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Convocatoria a proceso Constituyente no requiere referendo, según Contralor

El contralor general de la República, Manuel Galindo, aseguró este viernes que el llamado para elegir una Asamblea Nacional Constituyente, decretado por el presidente Nicolás Maduro, no requiere de una consulta popular previa para su convocatoria como reclama la oposición del país.

«Eso no es necesario», dijo en una declaración en la televisión estatal Galindo, que además preside el Poder Ciudadano (Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Contraloría) y aseguró que llamar a un referendo para consultarles a los venezolanos si desean cambiar su Constitución no es necesario porque la Carta Magna no lo establece así.

Se refirió al texto constitucional que establece que la «iniciativa de la convocatoria» es del jefe de Estado, dos terceras partes del Parlamento, los Concejos municipales en cabildos o el 15 por ciento de los electores.

La oposición venezolana ha hecho referencia a ese mismo texto para asegurar que el primer mandatario solo tiene la «iniciativa» pero no el poder de convocatoria y que, una vez propuesta, esta debe ser sometida a consulta de los ciudadanos como se hizo en 1999 cuando se redactó el texto que suplantó la constitución de 1961.

Ese requisito «sí era indispensable en el año 1999, cuando el presidente comandante eterno Hugo Chávez Frias propuso la necesidad de una Asamblea Nacional Constituyente, (…) por cuanto no existía en la constitución de 1961 un procedimiento claro y expedito para aclarar, o que estableciera quienes tenían la legitimidad de esa convocatoria», dijo el contralor.

En este sentido, el jefe del Poder Ciudadano reiteró «la constitucionalidad de la iniciativa del llamado a la Asamblea Nacional Constituyente» realizada por el mandatario nacional el pasado 1 de mayo.

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