TSJ aclaró que en el revocatorio todos participan y gana la mayoría
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado José Manuel Delgado Ocando, declaró inadmisible la interpretación constitucional del artículo 72 de la Constitución interpuesta por los directores de la asociación civil “Rescatemos la República de Venezuela”: Maxim Ross , Rafael Pérez, Enie Nery y Lolita Sanabria Pérez.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo de Justicia ratificó este lunes que, en un eventual referendo revocatorio contra el presidente Hugo Chávez, podrán participar todos los electores inscritos y no sólo aquellos que buscan la salida del mandatario del poder. Además el Tribunal Supremo aclaró que la tendencia que obtenga la mayoría absoluta de votos ganará el referendo.
Ello significa que Chávez seguirá en el poder si la votación de sus simpatizantes en un eventual referendo revocatorio en su contra es superior a la de sus opositores, incluso si éstos último cumplen el requisito constitucional de superar la votación que lo llevó a la Presidencia en el 2002.
La Sala Constitucional declaró inadmisible un recurso de interpretación del artículo 72 y confirmó un fallo suyo del pasado 21 de octubre que indicó que al referendo revocatorio «podrán concurrir tanto los electores que deseen manifestar su voluntad de revocar el mandato (…) como aquellos que desean manifestar que el mismo permanezca».
La sentencia aclaró que si la votación contra la revocación del cargo electo es mayor a la votación a favor de dicha revocación, «se desprende que tal consecuencia no puede ser otra que la confirmación (relegitimación) del funcionario en el cargo (…) aún en el supuesto de que ésta (la votación a favor de la revocación) resultase ser más que la obtenida por el funcionario al ser elegido».