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La ayuda al cataclismo cubano

Recibo de un amigo de la infancia, adolescencia, juventud, madurez y que incólume se extiende a la vejez la advertencia que “la ayuda humanitaria a Cuba” no se origina en un terremoto sino en un “tornado”. Esto me obliga, después de agradecerle la observación, a enmendar el párrafo primero de mi artículo anterior; y así lo hago.

“Se difunde la noticia del envío desde Venezuela por parte del gobierno del usurpador de una ayuda humanitaria para Cuba como contribución para aliviar los males causados por un “tornado”, al mismo tiempo cuando el gobierno del usurpador se prepara para impedir el ingreso de ayuda humanitaria a Venezuela, para aliviar los males causados por un “diluvio” que lleva veinte años de duración”.

El resto del artículo puede permanecer incólume por cuanto como expreso al final del mismo la “ayuda humanitaria” solo puede entenderse cuando la decisión de suministrarla resulta de un acto ordenado por la libre voluntad de quien la ofrece o quien la da; y jamás puede revestir ese carácter aquella que se origina en un acto que le impone o le obliga a realizar al encargado de suministrarla, la persona o la entidad que la recibe.

Tampoco es necesario repetir lo ya dicho acerca del trastrocamiento del significado de las palabras, pues lo expuesto como concepto general, tomado de Georges Orwell, pretendía tan solo hacerle ver al lector lo que ocurría, en una forma inversa a la que generalmente se recurre. Para hacer gráfico nuestro lenguaje usualmente tomamos un caso particular, lo que puede llamarse un ejemplo, y a partir de ahí, construimos el concepto general. Yo procedí al revés, tomé de Orwell la visión “macro”, para decirlo con palabras modernas; y luego la apliqué al caso “micro”, la ayuda humanitaria a Cuba.

No quiere esto decir que la ayuda a Cuba haya sido “micro”. En realidad tenemos 20 años supliendo ayuda a Cuba en todos los órdenes, por lo que lo relacionado con el “tornado” no reviste una condición diferente a la que significan: 1) venta de petróleo a precio preferente, 2) comisión por la venta de petróleo nuestro a terceros, 3) comisión por la compra de bienes para nuestro consumo, 4) alivio del desempleo contratando enfermeros con rango de médicos, y personal para control  de registros, notarías, cedulación y seguridad de altos funcionarios que resultan prisioneros de quienes los cuidan, por lo cual no pueden considerarse traidores a la patria ya que actúan bajo “estado de necesidad”, salvo por supuesto en el caso del usurpador, porque éste, no importa donde haya nacido, es cubano.

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