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La reforma de la Justicia Militar venezolana, un guiño a la Constitución

La reforma fue aprobada en apenas dos sesiones, y todas están enmarcadas en la "revolución judicial" que impulsó Maduro en junio, para hacer cambios en el sistema

La reciente reforma del Código Orgánico de la Justicia Militar en Venezuela (COJM), que promete que ningún civil será juzgado ante tribunales militares, no resolverá -según expertos- este problema, por carecer de fundamento al estar ya contemplado en la Constitución, aunque se incumple sistemáticamente.

El Parlamento, de amplia mayoría chavista, aseguró, durante su aprobación, que «ningún civil podrá ser juzgado por tribunales militares, con lo que se subsana una antigua deuda con quienes fueron sometidos a injustos juicios por esta jurisdicción».

Pero según expertos en justicia y defensa, el cambio no será la solución a un problema de fondo que no debería existir por mandato de la Carta Magna en su artículo 261, que señala que «la competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar».

Reforma «innecesaria»

El director de la ONG Acceso a la Justicia, Ali Daniels, explicó a Efe que era innecesaria esta reforma porque, además de que la Constitución ya establece cuál es el juez natural para civiles y militares, existe una sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que reza que los tribunales militares no pueden conocer causas de civiles.

«Pero faltó -y ese creo que es el as bajo la manga que está detrás de esta reforma- que la Sala Constitucional lo confirmara; hay una sentencia ambigua que no termina de decir lo que con toda claridad sí ha dicho la Sala Penal», indicó.

Asimismo, la presidenta de la ONG Acceso a la Justicia y abogada experta en temas militares, Rocío San Miguel, indicó que no se abordan «los graves problemas de fondo del texto legal, que vienen arrastrándose desde hace más de un siglo en Venezuela».

Sin independencia

La reforma fue aprobada, junto a cuatro más, en apenas dos sesiones, y todas están enmarcadas en la «revolución judicial» que impulsó Nicolás Maduro en junio, para hacer cambios en el sistema.

La misma semana que se aprobaron estas modificaciones, la Misión de Determinación de Hechos de la ONU para Venezuela publicó su segundo informe donde concluyó que el Poder Judicial del país carece de independencia.

La misión considera que hay «motivos razonables» para creer que políticos oficialistas venezolanos de alto nivel han influido significativamente en el Poder Judicial de la nación.

«Jueces y juezas a todos los niveles reciben habitualmente órdenes sobre cómo decidir las sentencias, a veces procedentes directamente de altas esferas del Gobierno y canalizadas a través de la Presidencia del Tribunal Supremo», señaló.

El diputado chavista Diosdado Cabello afirmó que el objetivo es el «saneamiento» del sistema judicial y que detectaron casos de denegación de justicia, ensañamiento y «hasta corrupción terrible».

Para San Miguel, con estas reformas exprés, el Estado busca «lavarse la cara» ante la vigilancia internacional, por «violaciones de DDHH que ha venido cometiendo, en el marco de la aplicación de la justicia militar».

En su opinión, en la reforma dejaron pendientes varios «tópicos», como la prohibición expresa para la Justicia Militar de investigar y juzgar violaciones a DDHH cometidas por militares y comprender los crímenes de guerra como delitos de función militar.

Asimismo, Daniels señaló que no se mejora el fondo del asunto, porque, además, con la reforma a la Ley de la Fuerza Armada Nacional en 2020 por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC), se estableció que el Ejecutivo es el que designa a jueces en tribunales militares, «violando el principio de separación de poderes».

Aumento exponencial

El activista expuso que el uso de tribunales militares para procesar a civiles data de la década que empezó en 1960, pero -aseguró- ha habido un aumento «exponencial» de procesados desde que la exfiscal general Luisa Ortega Díaz se separó del chavismo en 2017.

«El no poder contar con la Fiscalía como elemento de represión es lo que llevó al Gobierno a esto y ahora, como volvió a retomar el control de la Fiscalía, entonces ya los tribunales militares no tienen uso. Pero, ojo, hay casos donde el Gobierno los necesita, como por ejemplo, con los sindicalistas», indicó.

Recordó que, el año pasado, el sindicalista Rubén González fue sentenciado por un tribunal militar a nueve años de prisión, tras exigir reivindicaciones laborales. Posteriormente recibió indulto presidencial.

Igualmente, San Miguel destacó que hay contradicciones en la reforma, porque establece que los consejos de guerra seguirán conociendo todas las causas que se sigan a civiles sometidos a la jurisdicción militar y de civiles por delitos cometidos en el exterior.

Según el último informe de la ONG venezolana Foro Penal, publicado en julio, 872 civiles han sido procesados por tribunales militares.

Y el de la Misión de Determinación de Hechos indicó que en el 85 % de detenciones examinadas que dieron lugar a audiencias en tribunales militares, el 82 % fueron llevadas ante el Juez Primero de Control Militar y el Juez Tercero de Control Militar de Caracas.

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