Opinión Nacional

Principios y Negociación

La oposición continua el debate en torno a si debe ir o no al “reparo” que plantea el CNE con relación a las firmas que ha puesto en observación o invalidado con los eufemismos de “caligrafía similar”, “planillas planas” o “planillas asistidas”, tres maneras de denominar un mismo hecho: la eliminación de mas 800 mil firmas; que unidas a las eliminadas por otras razones, nos dejan sin 1.6 millones de firmas.

Yo he sostenido, que si queremos ser radicales en materia de “principios”, lo primero es cuestionar la legitimidad del organismo, el CNE, que ha violado la Constitución y las leyes como le ha dado la gana, haciéndose por tanto indigno de continuar en el papel de “arbitro imparcial”. Por supuesto es una posición extrema, que no pienso que se pueda sustentar de manare razonable. Admito que es producto de mi “irresponsabilidad” o dicho de otra manera, producto de que a mi no me corresponde tomar ninguna decisión, por lo tanto puedo decir lo que suene más radical, más extremo, lo que mas llame la atención o como piensan algunos: lo que eventualmente me garantice mayores titulares o mejores entrevistas radiales y televisivas.

Descartada esa posición extrema, me aproximó a extremos más razonables y afirmo que se debe ir a “reparo”, condición que estaba desde un principio en las reglas del juego, pero solamente después de rechazar el informe que presento el CNE y previa modificación de las condiciones que se nos quiere imponer, que son inaceptables. Creo que sobre esta posición hay consenso. No he escuchado a nadie en la oposición que sostenga lo contrario. En lo que no lo hay consenso es en los argumentos que se esgrimen, el momento para negociar y la forma de abordar el tema.

Lo primero que tenemos que aclarar o discutir es el tema de la “negociación”, que parece haber entrado en el campo de las malas palabras y entonces se les comienza a buscar sinónimos para disfrazarla. El de la “negociación” esta en el duro y pragmático terreno político. La política es el “arte” del ciudadano, es la forma en que el ciudadano ejerce sus derechos y lo que lo convierte en tal. Y la política implica negociación, pues es el reconocimiento implícito de la posibilidad del propio error, de que el otro tenga algo de razón o de que al menos tiene derecho a su opinión y a un “espacio” en proporción de la fuerza o parte de la sociedad que representa. Negar esto, es negar la esencia misma de la democracia.

Aceptada de manera directa o con un eufemismo el tema de la negociación indispensable, como manera de resolver las diferencias en sociedades democráticas y civilizadas, algunos abordan el tema, entonces, desde el terreno de los “principios”. Colocarlo entre comillas no es casual y veremos por que.

Según algunos pareciera ser entonces que el principio que no debe ser violado es uno de carácter ético, que tiene que ver con negociar en nombre de otro o negociar algo para lo cual no fui autorizado. Creo que ese es el caso que nos ocupa. Por ejemplo, ¿Cuál es el grupo o “vocero” que me representa a mí? Yo firme para revocar el mandato de Chávez Frías, no para que nadie me represente en ninguna discusión. Si la cosa es que yo decido, entonces déjenme decidir a mi: preséntenme los argumentos y el día que el CNE/Gobierno fije la fecha, yo decidiré si voy o no al “reparo” o confirmación de mi firma. Así de simple: «Con mi firma no negocien», pero ninguno de los dos bandos.

Pero este tema de los principios es muy espinoso y no termina aquí. Pareciera que se trata de que no es posible aceptar la decisión del CNE porque se constituye en una violación de algunos “principios rectores” de nuestro sistema jurídico.

Desde este punto de vista, algunos argumentos son brillantes. Ese por ejemplo de la “inversión de la carga de la prueba” y el de la no “irretroactividad de la ley”, sobre todo esa línea de argumentación que conduce a que los reparos que pretende el CNE no están previsto en el artículo 31 de las Normas sobre Referendos, porque estas solo prevén que repare 1) el firmante rechazado debido a un error material que debe ser subsanado; o bien, 2) aquel que alegue que él no firmo y que su firma debe ser invalidada. No me cabe la menor duda que con un Tribunal Supremo, verdaderamente imparcial, la anulación de esta decisión de CNE sería cuestión de mero trámite.

