Opinión Nacional

Venezuela: La reforma de la Ley del BCV

El gobierno de Chávez Frías continúa su proceso de concentración de poder, aunque eso implique el desmantelamiento del estado de derecho. En este sentido dos nuevas leyes esperan la aprobación definitiva, tras ser aprobadas, recientemente, en primera discusión, en la Asamblea Nacional. Una, a la que ya me referí, es una nueva reforma del Código Penal, que como la anterior, levantó una aguda polémica, dada la falta de precisión en sus conceptos —que favorece la discrecionalidad de los jueces, ya de suyo alta— y su clara intención de amedrentar la disidencia política e incrementar la penas en los llamados “delitos de desacato”.

La otra ley, que comentaré en esta oportunidad, aprobada también en primera discusión y que preocupa altamente a la comunidad económica, es la reforma propuesta a la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), para permitir que el Ejecutivo disponga de las reservas internacionales, producidas fundamentalmente por los ingresos petroleros.

La reforma consiste —básicamente o primordialmente— en modificar el artículo 113 de la actual Ley, que obliga a PDVSA a vender al BCV todas las divisas provenientes de la actividad petrolera. La reforma permitiría a esta empresa vender solamente las divisas necesarias para atender sus gastos operativos y de funcionamiento en el país, así como para su contribución fiscal por el monto estimado en la Ley de Presupuesto y podrá mantener fondos en divisas para utilizarlos, sin tomar en cuenta la opinión del BCV, a los efectos de sus pagos operativos en el exterior y otro gastos de inversión.

La Ley también propone que se traspasara parte de las reservas internacionales actuales a un fondo de desarrollo nacional (FONDEN) que se constituirá en el ente emisor y que se podrá utilizar para compras en el exterior, pago de deuda y reducción del déficit fiscal. La creación de este tipo de fondos no es nueva en Venezuela. Cada vez que se produce un incremento de los precios petroleros, que trastoca los ingresos del país, surgen estas iniciativas para evitar que ese flujo de dólares altere sobre manera la economía, produzca un incremento excesivo de importaciones, de gasto y la consabida inflación. La novedad es el contexto en que se da esta reforma, la creación del fondo actual y el proceso que se ha seguido para su modificación.

Esta Ley ha venido anticipada por una “discusión” publica, desde hace algunos meses, incitada por el propio Presidente de la República, acerca de qué se considera un nivel “aceptable” de reservas internacionales y qué es, por el contrario, un nivel “excedentario” de las mismas. Naturalmente la “discusión” ha sido netamente ideológica y política, sin estar sustentada en ningún estudio técnico, económico, que demuestre la validez de una u otra alternativa. De allí que escribimos la palabra “discusión” entre comillas pues ya sabemos que nunca se toma en cuenta el criterio de los demás, solo el del Gobierno, es decir, el del Presidente de la Republica.

La “discusión” se dio además en medio de acusaciones y apertura de investigaciones acerca de corrupción a los administradores de la industria petrolera y de señalamientos de que no se esta vendiendo al BCV todos los dólares provenientes de la actividad petrolera; de que hay un faltante, superior a los tres mil millones de dólares, que no han sido vendidos y sin que se justifique su utilización o se tenga ningún control por parte de los organismos reguladores del Estado, principalmente la Contraloría Genaro de la República o la Asamblea Nacional, acerca de su utilización.

Al igual que la aprobación de la reforma del Código Penal, la aprobación de esta reforma a la del BCV, no fue menos rocambolesca; la excusa del Presidente del Parlamento, el Diputado Oficialista Nicolás Maduro, para justificar todos sus abusos, fue que se trataba de una “promesa” que él había hecho al Presidente de la República de aprobar cuanto antes dicha Ley. Por lo tanto, ante esa “promesa” y una orden tan directa desde Miraflores, cosas como las que ocurrieron en el Parlamento durante su aprobación, son verdaderas nimiedades

Ni siquiera se atendieron mínimas formalidades, como por ejemplo que en la exposición de motivos de la Ley se afirme que el fondo —que se creará con fondos aportados por el BCV— podrá ser utilizado, entre otras cosas, para cerrar el déficit fiscal, que según el artículo 320 de la Constitución esta prohibido al BCV, institución que “…no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias.” (Artículo 320 de la Constitución Nacional)

Pero esa no es la única anormalidad en el proceso. La Ley fue aprobada antes de que concluyera el debate; ni siquiera se presentó al parlamento el estudio del “impacto económico” correspondiente, que es obligatorio para aprobar este tipo de leyes y no se dio la discusión artículo por artículo que ordena el Reglamento Interno de Debates. Simplemente el Presidente del parlamento consideró que las objeciones de la oposición eran un “sabotaje”, ordenó entrar a la Guardia Nacional a poner orden —primera vez que ocurre un hecho semejante en la historia parlamentaria venezolana— y acto seguido sometió el proyecto a votación, que fue naturalmente aprobado, bajo la consideración por su parte, como Presidente de la Asamblea, de que: “Decidimos no discutir este proyecto y pasar a votar, porque cuando hay actos de saboteo como este, hay que aplicar medidas de autoridad”. Concluimos con estas palabras del Presidente de nuestra Asamblea Nacional.

(*): Politólogo

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