Opinión Nacional

Relativismo moral

¿Hay verdades objetivas o todo depende de lo que uno piense? Las cosas son como son, y cada uno las interpreta a su manera acercándose más o menos a la realidad. Aunque HULK sea una buena película, en realidad los hombres no vuelan ni poseen tanta fuerza física. ¿Todo es opinable? Se puede opinar sobre cualquier cosa, pero no todos los pareceres son ciertos. Se puede opinar que los hombres no mueren o que no existe Pekín, pero son ideas equivocadas ¿Da lo mismo una opinión que otra? En cuanto a su contenido, serán mejores las opiniones más cercanas a la realidad; o en cuanto a quien opina, serán más valiosos los comentarios de personas sinceras y entendidas en la materia.

En el Relativismo religioso: ¿dará lo mismo una religión que otra? No, no. Todas las religiones tienen aspectos buenos y correctos, pero sólo una es completamente verdadera, pues sólo hay un único Dios. Y si ahondamos en el Relativismo moral: ¿da lo mismo obrar de una manera o de otra? Obviamente no es igual asesinar y robar que consolar y servir.

¿Cómo encontrar la verdad? Este es el problema. La verdad se encuentra mediante la inteligencia. Pero nuestro entendimiento juzga a veces erróneamente -por ejemplo, dejándose influir por las pasiones-. ¿Entonces? La mejor manera de buscar la verdad sigue tres pasos: El estudio serio de las cosas, empleando bien la propia inteligencia; el pedir consejo a personas de vida ejemplar, aprovechando su sabiduría; o rogar humildemente a Dios su ayuda. Él es la Verdad.

El relativismo moral se plantea en el supuesto en el cual el sistema de las normas morales de un grupo o de un pueblo sea distinto del sistema de las normas morales de otro grupo o de otro pueblo. Sin embargo, el concepto mismo de relativismo moral es ambiguo, por cuanto en él se encierran dos situaciones factuales totalmente distintas, desde el punto de vista de su formato lógico, por un lado, y dos perspectivas también diferentes en lo que concierne a la cuestión de la fundamentación de esos sistemas. Ello nos lleva al planteamiento a presentar la descripción de José Ramón Ayllón (“Luces de la caverna”, Ediciones Martínez Roca, Barcelona, España, 2001):
Situaciones factualmente diversas: (A) La situación en la cual se constata, como cuestión de hecho, la diversidad de sistemas morales de diversas sociedades que suponemos mutuamente aisladas (o dadas en perspectiva «distributiva»); y (B) La situación en la cual la diversidad de esos sistemas morales aparece cuando son adscritos a sociedades que se suponen en contacto o proximidad de contacto o confrontación mutua (es decir, en perspectiva «atributiva»).

Modos diferentes de entender la cuestión de la fundamentación: (a) El absolutismo moral, a priori, del sistema de la moral. Se supondrá que entre los diversos sistemas morales existentes debe ser posible una ordenación axiológica, de peor a mejor, en virtud de la cual sólo uno de los sistemas históricamente dados, o una selección entre ellos, haya de ser considerada como el único sistema moral de validez universal. Sin embargo, acaso las evidencias con las que suele ser presentado el absolutismo del sistema de las normas morales se deba a que se tiene la mirada puesta en la universalidad de las normas éticas que, obviamente, han de darse siempre envueltas por las normas morales de la sociedad de referencia. Pero la compatibilidad, al menos parcial, de dos o más sistemas de normas morales dados con el sistema de las normas éticas (o con una parte de esas normas) no autoriza a deducir la compatibilidad de esos sistemas de normas morales entre sí; y (b) El relativismo moral, que postula la equivalencia moral de los diversos sistemas morales constatados, al negar la posibilidad de declarar válidos o inválidos, en función de una tabla absoluta de valores universales, a determinados sistemas morales. Por ejemplo, las normas morales de un grupo A que existe en el seno de un Estado B pueden dirigirle al ejercicio de una política de violencia y de terrorismo. El relativismo moral propugnará que el sistema de las normas de A es tan válido (para A) como el sistema de las normas represivas de B lo es para B (tanto si éstas envuelven violencia terrorista como si no envuelven un «terrorismo de Estado»).

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