todos los ciudadanos para ser voluntad concurrente en el proceso de decisión colectiva, pero esa voluntad ha de ser una voluntad libre, no sometida a presiones ni halagos indebidos o susceptible de desviación.

La utilización impropia de recursos públicos en anteriores procesos electorales no le ha producido al gobierno ningún efecto adverso, salvo condenas morales o políticas, pero este precedente no le garantiza que un hipotético examen futuro de la situación por la Organización de Estados Americanos (OEA) para definir la aplicación de la Carta Democrática obvie la valoración de un elemento tan sustancial de un proceso electoral. Sobre todo, si el recurso ilegal a los fondos públicos se intensifica en la medida en que surja o se extienda el temor a una derrota, de modo que su desmesura lo convierta en un hecho público y notorio.

El gobierno sabe que sus contendores parecen estar dispuestos a jugar la carta de la deslegitimación y por ello ya Chávez ha denunciado que al final del proceso electoral los candidatos o el candidato opositor se van a retirar, van a gritar fraude al final de la campaña y van a presionar para que se aplique la Carta Democrática Interamericana. Esto parece ser cierto, pero tiene sus matices propios y un más vasto alcance: ya algunos partidos, grupos políticos, organizaciones cívicas e individualidades están denunciando el fraude (denunciaron el inicio anticipado de la campaña en presencia del entonces Presidente del CNE); ya ha sido denunciada la escogencia de un árbitro electoral no confiable; probablemente la denuncia de fraude se intensificará a lo largo de la campaña, si se hacen patentes ciertas violaciones groseras de la ley (como el uso de recursos de origen desconocido para financiar una costosa campaña, el peculado de uso de bienes públicos, el uso impropio de los medios de comunicación, la probable complacencia o inactividad del “árbitro electoral” con respecto al contendor principal, el boicot de las manifestaciones opositoras, el uso de bandas a pie o motorizadas para intimidar, la continuación de los juicios contra periodistas, organizaciones cívicas y opositores, el enjuiciamiento de precandidatos -el ya anunciado caso Rosales- o candidatos); y es de esperar que al final, el día de la elección, si la elección y el escrutinio se llevan a cabo por medio de la utilización de los mecanismos actuales (mecanismos informáticos susceptibles de manipulación), y la proclamación la hace el actual Consejo Nacional Electoral, un árbitro sospechoso de parcialidad, haya grupos representativos que insistan en que hubo fraude.

Según sus sostenedores, el fraude del cual se habla es un fraude que se puso en ejecución con el inicio anticipado de la campaña electoral; es un fraude que ya está en curso; es un fraude que se supone va a continuar a lo largo de la campaña electoral y es un fraude que va a culminar el día de la elección. Es un fraude que concierne a lo que se denomina la operación electoral, definida como un conjunto de procedimientos, actos jurídicos y materiales que conducen principalmente a la elección de los gobernantes por los gobernados. Si ese fuera el caso, se estaría en presencia de un fraude continuado. El fraude continuado es como el delito continuado. Es un proceso, no es un acto aislado, sino una sucesión de actos dentro de un contexto de ilegalidad e inconstitucionalidad. En tal sentido, el video del lanzamiento ilegal de la campaña electoral en presencia del Presidente del Consejo Nacional Electoral, el discurso de Chávez y las fotografías y películas de las hileras de autobuses de organismos oficiales para la marcha del día 4 de febrero de 2006 serían las primeras pruebas del proceso de fraude electoral continuado que está en desarrollo; el segundo conjunto de pruebas estaría representado por la existencia de un sistema electoral que se basa en tratamiento informático de información susceptible de manipulación, adminiculado con máquinas captahuellas que violan el secreto del voto, en la utilización de un registro de electores cuyos datos han sido sistemáticamente ocultados a la oposición por el “árbitro imparcial”, en el empleo de unos cuestionados cuadernos electorales, y en la negativa del “árbitro imparcial” a contar físicamente las papeletas de votación; el tercer conjunto de pruebas estaría constituido por la elección del nuevo Consejo Nacional Electoral (con ausencia de verdaderas consultas a la sociedad civil y la escogencia de personas mayoritariamente inclinadas políticamente hacia la tendencia que representa al contendor principal).

Si se mantienen las condiciones descritas –una situación que se configura como abuso de derecho y violencia- y a ellas se agregan las que puedan ocurrir a lo largo de la campaña electoral, aunque Chávez saque una mayoría significativa u obtenga una avalancha de votos, su reelección estaría viciada de nulidad absoluta, porque el abuso de derecho y la violencia precedentes no pueden ser sanados por el acto de elección, por más rotunda que sea la mayoría que lo reelija. El valor jurídico sustantivo del proceso electoral estaría ausente, porque el acto de voluntad personal, parte del proceso de manifestación de voluntad colectiva, estaría afectado por vicios insubsanables.

Hay una distinción jurídica muy importante entre los efectos de la violencia y del abuso de derecho cuando alguno de estos vicios está presente en negociaciones privadas (ámbito del derecho privado) o en el campo del derecho público y concierne al ejercicio de derechos constitucionales. En el primer caso, estos vicios sólo son causa de anulabilidad de los negocios jurídicos (la nulidad es relativa) y pueden ser subsanados por la vía de la convalidación de los acuerdos entre las partes afectadas. En cambio, en el segundo caso, las manifestaciones de voluntad obtenidas por medio de la violencia y del abuso de derecho que constituyan una violación de derechos constitucionales, tal como es el caso de los derechos electorales, son manifestaciones de voluntad que afectan al orden público y a las buenas costumbres. En este caso la nulidad es absoluta porque los vicios de la voluntad son insubsanables.

