Economía

Reforma Constitucional (I): El Astigmatismo de la Reforma y las lesiones al Consumidor

La Reforma Constitucional adolece de ingenua en el sentido de creer que los reguladores son perfectos (al menos parte de la creencia de que el regulador cuenta con información perfecta, para no hablar del conflicto debido a sus propios intereses). Asimismo, parte del error de creer irreconciliable los objetivos y los bienes sociales de eficiencia económica y de equidad.

Lamentablemente, los fundamentos en los cuales se basa un modelo centralmente planificado, el cual sustituiría al mercado por medio funciones administrativas de un grupo de “gurús” y reguladores omnipresentes, con conocimiento perfecto de las preferencias de los consumidores y de las estructuras de costos de las empresas, resultan Ad Hoc.

El complejo proceso político de la Reforma Constitucional por medio del cual se añaden supuestas prebendas sociales, genera un efecto “astigmatismo” por medio del cual en bloque pasarían ciertas disposiciones tremendamente dañinas a la sociedad venezolana.

En específico, en lo referente a lo económico la Reforma resulta una amenaza a los consumidores. Bajo el supuesto de que todos somos consumidores, se castigará a la sociedad venezolana en su conjunto en beneficio de un pequeño grupo de políticos y empresarios oficialistas, los cuales forman parte de la nomenklatura.

El énfasis que se hace en la Reforma a las ayudas y soportes a favor de las formas empresariales y organizacionales específicas, pregonadas y publicitadas por el Gobierno y el Legislativo, lesionarían a los consumidores (directa o indirectamente).

En el mejor de los casos, el Estado regulador tendrá como problema de optimización en su labor de planificador central la siguiente función objetivo:

Max S(q) – P(q) + α [ P(q) q – C(q) ] q

Expresión dentro de la cual la expresiones S(q) – P(q) representan el excedente del consumidor y/o utilidad o bienestar de los consumidores y la expresión P(q) q – C(q) representa los beneficios de las empresas. El propósito del ponderador α es expresar las preferencias, las ayudas y sesgos del proyecto económico implícito en la Reforma y en los discursos del Ejecutivo y del Legislativo a favor de las Empresas de Producción Social (EPS), empresas autogestionadas, cooperativas, etc. (De igual manera, podría plantearse el problema con una restricción de no-pérdida en las empresas, al estilo de un regulador a precios de Ramsey, pero como lo planteamos no pierde generalidad).

Este problema para el Estado y/o el regulador tiene por solución:

[ P(q) – c ]/ P(q) = [ (α -1)/ α ] [1/ε]

Donde c es igual al costo marginal de las Empresas de Producción Social, y ε es la elasticidad precio de la demanda.

Otra manera de expresar el resultado anterior sería:

[ P(q) – c ]/ P(q) = [ (1 -1/ α) ] [1/ε]

Cuando el Estado y el Ejecutivo consideran en su modelo “endógeno” (¿), que las Empresas de Producción Social (EPS), las cooperativas y empresas autogestionadas serán especialmente atendidas por parte de los reguladores y del Estado, lo que significa es que el ponderador α es superior a uno (1).

Ante un escenario en el que se aprobara la Reforma Constitucional, una vez que α resulta superior a uno (1) (mientras más protegidas las EPS y cooperativas mayor su ponderación y mayor será el valor α), las EPS, cooperativas y empresas autogestionadas que gocen de monopolios locales (farmacias populares, MERCAL, etc.) podrían fijar un margen o mark-up superior comparado con el caso de un monopolio privado. Se estaría lesionando a todos los consumidores, especialmente en zonas pobres y a consumidores desprotegidos que suelen enfrentarse a mercados de proximidad y/o a vendedores informales en mercados bilaterales.

Lo cierto, es que con la aprobación de la Reforma se estaría destruyendo eficiencia económica y se estarían creando incentivos para nuevas rentas derivadas de la afiliación a la nomenklatura de poder. Aun cuando eventualmente se estaría distribuyendo rentas a favor de estos “nuevos” actores económicos, se estaría lesionando a los consumidores y se destruiría riqueza. De igual manera estas protecciones y prebendas en favor de cooperativas, de empresas públicas y autogestionadas, determinarán una asignación ineficiente de recursos lo cual implica un alto costo para la sociedad. En ausencia de estas disposiciones de la Reforma sobre políticas “industriales” proteccionistas a favor de EPS y cooperativas, pudiera ser que las rentas empresariales se encuentren más concentradas (bajo el supuesto de que las empresas privadas más eficientes conquistan mayor cuota de mercado), pero aun cuando suene paradójico, ocurriría a un menor costo para la sociedad, en términos gastos de lobbying para la captura de rentas, a menores costos de producción, con una mayor eficiencia productiva y sin destruir, ni lesionar demanda ante un menor mark-up (o menos renta petrolera despilfarrada).

Economista UCV
Master en Economía Industrial
Especialización en Economía del Sector Energía
Especialización en Economía del Sector Telecomunicaciones
Especialización en Economía del Sector Farmacia
Especialización en Economía del Sector Transporte
Universidad Carlos III de Madrid
Master in Competition and Market Regulation
Barcelona Graduate School of Economic (Universidad Pompeu-Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona, CREI).

Research Assistantship Barcelona GSE Master in Competition and Market Regulation y FEDEA (Fundación de Estudios de Economía Aplicada).

Programa Avanzado en Política de Competencia
Instituto de Empresas
Experto-consultor en Derecho y Economía de la Competencia y la Regulación Económica.

Fundado hace 28 años, Analitica.com es el primer medio digital creado en Venezuela. Tu aporte voluntario es fundamental para que continuemos creciendo e informando. ¡Contamos contigo!
Contribuir

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba