Opinión Nacional

Tres botones para muestra

La muerte de un hombre público conduce a reflexionar si sus actuaciones estuvieron a la altura de las circunstancias que le tocó vivir. Por razones de formación y hasta de prejuicios personales -reconozco-, Carlos Andrés Pérez nunca fue lo que se diría mi ejemplo a seguir en la vida, aunque siempre respeté su pasión y su entrega por el país, expresadas a través de su trabajo indetenible.

Cuando lo conocí personalmente, con ocasión de su enjuiciamiento, ya que defendí a uno de sus ministros, tenía dos referencias previas y directas acerca de su relación con la Justicia.

 La primera databa de mis años de estudiante y, simultáneamente, de escribiente en el juzgado a cargo de Omar Arenas Candelo, cuando Pérez era presidente de la República. Ese tribunal sentenció un caso importante, cuyo resultado era de interés para el gobierno. Era el juicio por el crimen de Alberto Aguilar Serradas quien, en 1974, habría sido detenido por la DIM y su cadáver, descompuesto, apareció después en Tinaquillo, dentro de la maleta de un vehículo. El juez, convencido de la participación de esa institución militar en los hechos, condenó a tres de sus funcionarios por homicidio calificado.

Decisión difícil por el desafío que representaba ir contra un órgano que dependía directamente del presidente de la República y porque la defensa técnica planteada por Luis B. González Betancourt, fue más que brillante. Al día siguiente de la sentencia llegó al tribunal un telegrama del presidente de la República donde felicitaba al juez por el cumplimiento de su deber y por su sentido de independencia. Una extravagancia, pues, ya que el fallo afectaba claramente su propia gestión. La iniciativa resultó polémica y hubo críticas por la “inaceptable injerencia” de Pérez en el Poder Judicial, aunque siempre dudé de si el presidente no envió, más bien, una señal efectista a sus allegados acerca del poco apoyo que podrían esperar si adoptaban la vía de los atropellos y las irregularidades.

La segunda referencia la obtuve en su segundo mandato, cuando defendí a Manuel Quijada en el juicio militar abierto con motivo de la rebelión militar ocurrida el 27 de noviembre de 1992. Con garantías suspendidas, un Congreso de la República que, vencido el lapso correspondiente, no se atrevía a restituirlas y una Corte Suprema de Justicia que se limitaba a observar los hechos, no era exagerado asumir que había un “entente institucional” engranado para que a mi defendido y al resto de los procesados los “moliera” la jurisdicción militar que, precisamente -y a diferencia de los poderes “autónomos”-, sí dependía del presidente Pérez, quien, para colmo, como víctima que era del golpe de Estado, seguramente tendría interés personal en el asunto.

El juicio transcurrió bajo precariedades procesales insólitas basadas en la suspensión de las garantías que, repito, ningún poder público se atrevía a restituir. Los defensores, en su mayoría, lejos de arredrarnos, hicimos una defensa profesional al margen de la profunda desconfianza que nos inspiraba ese proceso. La fuerza de nuestros elementos de convicción era tal que teníamos la certeza de que, de ser oídos, las acusaciones se derrumbarían. Con esa convicción y con el ánimo de reclamar la injusticia que se cometería, le pregunté al general Romero Faría, quien presidía el “tribunal de guerra”, si ellos eran “siguís de Carlos Andrés Pérez o si el fallo sería producto de las pruebas del juicio”.

El general, inmutable, me respondió que ellos eran hombres de honor y que la sentencia se atendría a los elementos de prueba. En horas, Quijada, junto con más de cien procesados fue absuelto y, pocos días después, ahí sí, se restituyeron las garantías y se anuló el juicio (sin efectos para los absueltos). Siempre me intrigó que el presidente Pérez, con la información privilegiada que tenía la potestad de manejar y dadas sus facultades para intervenir en un juicio militar, no se anticipó al fallo absolutorio decretando el sobreseimiento, lo cual le habría permitido obtener los dividendos políticos usuales en estos casos.

La tercera referencia es la conocida por todos, la del juicio que se le siguió por el envío de una misión de seguridad a Nicaragua. Muchos se extrañaron de su acatamiento al proceso y de la firme disposición de asumir sus consecuencias, las cuales recibió por anticipado -ya que no fue un juicio celebrado en libertad, ni regido por la presunción de inocencia, ni por las normas del debido proceso-. Lo que Pérez nunca perdió de vista fue la importancia que tenía su ejemplo en una hora difícil para el país, cuando se estaba poniendo a prueba su institucionalidad democrática. Esa actitud terminó de confirmarme cuán acendradas fueron sus creencias sobre el respeto que él como ciudadano le debía a la Justicia aun cuando ésta no operara de la manera más respetable.

 
 

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