Opinión Nacional

Polémica jurídica

Hacer depender la justicia
de las convenciones humanas es destruir la moral.

La justicia es reina y señora de todas las virtudes.

Cicerón

LA SENTENCIA DE “CABRERITA” CONSTITUYE UN FRAUDE PROCESAL.- Están apareciendo cada vez más señalamientos contra Jesús Eduardo Cabrera (a) “El Príncipe Negro de TSJ” (a) “Genio del mal”. La verdad es que resulta demasiado evidente que cuando él y sus colegas fueron tocados por el artículo 31 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, se premeditó la sentencia que ahora ha desatado el conflicto con la Asamblea Nacional. Es decir, esa sentencia constituyó un fraude procesal ya que utilizó indebidamente y para fines distintos, la figura del control concentrado de la constitucionalidad de las leyes. La Sala Constitucional puede declarar nula una ley, total o parcialmente, si esta colide con la Carta Magna, pero cuando esta prerrogativa se usa para el beneficio particular, como es el caso, se tuerce el derecho con una intención defraudatoria. Tal parece que la magistrada Evelyn Marrero de la Sala Política, ya sabía que Cabrera estaba fabricando la sentencia en cuestión para resolverles a ellos, a los magistrados, el problema que les significaba el pago de altas sumas por concepto de Impuestos. Hay varios indicios de que esto fue así. Cabrera encomendó la tarea de elaborar ese proyecto a su mujer (¿cual por fin será la que lleve este “distintivo” en exclusividad Dios mío?) Ada Urriola, una de sus “AYUDANTAS”, corruptísima ex jueza tercera de primera instancia civil de Caracas, con la orden expresa de la dirección “¡Anúlame ese artículo Adita!”. Por esta intención, por esta premeditación, Cabrera delinquió, y todos quienes lo secundaron en tal propósito también lo hicieron. Pero ¿que puede esperarse de una Sala donde se falsificó una sentencia siendo el principal sospechoso uno de sus magistrados a quien no le hicieron nada? Pedro Rondón Haaz está señalado de haber forjado la sentencia que contenía un pronunciamiento contra Chávez, aquella referida a las consecuencias del referéndum revocatorio y a la que el ponente Rondón Haaz le agregó un párrafo según el cual si Chávez resultaba perdedor en la consulta no podría volver a postularse. Cuando el chavismo detectó esto se formó un gran escándalo, se abrió una averiguación interna y se constató el forjamiento pero después que la sentencia estaba publicada. ¡Menudo lío! Sentencia de la Sala no se puede revocar, no se puede revisar, así lo han dicho ellos mismos hasta el cansancio, ¿y ahora como hacemos? repetían todos nerviosillos con el chavismo rugiéndoles en la puerta. Apresuradamente. ¡Llamemos a Cabrera para que arregle esto! y ¡zuas!… la Sala revisó su propia decisión, produjo otra sentencia al día siguiente y ya, asunto resuelto, se anuló la sentencia forjada. El Ministerio Público abrió una averiguación que dirigió Luisa ortega Díaz, allí se plasmó un cúmulo indiciario contra Pedro Rondón Haaz de tal magnitud que fue elaborado el escrito de imputación correspondiente que le fue entregado personalmente a Isaías Rodríguez en sus manos, y hasta el sol de hoy, en una de aquellas Altas Gavetas del Alto Fiscal General duerme placentero sueño. La impunidad fue el premio que se le pagó Rondón Haaz por haber tratado de asestarle aquel machetazo a Chávez Frías. Pero ya antes Pedro Rondón Haaz fue acusado por la Asamblea Nacional de estar ejecutando actos ilícitos desde su cargo, así reza un Acuerdo del Poder Legislativo, publicado en Gaceta Oficial, y donde se acordó pedirle al Poder Moral que conociera del caso, declarara la responsabilidad del magistrado y lo remitiera de nuevo a la Asamblea para tomar la determinación de ley. Aquella fue la culminación de una ardua tarea que se impuso el hoy fallecido diputado Omar Meza Ramírez, quien debe estar revolviéndose en su tumba al ver como este magistrado pillo se salió con la suya de nuevo.

