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La Constitución aprobada en el año 1999 cuando Chávez Frías gozaba del máximo esplendor de su popularidad, introdujo por primera vez en nuestra historia constitucional la reelección presidencial, pero ojo, por una sola vez. Era como mucho pedir que el pueblo se tragara la reelección indefinida, de hoy para mañana.

Desde luego el proyecto era la presidencia vitalicia y habría que esperar el tiempo adecuado para la introducción de la reforma que la haría posible. Sin embargo no fue posible. El proyecto de reforma que introducía la reelección indefinida, vino acompañado de otras reformas de manera que pudiera ocultar el propósito claro de introducir una presidencia vitalicia, a través de una reelección indefinida, pero el pueblo le negó su aprobación en el referendo consultado.

Hubo necesidad de desnudar el propósito, la reforma constitucional debía presentarse de nuevo, pero ¿cómo? “La iniciativa de reforma constitucional revisada no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional”; y ya la reelección indefinida había sido “revisada” por la Asamblea y sometida a un referéndum que le negó aprobación.

Hubo que recurrir de nuevo al TSJ, porque no había posibilidad de replantear la reforma, pero sí había unos magistrados que gritaban “Uh ah Chávez no se va”. Ellos podían encontrar esa posibilidad, aunque no la había, ni la hubiera, pero sí la habría porque como iban ellos a permitir que se fuera, si ya ellos habían decretado, precedido de un ”Uh, Ah”, que “Chávez no se va”.

La “ingeniosísima fórmula” por la cual sí se sometería de nuevo a referendo durante el mismo período constitucional la reforma propuesta sobre la reelección fue, que la presentarían “de nuevo” pero desnuda, es decir, sin las otras reformas propuestas que también habían sido negadas. Como el lector adivinará esto equivale, a pesar de lo que dice la Constitución, a que todas esas reformas negadas, podían ser aprobadas durante el mismo período constitucional si se volvían a presentar una por una y no todas juntas.

Y por qué, se preguntarán quienes me lean vengo yo a traer a la atención de ustedes, mis lectores, estos aspectos jurídicamente complejos.

Porque Chávez no pudo aprovechar la ganga que le ofrecía el TSJ, pero Nicolás Maduro sí. Siendo él Vicepresidente compitió por la Presidencia en mazo de 2012 aunque el artículo 229 establece que no puede ser elegido Presidente quien esté en ejercicio del cargo de Vicepresidente, o ¿sería que renunció, o se separó del cargo cuando vio a Chávez llegar casi cadavérico? Y se dijo a sí mismo, “ésta es la mía”.

En mayo del 2018 compitió por la reelección y a pesar de todas las denuncias hechas con relación a esas elecciones se afirma que ganó; y que por eso hoy ejerce todavía y se lanzará de nuevo en el 2024 para una segunda reelección a la cual no tiene derecho sino con base en esa reelección indefinida que el TSJ declaró válida pero para Chávez. ¿Será que la declararon válida también para Maduro? No estoy seguro, yo todavía no los he oído gritar “Uh Ah Maduro no se va”. Y usted lector ¿los ha oído?

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