Economía

Bancos deberán pedir a sus clientes información de transacciones en el exterior

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) exigió a las instituciones financieras que soliciten a sus clientes información sobre el movimiento de sus cuentas desde el exterior.

Mediante la circular SIB-DSB-14539, de este 27 de agosto, Sudeban solicita a la banca “informar a sus clientes que de tener previsto viajar fuera del territorio nacional y requerían hacer uso o movilizar sus instrumentos financieros bajo cualquier tipo de operación, estos deberán notificar previamente a la institución bancaria dichas circunstancias, indicando expresamente el lugar o lugares de destino y el período correspondiente. En el caso de ampliar dicho plazo y/o modificar el lugar, igualmente debe notificarlo a esa entidad bancaria”.

SUDEBAN

“En el caso, que la institución bancaria identifique alguna transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la notificación prevista en el literal anterior, cuyas direcciones IP (Internet Protocol) se encuentran fuera de la República Bolivariana de Venezuela, deberá esa entidad bancaria efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar transferencias en línea de los instrumentos financieros pertenecientes a dicho cliente, destaca el texto.

Agregan que dicho condicionamiento deberá ser realizado desde el momento que intente acceder al sistema y durará hasta tanto el cliente le suministre a la institución bancaria los datos antes requeridos. Adicionalmente, la institución bancaria deberá identificar plenamente las direcciones IP desde las cuales se realizó el acceso.

Información semanal

También deberán reportar con frecuencia semanal a través de los correos electrónicos de la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (Unif) de este organismo, los días lunes o el día hábil siguiente de la semana que se reporta, la siguiente información:

Detalle de los clientes que informen previamente sobre su salida del país, especificando: nombre del titular; lugar de destino y período; tipo de identificación de los instrumentos que posea en esa institución bancaria y requiera usar en el exterior.

Foto: EFE
Foto: EFE

Todas las operaciones que se efectúen con un IP (Internet Protocol) desde el exterior, discriminando: nombre del titular; lugar de destino y período; tipo e identificación del instrumento; tipo; lugar de procedencia y monto de la operación.

 

La institución destaca que Venezuela cuenta con la estructura, las regulaciones adecuadas a los estándares nacionales e internacionales y las casas de cambio activas y autorizadas por operadoras internacionales como Wester Union y Moneygram, entre otros, para el envío de remesas desde cualquier parte del mundo, razón por la cual, con estas decisiones se busca incentivar el uso de las casas de cambio, cuya actividad económica precisamente contempla la recepción y envío de remesas desde el exterior.

Fundado hace 28 años, Analitica.com es el primer medio digital creado en Venezuela. Tu aporte voluntario es fundamental para que continuemos creciendo e informando. ¡Contamos contigo!
Contribuir

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba