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TSJ suspendió actos legislativos ejercidos por la AN del 10 al 31 de mayo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), suspendió este miércoles los actos legislativos de la Asamblea Nacional (AN) ejercidos entre el 10 y 31 de mayo de 2016 luego de declarar una medida cautelar contra el Parlamento por usurpar funciones del Ejecutivo.

“Con el propósito de asegurar que los actos que hasta ahora han sido emanados desde la Asamblea Nacional y sus actos futuros no impliquen probables usurpaciones de funciones atribuidas al Ejecutivo Nacional, dicta medida cautelar, en ejercicio de su prudente arbitrio, razón por la que se suspenden los efectos de los actos parlamentarios de fechas 10 y 31 de mayo de 2016″, indica la sentencia.

De acuerdo con el texto, la demanda «no se sustenta de forma directa en la violación de derechos constitucionales, sino en la vulneración de competencias y atribuciones constitucionales inherentes al Poder Ejecutivo Nacional (‘usurpación de funciones’), por parte del Presidente, de la Junta Directiva y de la mayoría de diputados que integran la Asamblea Nacional, circunstancia que, más allá de las implicaciones que ello pudiera tener en la esfera de los derechos subjetivos, identifica la presente acción con una demanda de controversia constitucional».

Asimismo, señaló que del contenido de varios actos «parlamentarios, se denotan actuaciones de la Asamblea Nacional tendientes a solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República, actuaciones éstas que pudieran estar reñidas con la norma prevista en el artículo 236.4 Constitucional, referida a la atribución que corresponde al  Presidente o Presidenta de la República, de dirigir las relaciones exteriores», en correspondencia con el artículo 226 Constitucional, y con el criterio de esa Sala vertido en sentencia n.° 967 del 4 de julio de 2012.

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