Opinión Nacional

Ni Indefinida ni continúa

Según el DRAE “indefinido” es lo “Que no tiene término señalado o conocido (…)”. Puede decirse, por ejemplo, “Lo nombraron director por tiempo indefinido”; “Tiene una edad indefinida”; “La situación está muy indefinida”. “Continuo”, a su vez, es lo “Que dura, obra, se hace o se extiende sin interrupción (…)”. Podemos decir, pues, “Vive bajo un continuo temor al hampa”; “Vivió en esa casa en forma continua hasta su muerte”; “Ellos tienen un continuo afán de riquezas”.

Del adjetivo “indefinido” deriva el adverbio “indefinidamente”, que se refiere a lo que es o se da “De modo indefinido o inacabable” (DRAE): “Él trabajó indefinidamente como empleado público”; “Ella se fue a vivir a España indefinidamente”. Por su parte, del adjetivo “continuo” deriva el adverbio “continuamente”, definido como “Sin intermisión”, es decir, “sin interrupción”: “El jefe maltrata continuamente a los empleados”; “Ella está continuamente de mal humor”.

Según estas definiciones, cuando la constitución de un país establece que su presidente se elige por un período determinado, y podrá ser reelecto, sin señalar condición o requisito alguno para ello, se puede decir que la reelección será libre, o que podrá hacerse libremente. Muy distinto si la norma pauta que la reelección sólo podrá hacerse de manera inmediata y por una sola vez, o después de un tiempo determinado. En tales supuestos la reelección no será libre, sino condicionada.

En ningún caso podrá decirse que la reelección será indefinida, pues esto significaría que, una vez reelecto el presidente, su permanencia en el cargo sería por tiempo indefinido, o sea, que sería a perpetuidad o en forma vitalicia.

Tampoco podrá decirse que será continua, pues la reelección, lo mismo que la elección, es una acción momentánea, es decir, que se hace de una sola vez. Lo continuo son los efectos de la elección o reelección, o sea, la permanencia del funcionario en el cargo durante el período para el que fue electo o reelecto.

En realidad, la reelección del presidente no requiere ninguna calificación en la norma constitucional. Basta con decir que podrá ser reelecto, y se entenderá que lo será libremente.

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