Opinión Nacional

Responsabilidad y responsabilización

La rendiciones de cuenta previstas en la vigente Constitución, orientadas a la responsabilidad (y responsabilización) de las funciones públicas, no están circunscritas solamente a lo que se conoce de ordinario como el mensaje anual del Presidente de la República en sesión solemne o de la correspondiente consignación de las llamadas «Memoria y Cuenta» ministeriales en el parlamento para su inmediata evaluación por la instancia institucional y la propia opinión pública, con los equivalentes para gobernadores y alcaldes. Otras circunstancias impuestas por la agenda constitucional, en la dinámica de toda democracia, ofrecen oportunidades para que los títulares de los órganos del Poder Público también digan que han hecho, hacen y harán, aceptando el cuestionamiento de los adversarios. Así, con anterioridad, la presentación y defensa del proyecto de presupuesto ordinario por el gobierno nacional, generaba un debate en la que no pocas veces el ministro y demás funcionarios disertaban no sólo en relación a un pronóstico de los escenarios económicos, sino que asumían la responsabilidad del diagnóstico, de lo hecho, de lo realizado y hasta existía la posibilidad de abrir una investigación por la Comisión de Contraloría en caso de detectarse alguna irregularidad confesa o de otra comisión parlamentaria que tomara por incierta alguna apreciación, evento o noticia que no tuviese una directa implicación con las finanzas públicas. A la responsabilidad le seguía la responsabilización, noción de la que no escapaba el funcionario público encargado de la hacienda pública, de las cárceles, del deporte, de los registros o notarías, de la defensa o de la transportación pública. De modo que cada instante de la vida pública podía tonarse en oportunidad para la interpelación en tiempo presente y pasado, así la autoridad pública le tocase plantear su realización en tiempo futuro. Obviamente, hoy no ocurre así y el chavismo cumple y cumplirá con la formalidad de presentar su proyecto presupuestario (2009), calculando como de costumbre el precio de la cesta petrolera muy por debajo del precio real en los mercados internacionales, sin dar ocasión, motivo u oportunidad para responder por lo que hizo y hace en el campo de las finanzas públicas. Unicamente la opinión pública rechazará y condenará (fijando su responsabilidad) sus actuaciones al frente del Estado, pero la Asamblea Nacional se resignaá a escuchar el proyecto en cuestión, privilegiará el debate enfermizo en torno al presunto magnicidio y golpe de Estado y las comisiones respectivas se dedicarán al no menos presunto «parlamentarismo de calle» (quedando pendiente la denominada responsabilización).

Recordamos, por ejemplo, que en el constitucionalismo inglés no hay cabida para un régimen especial de responsabilidad penal de los gobernantes. En nuestra tradición, existen medios o dispositivos que tienden a garantizar el ejercicio de las responsabilidades públicas, frente a los intentos de sabotaje judicial de oponentes o adversarios. En términos generales, es el fundamento de figuras como el «antejuicio de mérito» o las «averiguaciones de nudo hecho» que también sirven para el abuso. No obstante, no olvidemos que hubo demostraciones de un cabal funcionamiento de las instituciones, como el consabido caso de la partida secreta que desembocó en el juicio y condena de Carlos Andrés Pérez, hoy inconcebible para Hugo Chávez así haya tomado confesamente aquellos no menos consabidos recursos del FIEM. Imprescriptibles los delitos en materia de salvaguarda del patrimonio público, sabemos de su responsabilidad y esperaremos – cuando las circunstancias cambien- de la llamada responsabilización en la doctrina constitucional. E, igual, concierne a los que ahora presentan un proyecto de presupuesto absolutamente confiados en la aprobación y el silencio de la dócil mayoría parlamentaria a su disposición. La opinión pública está alerta y, por muy frágil que sea nuestra memoria colectiva, no pasará por alto los entuertos del régimen.

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