Por lo tanto, no abundare en estos argumentos. Los comparto, me parecen contundentes e irrefutables. Tampoco voy a plantear ninguna alternativa diferente a las ya esbozadas, a una de las cuales, ir a “reparar” me he adherido con algunas reservas y previa negociación. Me quiero referir en cambio al hecho de que los “principios” hayan salido a relucir como motivación para decidir y sobre los cuales se argumenta que no son negociables, cosa con la cual nadie puede estar en desacuerdo, ¿No es así?

El vaso de los “principios” es muy particular, uno no sabe cuando se llena y comienza a desbordarse; pero, ¿Cuáles son los principios que no se negocian? ¿Dónde esta esa línea delgada que no se puede traspasar porque compromete nuestra dignidad, integridad y nuestros valores? Porque por lo visto hay principios mas importantes que otros o más innegociables que otros. Es el caso, según parece, de los principios de la irretroactividad de la ley y el de la inversión de la carga de la prueba; esos son los que parece que rebosan el vaso.

Pero ¿El principio de que una ley orgánica, como la de Poder Electoral (LOPE), no puede ir contra un precepto Constitucional, no es también importante? Ni más ni menos eso es lo que hace el artículo 19 de la LOPE, aprobada por la Asamblea Nacional, cuando define como se integra el Comité de Postulaciones que elige el CNE y que prevé que 11 parlamentarios lo integran, sobre 10 miembros de la sociedad civil. Ser consecuente con ese principio habría implicado que ningún parlamentario ni miembro de la sociedad civil de la oposición debió formar parte de dicho comité. Pero eso no fue así.

El CNE también violó algunos derechos políticos individuales, como el derecho de los ciudadanos a solicitar, de manera individual, la revocatoria de mandato a cargos de elección popular (Art. 72 de la Constitución) y restringió a los partidos políticos o grupos de electores el ejercicio de ese derecho político. Violo además el principio constitucional de igualdad de los derechos de todos los venezolanos al impedir recoger firmas para el revocatorio presidencial a los venezolanos en el exterior; al impedir la actividad de los observadores nacionales y al discriminar a los observadores internacionales, reduciendo la autorización para observar a solo dos instituciones: OEA y Centro Carter y unos pocos países; al establecer nuevas reglas para la oposición o diferentes a las fijadas para el oficialismo (por ejemplo: la prohibición de usar computadoras para dar información a los firmante; la fijación de criterios para la actividad de los recolectores itinerantes de firmas, que no estaban establecidos en ninguna normativa; al establecer condiciones distintas y fechas distintas para entregar las firmas de la oposición y del oficialismo, al invalidar firmas aplicando unos criterios a unas planillas, sin aplicar los mismos criterios a otras, etc.)

El CNE violó el principio legal de que una ley de rango inferior no puede modificar una de rango superior al reglamentar sobre los referendos revocatorios, en clara violación de los plazos y requisitos para su convocatoria, establecidos en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

El CNE violó el principio de celeridad y eficiencia de los procesos electorales, al definir normas que atrasaron y entorpecieron el proceso. Además, decidió inconstitucionalmente y contrario a sentencias del TSJ, que no se podía recoger firmas para revocar el mandato de Gobernadores, Alcaldes y Concejales (Sentencia de la Sala Constitucional del 5 de junio de 2002).

El CNE violo también el principio de despartidización de los organismos electorales, con complicidad de los partidos, al escoger a los observadores electorales a partir de listas presentadas por los partidos políticos. Violo además el principio de transparencia y neutralidad en la escogencia de los transcriptores, funcionarios verificadores y miembros del Comité Técnico Superior. Por último, violó flagrantemente los lapsos para la verificación, establecidos en el artículo 28 de las “Normas para regular los procesos de referendos revocatorios de mandatos de cargos de elección popular”.

En resumen, ¿Cuáles son los principios que si pueden ser violados y cuáles no? Porque todos estas normas y procedimientos fueron aceptadas por la CD y la oposición en general y nadie se rasgo las vestiduras en esa oportunidad en nombre de ningún principio jurídico violado.

