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Tiempos de Desobediencia Civil

Carlos Armando Figueredo

En uno de sus demasiado frecuentes desplantes y bajo las amenazas que profiere a sabiendas de que está pronto a perder el poder, Maduro dispuso que, para comprar gasolina a precio subsidiado había que tener carnet de la patria y que quienes no lo tuvieran debían comprarla a precio internacional –inabordable para la mayoría de los venezolanos. Añadió que había que inscribir los vehículos y hacía falta un censo –requisito este innecesario ya que todos los vehículos están registrados en la dirección de tránsito terrestre.

Ante esa absurda, vengativa y discriminatoria medida cabe valerse de la desobediencia civil, basándose en lo que dispone la Constitución Nacional, a saber:

Articulo 333. °

Esta Constitución no perderá́ su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.

En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá́ el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Articulo 350. °

El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá́ cualquier régimen, legislación o autoridad que contrarié los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

El filósofo John Rawls define la desobediencia civil de la siguiente manera: “…la desobediencia civil [es] un acto público, no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido habitualmente con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas del gobierno.” [1]

La desobediencia civil que no es otra cosa que rebelarse pacíficamente contra leyes, decretos o resoluciones que sean violatorios de derechos fundamentales, se ha manifestado desde la más remota antigüedad. Así vemos como Sófocles, en su tragedia Antígona, relata el mito de esa hija de Edipo y Yocasta que se rebela ante el tiránico decreto de su tío, el rey Creonte, y sufre la muerte por enterrar a su hermano Polinice, a sabiendas de que esa violación estaba penada con la muerte.[2]

Desobediencia civil es la objeción de consciencia, que es el derecho que tiene un ser humano a no cumplir con algo impuesto por norma como deber o mandato, alegando razones morales, religiosas o axiológicas. Ha sido considerado que el primer objetor de consciencia fue Maximiliano de Tebessa, en el año 274. Se trataba del hijo de un militar romano que fue obligado a seguir la carrera militar. Rechazó continuar como soldado alegando su condición de cristiano. Fue condenado a muerte en lo que ahora es Tébessa, en Argelia y la Iglesia Católica lo consagró como santo y mártir.

En tiempos más recientes fue famoso un objetor de consciencia. Se trata de Desmond Hoss, quien fue un soldado nacido en Lynchburg, Virginia, hijo de un carpintero. Era un devoto cristiano, muy tenaz en sus creencias. No admitía en forma alguna violar el Décimo Mandamiento, “No matarás”. Por sentido patriótico se inscribió en el Ejército de los Estados Unidos, con motivo del ataque japonés a Pearl Harbor. Fue clasificado como objetor de consciencia y se le asignó el papel de paramédico. Se negó a portar cualquier arma con la que podría quitarle la vida a un ser humano. Fue un héroe en Guadalcanal como paramédico al salvar cerca de un centenar de soldados heridos. Hay un film que narra su historia.[3]

En la Venezuela actual hay muchos objetores de consciencia, practicantes de la desobediencia civil. Se trata de oficiales y soldados de la Fuerzas Armadas que se niegan a cumplir órdenes contrarias a la Constitución y las leyes. Son sometidos a prisión sin fórmula de juicio.

Ante lo que pretende imponer Maduro en cuanto a la necesidad, como antes se dijo, de tener carnet de la patria para comprar gasolina hay que practicar la desobediencia civil, negándose a sacar carnet de la patria, a censar los vehículos y procediendo a manifestar masiva y públicamente la negativa a cumplir con esa órdenes, valiéndose para ello de lo que dispone la Constitución:

Articulo 21 °

Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:

  1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.

…..

El hecho de que los portadores de carnet de la patria tengan más derechos que el resto de los venezolanos viola la Constitución y los Tratados sobre Derechos Humanos y por tanto hay que desobedecer cualquier ley, decreto o resolución que practique tal discriminación

[1]Rawls, John Teoría de la justicia / John Rawls ; trad. de María Dolores González. – Título original: A Theory of Justice -© 1971, The Presiden! and Fellows of Harvard College. -Publicado por The Belknap Press of Harvard University Press, Cambridge, Mass. ISBN 674-88014-5 – P.332.

[2]Ver:https://ciudadseva.com/texto/antigona/

[3]Ver: https://int.search.myway.com/search/GGmain.jhtml

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