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El artículo 187-11 de la Constitución

Carlos Armando Figueredo

El artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fija las atribuciones de la Asamblea Nacional y en su ordinal 11 dispone: “11.- Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país”.

Hemos visto cómo muchos de los opositores radicales cortoplacistas le exigen a la Asamblea Nacional y a su Presidente que invoquen el referido artículo para que fuerzas militares extranjeras, encabezadas por las de Estados Unidos intervengan en Venezuela para derrocar a Maduro. ¡Cuán equivocados e inconscientes están! El ordinal 11 de dicho artículo ya ha sido invocado antes por el Parlamento venezolano al permitir misiones de entrenamiento militar en nuestro país y que misiones militares venezolanas lo hagan en el extranjero en ayuda humanitaria,  Nunca lo ha permitido, ni puede permitirlo, para que ejércitos extranjeros intervengan políticamente en Venezuela.

Hemos visto cómo la dictadura de Maduro, sin la autorización que exige la Constitución, ha resuelto pedir, desde la época de Chávez, que el gobierno cubano envíe a nuestro país misiones militares que infiltren nuestra fuerza armada, dirijan todo lo que es inteligencia y protejan la integridad física de Nicolás Maduro. Del mismo modo, Maduro ha permitido la injerencia de fuerzas militares rusas.

Juan Guaidó nunca va a permitir que se invoque el 187-11 para que ingrese en Venezuela un ejército extranjero, ya sea de los Estados  Unidos, de Colombia o de Brasil. Hay una sola ocasión para que se invoque dicho artículo y es la siguiente: Si la Asamblea Nacional desea invocar la Responsabilidad de Proteger (R2P) para que pueda ingresar ayuda humanitaria, sin obstáculos gubernamentales, puede hacerlo ante el Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas y si el mismo la aprueba sin que haya habido veto de Rusa o de China, puede ordenarla y, llegado el caso de que la dictadura no lo permita, valiéndose de la violencia, puede llegar a decidir la participación de cascos azules que protejan los convoyes de ayuda humanitaria. Por supuesto eso debe estar sujeto a las condiciones y limitaciones que se impongan.

Nada de fuerzas militares extranjeras para acabar con la usurpación; somos los venezolanos demócratas, a quienes nos corresponde hacerlo y para ello lo tenemos que hacerlo valiéndonos de inmensas demostraciones como la prevista para el primero de mayo.

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