Se me dirá que lo importante era llegar a recoger las firmas que nos condujera al referendo revocatorio y que lo que pasa es que ahora es que nos damos cuenta de que el Gobierno tiene mayoría en el CNE y que es a partir de ahora que nos va a hacer trampa y fraude. ¿Y antes de ahora, cómo llamamos a lo ocurrido?

La situación es compleja; la respuesta no es simple, por eso no admito que algunos, que compartieron la posición de aceptar todas las violaciones anteriores, sostengan ahora su posición de “no negociar y negar el reparo” como una cuestión de honor y principios, mientras que los que proponemos que hay que continuar negociando hasta el final, somos poco honorables y sin principios.

Tampoco me parece claro que el Gobierno lo que esta buscando al retarnos a aceptar los reparos es que convalidemos una situación. Otra “lectura” posible es que nos esta retando para asegurarse de que no lo aceptaremos y cancelar de una vez el proceso.

La pregunta en todo caso es ¿Hasta donde seremos consecuentes con este principio? ¿Significa que al no aceptar el “reparo” tampoco presentaremos candidatos para alcaldes y gobernadores este año y para diputados el que viene? ¿Dejaremos esos espacios abiertos a los partidarios del régimen? ¿O es que el CNE solo hace trampas en materia de de referendos y no en materia electoral? El Gobierno se deslegitima más, es el argumento. ¿Y que hacemos entonces, aplicamos el articulo 333 y 350? ¿Cómo? ¿Hasta que intervenga la Fuerza Armada o hasta que intervenga la OEA? ¿Van a intervenir si el gobierno se refugia en su “precario estado de derecho” y sus instituciones compradas? Creo que cometemos un error si no llevamos esta lucha hasta el final, hasta la confirmación definitiva de que no habrá referendo. El Gobierno y “sus instituciones” no van a dejar la mesa teniendo todo el poder; debemos derrotarlos en el terreno electoral u obligarlos a que lo desconozcan, para que sean ellos lo que abran la puerta a otras alternativas.

La situación en este momento no es la misma que hace un par de semanas cuando se conoció la decisión del CNE. El Gobierno esta mucho más debilitado. Al régimen autoritario de Chávez Frías se le ha terminado de caer la careta al descubrir ante los venezolanos todavía incrédulos y ante el mundo la naturaleza represiva y autoritaria de su Gobierno. No cabe duda que la estrategia de recorrer sin dudas el camino democrático es lo que tiene acorralado al Gobierno. No cabe tampoco duda que la presión de calle de todos estos días ha tenido el efecto de sensibilizar a la población y a la comunidad internacional. Si antes nos preguntábamos donde están los más jóvenes, ahora les hemos visto el rostro, en las marchas, especialmente en la última y sobre todo en las calles. En las calles se citaron los vecinos, especialmente los jóvenes y estos últimos recibieron el castigo más fuerte de este régimen represor y violador de los derechos humanos. Esos no retrocederán si les presentamos un plan creíble y realizable con las “armas” de que disponemos: la civilidad.

Debemos negociar con el CEN, pero sosteniendo varios puntos previos fundamentales:

1) Debemos rechazar el informe del CNE, hasta que se nos demuestre a satisfacción donde esta hasta la última firma que hemos consignado, las 3.448.747. Eso implica que la CD analice la veracidad de las firmas invalidadas y rechazadas por diferentes criterios.

2) Debe quedar sentado que todas las firmas rechazadas, invalidadas o sometidas a observación están sujetas a ser reparadas, de acuerdo con los criterios establecidos en la Normativa sobre Referendos.

3) Se debe conocer públicamente el cuaderno de los que acudirán a cada centro de recolección a efectuar su confirmación o reparo, con suficiente tiempo y la categoría en la que esta cada uno de ellos

4) Se debe establecer que la confirmación es un simple conteo del número de personas que acudan sin ninguna otra verificación posterior; al identificarse y declarar su voluntad, esta se considerara aceptada,

5) Junto con la fecha de reparo se debe establecer, de una vez, la fecha en que se realizaría el referendo revocatorio si se verifican las firmas necesarias

Aceptados estos puntos podemos discutir los aspectos técnicos: número de días, número de centros, fechas, testigos y observadores, etc. y evaluar si debemos acudir simultáneamente a otras instancias, nacionales o internacionales, y de que manera.

(*): Politólogo

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