Opinión Nacional

¿Un golpe de Estado a secas?

“Contra las sorpresas no hay remedios” señala un proverbio no me recuerdo de qué pueblo. En todo caso, es aplicable al nuestro. Respecto de lo que acaba de ocurrir, incluso una dosis mayor de remedios no nos ayudaría. Ello porque tuvimos que experimentar dos acontecimientos sorpresivos en un solo día: Primero, la ultima fecha de la Ley Habilitante de Enero de 2007, el 31 de julio de 2008, la Presidencia anuncia 26 decretos con rango y fuerza de ley sobre las más diversas materias, y segundo la Sala Constitucional del TSJ los declara el mismo día de carácter orgánico, esto es: de la mayor categoría legislativa. Aparecen anunciados en la GACETA OFICIAL, no en todos los detalles pero con el aviso de que serán publicados en una edición extraordinaria de la misma a comienzos de la semana que empezó el 4 de agosto.

Antes de entrar en detalles de algunos de los decretos-ley, vale la pena recordar dos hechos. Uno: en la mayoría de las Constituciones democráticas, leyes habilitantes no pueden ser aprobadas por el poder legislativo sin previa declaración por el mismo de un estado de excepción (o emergencia) con una mayoría calificada – en la nuestra se puede declararlas cada vez que el poder ejecutivo las solicita (Art. 236, Numeral 8); dos: las leyes habilitantes de las democracias duran el tiempo que reine el estado de excepción, según criterio del poder legislativo, mientras que las nuestras pueden durar un tiempo indefinido (la ultima 18 meses). Esto es: nuestra Constitución le otorga al poder ejecutivo y su jefe (en el que éste es ese poder) un privilegio que es difícilmente compatible con las normas democráticas.

Otro aspecto que merece la urgente atención de los ciudadanos es el hecho de que la gran mayoría de los decreto-leyes atañe a materias que han sido rechazados el 2 de Diciembre de 2007 en el referéndum sobre lo que el régimen “modestamente” llamó “la reforma constitucional”, en realidad un cambio total de la Constitución de 1999. En sistemas democráticos, el voto mayoritario obliga a los que manejan el gobierno a obedecer semejante mandato, no solo política sino sobre todo éticamente. El teniente coronel mostró, durante los tiempos después del 2-D, un absoluto desden por lo que había votado la mayoría de los venezolanos, hasta el punto que poco después propagaba su eternizacion en el poder (rechazada por la mayoría de los ciudadanos, incluso de su propio color político) mediante una “enmiendita” a ser introducida después de las elecciones regionales y locales de noviembre de 2008. Pero ello no fue el comienzo: desde la aprobación de la Constitución de 1999 solía llamarla “la bicha”, una metáfora que muestra todo su desprecio frente al texto constitucional y a los que lo habían aprobado a mediados de diciembre de 1999.

De los 26 decretos-leyes del 31 J, algunos son francamente hostiles al desarrollo de la economía-sociedad venezolana, por ejemplo la eliminación de la protección de la propiedad privada, la incorporación de las “misiones” (que no son más que mecanismos de distribución de davidas a los sectores desfavorecidos) en el aparato del gobierno, la prohibición de inversiones privadas nacionales y extranjeras en las telecomunicaciones, la Ley Orgánica para la Ordenación y Desarrollo del Territorio (“la nueva geometría del poder”) y, last but not least, la incorporación (inconstitucional) de la “milicia” en los componentes de las Fuerzas Armadas – ojo: Hitler mantuvo su guardia pretoriana SS siempre al margen de las FFAA del Tercer Reich.

¿Sentirá el teniente coronel que sus caprichos lo hacen crecientemente insoportable para los demócratas del país, incluso para una gran cantidad de sus seguidores? ¿Pensará el teniente coronel que las FFAA masacren al pueblo cuando éste se levante y él lo ordene?.

¿Aguantaremos los venezolanos la arbitrariedad, la egolatría y el mesianismo del teniente coronel, hasta más no poder?

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