Economía

La corrupción

(AIPE)- Erradicar la corrupción no es fácil. Se sugiere, simplistamente, que hay que promulgar más leyes contra la corrupción. Pero el soborno, el robo y el fraude siempre han estado prohibidos.

Hay que darse cuenta que hay tipos de gobierno que fomentan la cultura de corrupción y otros gobiernos que no. Los primeros, como el de Guatemala, se rigen por una Constitución desarrollada para dirigir las actividades de las personas y, por lo tanto, la gente depende del buen o mal juicio de los funcionarios, es decir, de su poder discrecional. Pero también es posible gobernar un país con una Constitución que norme principios de conducta, donde el gobierno no interfiere en las actividades cotidianas y pacíficas de las personas. El primer sistema abarca desde el socialismo, fascismo y nazismo -donde el gobierno de hecho es propietario de los medios de producción- hasta el mercantilismo que heredó América Latina de tiempos coloniales. Por ejemplo, si usted quiere hacer adobes o sacar arena del río acude al Ministerio de Energía y Minas, donde burócratas con poder discrecional analizarán su proyecto; después va al Ministerio del Medio Ambiente para que todo lo que haga sea “conveniente”, según criterio de los que tienen el poder discrecional de estampar el sello. Si quiere fundar un colegio privado para aquellos padres que quieran voluntariamente mandar allí a sus hijos, tendrá que enfrentar un ejército de burócratas con poder discrecional. En Brasil hasta la tasa de interés está en la Constitución. Ese es el tipo de Constitución que tienen todos los países pobres. Por algo son pobres. Haga cola y cáigale bien al funcionario… vaya bien recomendado o sobórnelo.

Bajo un sistema de gobierno basado en una Constitución de principios de conducta, los gobiernos cuidan que las actividades privadas no perjudiquen a los demás y es al Poder Judicial adonde acuden las personas cuando consideran violados sus derechos. No es el Poder Ejecutivo el que anticipadamente califica y concede o no permisos. La gente hace las cosas por derecho y está obligada a cumplir normas generales establecidas para proteger los derechos de los demás. No hay un reglamento para hacer adobes. Ud. procede a sacar arena o hacer sus adobes o a fundar su colegio sin pedir permiso; pero si perjudica a alguien, certeramente se le castigará. La certeza es lo importante.

Como irremisiblemente todo lo que hacemos afecta a otros aunque sea en forma mínima, el criterio para establecer los límites de lo que tenemos que tolerar a otros se establece en forma general y basado en reciprocidad: tenemos que aguantarle a otros lo que queremos que nos aguanten. Esa reciprocidad es la que hace justas las disposiciones. Bajo tal sistema no dependemos de la decisión de nadie para hacer las cosas que queremos y, por lo tanto, hay muy poca oportunidad para la corrupción.

Claro que bajo el buen sistema también hay reglamentos como el de tránsito y no se logra evitar totalmente la discrecionalidad de los policías de tránsito. Es imposible eliminar todas las oportunidades de corrupción, pero cuando se vive bajo una Constitución de Principios se fomenta y se cultiva la cultura del buen comportamiento, se fomenta la responsabilidad individual y no la taimada viveza del burócrata de turno.

Pensando que quien soborna es igualmente culpable -lo cual tiene cierta lógica- se incluyó en nuestro Código Penal una disposición castigando también a quien soborna. Antes, los funcionarios temían ser delatados. El resultado es que esa disposición es una especie de póliza de seguro contra la acusación, por lo que la corrupción aumentó, demostrando que lo perfecto es enemigo de lo bueno.

La discrecionalidad del funcionario público es la madre de la corrupción. Podemos observar en todos los países del mundo, sin una sola excepción, que la multiplicidad de regulaciones y la discrecionalidad de los funcionarios determinan el grado de corrupción.

* Ingeniero y empresario guatemalteco, fundador de la Universidad Francisco Marroquín, fue presidente de la Sociedad Mont Pelerin.

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