Economía

Aumentan en 71% costos para tramitar pasaportes

Dentro de sus poderes habilitantes, el pasado viernes 28 la Presidencia de la República publicó en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 6.150, fechada el 18 de noviembre, el decreto Nº 1.398 con la Reforma Parcial a la Ley de Timbres Fiscales. En la norma se ajustan varias tasas que cobra el Estado por la emisión de diferentes documentos en las áreas de propiedad industrial, inversiones extranjeras, permisos ambientales, de vehículos y personales.

 

Con relación a este último punto se aumentó el costo que deberán cancelar las personas por la expedición o renovación del pasaporte de 7 Unidades Tributarias (UT) a 12 UT. Dicho trámite tenía un costo de 889 bolívares, en vista de que la UT está fijada en 127 bolívares; ahora se deben cancelar 1.524 bolívares.

 

Otra de las modificaciones es que ahora los menores de edad y las personas de la tercera edad también deberán pagar por su pasaporte, exención que tenían en la normativa anterior.

 

En la exposición de motivos el Ejecutivo indicó que el Estado ha ejecutado medidas para el beneficio de la población como el subsidio del pasaporte a menores y adultos mayores, los cuales se «han venido tergiversando». «(…) trayendo como consecuencia que el beneficio no está llegando directamente a los sectores más necesitados; por el contrario se ha convertido esto en una catapulta para los VENDE CUPOS, impulsando el CADIVISMO, motivado por el subsidio y los bajos costos para este trámite (…)», expresa el texto legal.

 

Bajo el mismo principio de ajustar los costos se aumentaron los servicios para el registro de vehículos, licencias de conducir, entre otros. Por ejemplo, la renovación de una licencia de primer grado tenía un costo de 38,10 bolívares y ahora será de 5 UT (Bs 635), mientras que renovar una licencia de quinto grado costaba 95,25 bolívares y ahora se requieren 24 UT (Bs 3.048).

 

En cuanto al registro de vehículos particulares pasan de 762 bolívares a 1.270 bolívares; mientras que las motos aumentan de 381 bolívares también a 1.270 bolívares.

 

Sin copia de cédula

 

La semana pasada la Presidencia de la República también promulgó la Ley de Simplificación de Trámites, norma que se aplicará a todas las instancias de la administración pública. La Ley ordena a los organismos oficiales elaborar sus respectivos planes de simplificación de trámites con el objetivo de reducir al mínimo los requisitos y exigencias a personas. «Suprimir los trámites innecesarios que incrementen el costo operacional de la Administración Público, que hagan menos eficiente su funcionamiento y propicien conductas impropias», indica el numeral 1 del artículo 6 de la Ley.

 

En la línea de la simplificación el artículo 19 establece la prohibición de solicitar las copias de determinados documentos, entre estos la cédula de identidad. «Los órganos y entes de la Administración Pública no podrán exigir copias de la cédula de identidad como requisito para el cumplimiento de una determinada tramitación, salvo los casos expresamente establecidos por este Decreto», indica la norma. No obstante, sí se podrá establecer la obligatoriedad de presentar el documento original al momento de realizar el trámite.

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