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LA PRESIDENTA DEL TSJ OPINÓ SOBRE EL CASO EDUARDO LAPI.- Mediante un boletín emanado del departamento de prensa del TSJ y que publicamos textualmente, para que nuestros lectores constaten la “calidad” de su redacción, la presidenta del TSJ opinó ayer sobre el caso Lapi. El parte de prensa dice: “Luisa Estella Morales a propósito de la evasión del ex gobernador de Yaracuy. «Todas las situaciones de los justiciables son iguales».- Dijo desconocer los detalles del proceso que se le sigue a Eduardo Lapi en virtud de que cada una de las Salas y de los Tribunales es autónomo cuando está conociendo una causa. A la magistrada Luisa Estella Morales, presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y de la Sala Constitucional, le fue consultada su opinión en el programa de Venezolana de Televisión “En Confianza”, sobre la evasión de la cárcel del San Felipe del ex gobernador del estado Yaracuy, Eduardo Lapi, indicó que el hecho de que sea de Yaracuy “no me da una connotación especial, porque para nosotros todas las situaciones de los justiciables son iguales, una característica de los jueces es que en algún momento tenemos que hacer abstracción de todo tipo de relación que pueda vincularnos para poder ser justos, y este es un caso que escapa totalmente de las previsiones legales en virtud de que las personas, los justiciables, deberían tener la confianza en el sistema judicial y eso es justamente lo que establece y lo que caracteriza a la administración de justicia, sin embargo hay personas que en lugar de acogerse a las reglas del juego toman actitudes que pudiéramos calificar de rebeldía frente a lo que es el sistema”. Agregó que así lo ven como jueces del Poder Judicial “y ya las otras implicaciones que pueda tener escapa de nuestras apreciaciones porque no podemos hacer calificaciones políticas sino jurídicas, desde el punto de vista jurídico toda persona que esté subjudice debe someterse a las normas y a los procedimientos establecidos por la ley. Dijo desconocer los detalles del proceso que se le sigue a Lapi en virtud de que cada una de las Salas y de los Tribunales es autónomo cuando está conociendo una causa, “por ejemplo cuando un Juez de Instancia está conociendo de un asunto, no podemos nosotros interferir en modo alguno como Tribunal Supremo, debemos esperar a que se cumplan las instancias, en Venezuela existe el principio de la doble instancia debe ir a la primera que debe sentenciar y luego acudir a la segunda instancia que es el Superior que revisa ya los puntos de derecho y si hubiese algún punto que fuera necesario revisar por una violación de derecho y no de hecho, entonces es cuando subiría a la Sala Penal del TSJ. En este caso nos e había superado todavía la primera instancia ya que en varias oportunidades había sido fijada la audiencia y por algunas razones no imputables la Poder Judicial, porque eso está claramente demostrado en las actas procesales. No es como se ha dicho que no se había fijado la audiencia, justamente una semana antes de que ocurrieran los hechos de motín en la cárcel de San Felipe estaba fijada una audiencia y el ciudadano Lapi se excusó y no quiso salir para presentarse ante el Tribunal alegando unas razones que él consideraba válidas para su defensa, pero ninguna ajustada a ninguna razón de derecho que inhabilitara a los Tribunales que estuviesen conociendo. EL APARATO JUDICIAL ESTA EN MOVIMIENTO. Por eso no conocemos a fondo los detalles del juicio, sabemos que está establecido en una primera instancia, en un proceso de imputaciones por parte del Ministerio Público pero más allá no tenemos conocimiento. Al ser consultada sobre la evasión, afirmó que sí constituye un nuevo delito, el hecho de evadirse ya le establece una nueva responsabilidad a la persona que está sometida a un procedimiento penal. Como todo delito tiene sus nexos, puede tener algunos agravantes o complicidad. Se le consultó sobre la sensación de impunidad que puede tener esta nueva evasión en los ciudadanos, a lo que manifestó que “es un problema que hay que sentarse a analizar porque el asunto de la impunidad no puede ser imputado a un solo organismo, por ejemplo la parte del juzgamiento corresponde al Poder Judicial pero la acusación corresponde al Ministerio Público, que es el que señala el delito, para que pueda moverse el aparato judicial. Una vez que la persona es aprehendida o la etapa de presentación voluntaria, le corresponde al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Interior y Justicia que es el que mantiene todo el sistema carcelario y es al que le corresponde la custodia, entonces vemos una gama de situaciones en las cuales se entrelazan las actividades de cada uno de los Poderes y en los que cada uno asume responsabilidad”, dijo.

Agregó que cuando se habla de conceptos jurídicos se debe hablar jurídicamente, si se habla de impunidad tiene que analizarse en dónde está la impunidad, en este caso de Lapi específicamente pudiese decir que el aparato judicial está en funcionamiento desde el primer momento se han constituido los tribunales, se han establecido las audiencias, el Ministerio Público ha hecho las imputaciones y en este momento el Sr. Lapi estaba en custodia del Estado en una cárcel, si existe algún tipo de impunidad indudablemente que hay que establecer de qué parte está. No es atribuible al Poder Judicial bajo ningún respecto, concluyó. Autor: Prensa TSJ. Fecha de Publicación: 02/04/2007”. Hasta aquí la cita. ¿Quién es el jefe de Prensa del TSJ? y usted amigo lector, saque su propia conclusión.

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