El resultado del proceso electoral en las condiciones que han sido descritas puede producir alguno de los siguientes efectos:

a. Un efecto inocuo. Puede ocurrir que los ciudadanos decidan aceptar pacíficamente los resultados. Aunque tal pasividad no convalide jurídicamente lo no convalidable (el fraude electoral no es convalidable), se producirá una legitimación de hecho que no de derecho;

b. Un efecto de deslegitimación definitiva. En este caso se pueden presentar dos variantes:

(i) Si el proceso electoral transcurre sin la participación efectiva de otras candidaturas, tal situación es contraria a los principios democráticos de pluralidad, alternabilidad e igualdad que están definidos expresa e implícitamente en la Constitución y que constituyen el presupuesto del estado de derecho. No puede haber estado de derecho sin elecciones limpias: elecciones limpias, entre otras cosas, son elecciones en ambiente de competencia, elecciones en forma de torneo honesto y equilibrado. Un proceso electoral que no permite ejercer el poder soberano de escoger (eligere) vicia la manifestación de voluntad que supone una selección de preferencia (electio). Esta no existe donde sólo hay un candidato o si la competencia que tiene un candidato es una competencia bufa;

(ii) Si el proceso electoral se lleva a cabo con candidatos que se mantienen hasta el final del proceso, a pesar de las ventajas indebidas y de la parcialización del “árbitro”, es decir, a pesar del abuso de derecho y de la violencia, el proceso electoral también será absolutamente nulo. La presencia de varios candidatos no convalida los vicios del proceso;

c. Un efecto catastrófico. La denuncia de fraude como un proceso continuado, tal como se ha venido haciendo, prepara sicológicamente a la gente, la sensibiliza, para que una de las alternativas (el desconocimiento de efectos al acto fraudulento final, la elección) surta efectos de movilización el día de la elección y los días sucesivos. A ese efecto se le suele llamar el efecto ucraniano o el efecto Fujimori, por las consecuencias del desplazamiento del poder de quienes utilizaron el fraude en su beneficio.

Este efecto es catastrófico, porque el ganador obtiene un resultado paradójico del cuidadoso, metódico y ordenado proceso dirigido a garantizarse un resultado favorable. Puede ser catastrófico en un segundo sentido, si la situación desencadena alteraciones del orden público.

Si la cuestión se analiza no desde el punto de vista moral ni desde el punto de vista legal, sino desde un punto de vista político práctico, a quien más le debería interesar la pulcritud del proceso electoral es al protagonista que más chance tiene de ganarlo. Según las encuestas, ese protagonista es Chávez, pero para el día 11 de mayo de 2006, fecha en la cual se presenta esta comunicación en el Seminario sobre caracterización del actual sistema político venezolano, el cual se realiza en la Universidad Central de Venezuela bajo los auspicios de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, los reclamos de los grupos opositores para que se garantice la pulcritud del proceso electoral no parecen tener mucho eco ni en el seno del gobierno ni frente a las nuevas autoridades electorales. Entonces, la mesa parece estar servida para que se produzca alguno de los efectos que han sido precedentemente señalados, salvo imponderables.

El comportamiento del gobierno sobre esta materia, que incluye ciertos ingredientes de tratamiento despectivo o burlón de la oposición y que implícitamente da por descontado que no habrá juez en Venezuela que pronuncie nulidad alguna de un acto electoral, prácticamente obliga a los opositores a pensar en que las únicas instancias a las que podrán acudir son las internacionales. Con todo lo deliberadamente indiferentes y movidas por intereses que puedan ser tales instancias internacionales, la posición del gobierno, desde un punto de vista estrictamente teórico y doctrinal, no será precisamente favorable. Si en el examen que se haga de la situación venezolana general se encuentra que el principio de la división de los poderes es inexistente; y si en el análisis eventual del proceso electoral se determina que en el mismo no se cumplió el principio de libre competencia por el poder; se puede llegar a la conclusión de que no existe un estado democrático de derecho. Que de la verificación eventual de estos hechos se pase a resultados prácticos depende de complejos factores de política internacional imprevisibles.

Por último, el plebiscito, como sucedáneo de las elecciones, es contrario al principio de libre competencia por el poder y constituye una amenaza directa al principio de la temporalidad del poder, presupuestos esenciales de la democracia. En la doctrina constitucional se afirma que las elecciones son el elemento definidor del estado democrático; que el contenido de la democracia no radica en que el pueblo constituya la fuente histórica o ideal del poder, sino en que tenga el poder, y no ya sólo el poder constituyente, sino los poderes constituidos; es decir, no en que tenga la nuda soberanía, sino en que ejerza la soberanía a través del voto.

*Ponencia presentada en el Seminario sobre Caracterización del Régimen Político Venezolano Actual, realizado en la Universidad Central de Venezuela del 8 al 12 de mayo de 2006, auspiciado por la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.

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