Economía

Factura única pública, bundling y las ayudas estatales

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Una de las amenazas de las continuas intervenciones estatales y de las actividades públicas en la economía por medio del papel de Estado empresario podría estar tomando cuerpo.

En específico, El Universal del 02 de junio de 2008 destaca que “el Gobierno adelanta un proyecto para constituir oficinas comerciales en todo el país, en las cuales se atiendan de manera conjunta, a los usuarios de la Cantv, electricidad, aseo y gas.”

En este sentido la presidente de la Cantv, Socorro Hernández, precisó en VTV: «Se trata de lo que es la economía de escala que representa y el bienestar para el ciudadano, de que en oficinas públicas de servicios, podamos atender a los usuarios en una forma integral. Es decir, un usuario que tiene que hacer una diligencia para pagar electricidad y después más allá, dos cuadras, una oficina de Cantv, una cuadra más para pagar otro servicio».

Esta estrategia, en la medida que avance hacia prácticas comerciales conjuntas, en las cuales se incluyan servicios o productos que en la actualidad son proveídos tanto por empresas públicas como privadas, por ejemplo la telefonía móvil, presenta tanto beneficios como amenazas al bienestar social.

Resulta plausible la práctica de bundling y tying, por medio de la cual se ofrecen conjuntamente una serie de servicios o productos, bien complementarios o no, una vez pueden explotarse economías de alcance y otras sinergias. De hecho, estaríamos en lo que se conoce como un Contractual Bundling, una vez que los productos no constituyen un Sistema (complementarios perfectos en términos tecnológicos o Technological Bundling).

En específico, las estructuras de Frontdesk, promoción, facturación y cobro pueden racionalizarse, si los costos asociados pueden ser diluidos entre un mayor número de servicios, clientes y montos de facturación.

Sin embargo, las prácticas de bundling (en específico Pure Bundling) pueden ser negativas para la sociedad toda vez que pudieran ser utilizadas para cerrar el acceso a operadores potenciales más eficientes que los incumbents (en este caso el operador público), en aquellos mercados carentes de imposiciones de concurrencia limitada por el Estado. Más allá, las prácticas de Contractual Bundling suelen ser las que generan mayor efecto negativo sobre la competencia y el bienestar social, y son las que suelen presentar mayor histórico de denuncias y demandas ante los entes reguladores de la competencia a nivel mundial.

Asimismo, puede ocurrir que se desplieguen prácticas de apalancamiento cruzado (Leveraging Teory), por medio de las cuales se configuran condiciones competitivas desleales por parte de las empresas públicas ubicadas en los mercados desregulados o competitivos, lesionando al mercado, a la competencia, a los competidores y finalmente a los consumidores. Aun cuando en una primera instancia podría levantar suspicacia, si efectivamente se lesionaría a la sociedad en su conjunto, debemos considerar que toda práctica exclusionaria, de cierre de mercado (foreclusure) que lesione a un competidor al menos tan eficiente como el operador público, lesionará a la sociedad. Lo anterior, no deja de ser cierto en el caso que el operador público ofrezca tarifas “solidarias”, una vez que estará distorsionando mercados distintos o estará utilizando, en última instancia, recursos públicos (renta petrolera), uso sobre el cual la sociedad no ha sido consultada, ni ha sido evaluado su costo de oportunidad.

Así las cosas, se hace estrictamente necesario que se diseñe y redacte una normativa o una Ley que trate este tipo de actividades. Esta normativa tendrá que considerar los beneficios derivados del ahorro de costos transaccionales a favor de los consumidores y los ahorros de costos producto de las sinergias y las economías de alcance, que pudieran ser trasladados a los consumidores finales a través de menores precios.

Adicionalmente, esta normativa aun cuando debe reconocer las eficiencias de conglomerado y las verticales, tiene que contener una serie de artículos que obligue a los prestadores públicos de servicios a poseer una metodología contable que permita discriminar y separar los costos asignables, y evitar asignaciones que apalanquen a la empresa pública en competencia.

Finalmente, deberá ser evaluado el impacto potencial de las prácticas de Bundling y si estas no constituyen una lesión a la dinámica del mercado y a la competencia.

Economista, Master en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid,
Master in Competition and Market Regulation Graduate School of Economics of Barcelona

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