Opinión Nacional

Polémica jurídica

«Tengo la certeza de que nada ha hecho más daño a las salvaguardas jurídicas de la libertad individual que la búsqueda de ese espejismo llamado justicia social».

Friedrich Von Hayek

MAGISTRADO DEL TSJ FUE REQUERIDO EN 1996 POR EL DELITO DE ESTAFA AGRAVADA. Fernando Vegas Torrealba, C.I Nº 3.229.557, quien actualmente se desempeña como Magistrado de la Sala Electoral, y a quien todos en el TSJ llaman “el policía” podemos informar que se desempeñaba en la DISIP como personal administrativo, en el área de análisis. Posteriormente lo ascendieron a Comisario General y a la vez lo designaron como director de educación de ese cuerpo de seguridad. Ese acelerado crecimiento laboral obedeció a que el mismo se dedicaba a congraciarse con el director para aquel momento, el Coronel (Ej.) Miguel Rodríguez Torres.

Este oficial/policia fue el mismo que lo vendió como un profesional brillante para que Luís Velázquez Alvaray lo ingresara al Tribunal Supremos de Justicia, nada menos que como Magistrado de la República Bolivariana de Venezuela; pero esto no es todo sobre el mencionado “policía”, sino que hay mucho más: En fecha de 13/11/1996, según oficio Nº 4275, fue requerido por el Tribunal 23 de Primera Instancia Penal del área metropolitana de Caracas por el delito de estafa agravada. Por extrañas razones esa solicitud de captura fue dejada sin efecto. Ahora bien, dicha información aparecía en el sistema CISPOL del CICPC, y por eso hay copia, pues fue excluida del sistema. Una fuente nos dijo que esa exclusión la logró Vega cuando laboró en la DISIP, sin embargo el crimen no paga y por encima de todas las influencias, logramos la información. A pesar de esto y de que en el artículo 7 de la Ley del TSJ se establece que para ser Magistrado se requiere: “1. Ser ciudadano o ciudadana de conducta ética y moral intachables;… 4. No haber sido sometido a procedimiento administrativo o sancionatorio ni a juicio ni haber sido condenado mediante el correspondiente acto o sentencia definitivamente firme;…”, allí está Vega de Magistrado.

JUEZA MARTA GOMIS ACOMPAÑÓ A LA IMPUTADA ESTHER BIGOTT DE LOAIZA A SUIZA A ATENDER UNO DE LOS JUICIOS POR LOS BONOS DE BANDAGRO. La jueza 22 de Control de Caracas, Marta Gomis, estuvo el jueves 12 de octubre pasado en el tribunal de primera instancia civil y mercantil en Mendrisio Sur, Suiza, cuando se celebraba una audiencia en el juicio del caso de los bonos de Bandagro. La jueza acompañaba a la abogada Esther Bigott de Loaiza apoderada de la Procuraduría General de Venezuela e imputada por el Ministerio público por delito de inducción a la corrupción de funcionario público. Esta jueza trabaja privadamente en el referido caso con el bufete Bigott Loaiza.

¿Será que ahora con la Revolución los jueces pueden ejercer privadamente y además viajar al exterior, cuando les provoque, sin permiso, estando en plenos días de despacho? Otro tema a aclarar es de donde obtuvo la jueza los viáticos para tan costoso viaje, que para una sola persona, por cuatro días, alcanzan cerca de treinta millones de bolívares, acaso se los pagó la Procuraduría, o el pago vendría de parte de la ya imputada abogada? Por ante los tribunales de Suiza se ventila el conocido caso de los bonos de Bandagro que fueron reconocidos por el Ministerio de Finanzas cuando Tobías Nóbrega, y luego por la Procuraduría General de la República a cargo entonces de Marisol Plaza.

Resulta que ésta señora contrató al bufete de su amiga íntima Esther Bigott de Loaiza por una multimillonaria cifra en dólares, y seguidamente le otorgó un Poder a dicha abogada y a los demás miembros de su bufete para que atendiera el caso. A su vez la Bigott le otorgó poder a dos abogados extranjeros, uno de Italia y otro de Suiza, para que representen a la República en dicho juicio, y con tales poderes se presentaron a contestar las demanda. Según la Ley de la Procuraduría para que se le confiera poder a abogados extranjeros se necesita la previa autorización del Presidente de la República, lo cual no se hizo. Esther Bigott de Loaiza, sin esa autorización firmó el poder, y por esta razón los demandantes están alegando que la República no está válidamente representada, que hay un vicio de ilegitimidad por la falta de consentimiento presidencial.

Este argumento es sólido, a nadie se le permite representar a otro en juicio sin un poder válidamente otorgado, lo más probable es que la República sea declarada confesa por esta mala actuación del dúo Marisol Plaza-Esther Bigott, y ese error le costará a la República miles de millones de dólares. De lo anterior quedan varias interrogantes:

1.- ¿Es éticamente admisible que la República esté representada por Esther Bigott de Loaiza, una abogada que está imputada por el Ministerio Público como autora de un delito de corrupción?

2.- No es otro acto de corrupción de la abogada Bigott que esté cargando con ella, en viaje de primera clase y hoteles cinco estrellas, a una jueza penal activa y pagándole los gastos de viaje a Suiza como es el caso de la jueza 22 de Control de Caracas Martha Gómis?

3.- ¿Qué negocio hay entre Esther Bigott de Loaiza-Marisol Plaza y el Ministro de Finanzas Nelson Merentes que es quien manda a pagar millones de dólares de honorarios para esta pésima defensa?

4.- ¿Porqué la nueva Procuradora Gladis Gutiérrez Alvarado está apoyando a Esther Bigott de Loaiza en la metida de pata de ésta de firmarle poder a abogados extranjeros sin autorización previa del Presidente de la República, será que no sabe lo que hace, o que la incluyeron en el guiso?

5.- ¿El Presidente de la República sabe y consiente este desastre?

LOS SANCIONAN PORQUE DIJERON LA VERDAD Y NO LO QUE LA FISCALÍA QUERÍA QUE DIJERAN.Por quejas de la Fiscalía, la directiva del CICPC ordenó que se les abrieran averiguaciones a Deisy Olimpia Viges y Charle Arias. Estos funcionarios se negaron a decir la Fiscalía quería que dijeran en el juicio contra Iván Simonovis, ex secretario de Seguridad Ciudadana de la Alcaldía Mayor, Henry Vivas y Lázaro Forero, ex directores generales de la Policía Metropolitana de Caracas (PM) y ocho funcionarios procesados por del sucesos del 11 de abril de 2002, ocurridos en el centro de Caracas. Realmente ellos lo que dijeron fue la verdad, y ello certifica una vez más, la inocencia de los enjuiciados…. Sobre este mismo caso tenemos que el “experto planimétrico” Jesús Ramírez a la quinta semana de estar declarando “se enfermó” y con un reposo medico, se excusó de presentarse al tribunal. Este personaje no sabe donde está parado y en sus inverosímiles declaraciones ha contradicho a los médicos forenses, a los patólogos e incluso a los expertos en balísticas.

Realmente Jesús Ramírez es un dibujante de planos y de allí que esté perdido en el juicio. Por cierto, también podemos informar que el jueves pasado, a pesar de que estuvieron en el Tribunal todos los actores, la jueza, los imputados, los defensores, la representación fiscal, no hubo la Audiencia porque los testigos presentados por la Fiscalía no se presentaron. Allí pierde el Estado, que invierte un dineral en montar todo ese aparataje, incluyendo el traslado de Caracas a Maracay de los imputados, para que el tiempo se pierda de esa manera. La Fiscalía, aunque hasta ahora ha demostrado que no tiene noción de lo que es eso, debe ser responsable.

¡CUANDO NO SON PASCUAS EN DICIEMBRE! PERECIDO RECURSO DE CASACIÓN PRESENTADO POR TRABAJADORA. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 26 que “…El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles…” pues bien, en el caso que nos ocupa y que hemos venido denunciando permanentemente, la Sala sostuvo que la formalización del recurso no fue presentada dentro del lapso establecido por el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es decir, se impone el “formalismo”, sobre la justicia. Veamos: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Juan Rafael Perdomo declaró perecido el recurso de casación presentado por parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el 31 de mayo de 2006, con relación a la demanda interpuesta por Flor de María Delgado, contra la alcaldía del municipio Zamora del estado Barinas. DIJO QUE LOS LAPSOS NO SE AJUSTARON A LO ESTABLECIDO.- En torno al expediente presentado, la Sala citó el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual dispone que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además, el citado artículo establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. LA SALA DECIDIÓ ASÍ: En torno a lo contenido en el expediente se determinó que la parte actora anunció su recurso de casación oportunamente el 27 de junio de 2006, «pero no formalizó el mismo, siendo se insiste que el lapso de veinte (20) días para la formalización del recurso de casación venció el veintitrés (23) de julio de 2006», por lo que esta Sala, en aplicación de los artículos antes indicados, consideró perecido el recurso interpuesto.

LA ENJUICIAN POR EJERCER COMO ABOGADA, USURPANDO EL INPREABOGADO DE UNA ABOGADA DE CARACAS. En Aragua el ejercicio ilegal de la profesión de Abogado es ya una práctica común, debido a la protección que le brindan algunos jueces, fiscales, y del propio CICPC. Tenemos el caso concreto de una ciudadana de nombre SUSANA VARGAS ALASTRE, quién en documento publico firma como abogada en ejercicio, cuando no lo es, y se atreve a presentar el Inpreabogado Nº 22.751, el cual pertenece a la abogada Estrella Mercedes Abecasis Salama, C.I Nº 5.541.258, colegiada en el distrito Federal, y a quién usurpa su Inpre. En otros casos, la referida ciudadana VARGAS ALASTRE se hace pasar por Ruth Villasana, utilizando el Inpreabogado 2128. Esta señora fue capturada in fraganti, según el expediente del CICPC Nº 189-714 de fecha 28/07/2006. Fue puesta a la orden de la Fiscalía Tercera, quién la presentó ante el respectivo Tribunal de Control, el día sábado 30/07/2006. En esa misma Audiencia se le concedió una medida cautelar. A pesar de estar sometida a juicio, SUSANA VARGAS ALASTRE sigue haciendo de las suyas, es decir, visando documentos y firmando Poderes, timando aproximadamente a unas 30 madres de familia a quienes les ofrece conseguirles casa, luego de que le firmen el poder y le entreguen 5 millones de bolívares. ¿Qué hace el Colegio de Abogados al respeto? Leo las denuncias del doctor Rosalino Medina, pero lamentablemente no llegan a nada. Falta la mano dura de la justicia.

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