Opinión Nacional

Control y regulación dinámica y eficiente de precios: Price-Caps

No lo haremos porque entendemos que este artículo podría ser un aporte a favor de un mejor diseño de las políticas públicas y regulatorias, una vez ya se ha tomado una decisión política –cuente con racionalidad en el deber ser o no- de regular ciertos productos por medio de un control de precios.

Los controles de precios constituyen un mecanismo e instrumento de regulación económica que suele tener un propósito definido y concreto. Lo anterior significa que previo a un estudio y análisis económico, donde se constate y determine técnicamente la existencia de una falla, distorsión y una eventual preocupación de resguardo del interés público; deberá evaluarse cuál es la acción pública que resultaría más eficiente dada la naturaleza de la falla y el ámbito o estadio de la cadena de producción-comercialización donde se estaría manifestando.

En este sentido, los controles de precios constituyen solo un instrumento dentro de una amplia gama de acciones públicas y regulatorias que podría diseñar e instrumentar el Estado. Más allá, los controles de precios se justificarían fundamentalmente cuando existe un monopolio natural o un único oferente en el mercado.

Sin embargo, en el caso que nos ocupa, de haberse tomado una decisión política de instrumentar un control de precios, debe primero tenerse claro cuáles son las causas de la eventual distorsión, porque en la medida que el control de precios no actúe sobre los factores explicativos o distorsionantes, su resultado será pobre, irrelevante o incluso en ocasiones distorsionante.

Ahora bien, partiendo del hecho que exista la justificación para una instrumentación regulatoria de esta naturaleza o que se haya tomado la decisión política de instrumentar un control de precios, aun cuando no atienda a las causas, supongamos insuficiencia de oferta o demanda superior a la oferta generando desabastecimiento; debe ponderarse que el diseño del instrumento de control de precios puede generar nuevas y más graves distorsiones. En este orden de ideas, el diseño del control de precios constituye una labor tan o más importante que el propio análisis de determinación de la justificación y toma de decisión de utilizar esta alternativa regulatoria.

Existen distintas formas para instrumentar un control de precios y de esto da cuenta una extensísima literatura económica y académica sobre cómo ha evolucionado los distintos mecanismos de control y cuáles han sido sus resultados. En este sentido, dos pueden ser los objetivos que pueda perseguir un control de precios; el primero que posee asidero en el deber ser de las actuaciones públicas es resguardar la eficiencia económica y/o el acceso al bien o servicio sujeto al control de precios –pero que encuentra razón sólo en aquellos casos de monopolio natural-; el segundo, más político que normativo porque existirían mejores instrumentos y políticas para atenderlo, incluso menos distorsionantes, como lo es un eventual objetivo de determinar, administrativa y burocráticamente la regla de reparto del valor o precio del bien, especialmente cuando nos referimos a transacciones voluntarias entre oferentes y demandantes –lo que no necesariamente atiende a una verdadera materia de interés público-.

Los controles de precios suelen sufrir del hándicap de resultar potencialmente distorsionantes. Lo anterior fundamentalmente por su propia naturaleza, ya que constituyen un típico problema de asimetrías de información donde el regulador actúa sin ser ni oferente ni demandante, en nombre de los anteriores, no poseyendo información completa respecto a estos –típico problema de selección adversa ex ante al diseño y potencial problema de riesgo moral ex post al diseño e instrumentación-.

Asimismo, las regulaciones y en específico los controles de precios poseen el sesgo de poder terminar fungiendo como esquema de desincentivo a la oferta, a la actividad económica e incluso distorsionar el uso eficiente de los recursos –típico caso de problema de efecto Averch-Johnson-.

Sin embargo, un buen diseño de los controles podría evitar por completo alguno de estos problemas o minimizar alguno de ellos. En este sentido, la economía positiva, la teoría económica de la regulación y la experiencia previa a nivel nacional e internacional, pueden dar luces a favor de un diseño eficiente que genere el mínimo de distorsiones atendiendo a alguno de los objetivos que pudieran haber justificado la decisión de instrumentar un control de precios.

En este orden de ideas, existen fundamentalmente dos enfoques regulatorios en el diseño de los controles de precios. El primero basado en costos, y el segundo, conocido como regulaciones o controles basados en incentivos.

El primer enfoque basado en costos, consiste en formar precios por parte de un regulador imperfecto por naturaleza, sometido a asimetrías de información y discrecionalidad, que crearía esquemas de incentivo o desincentivo en términos de la producción, distorsionando el uso de los recursos productivos. Este enfoque se encuentra en franco desuso a nivel mundial, porque adicionalmente, como suele ocurrir en Venezuela, ante la existencia de inflación e ineficiencias administrativas responsabilidad de la administración pública y rezagos en los ajustes de precios administrados, se atenta contra uno de los objetivos que debe resguardar cualquier regulador: satisfacer la restricción de participación del oferente, es decir, no atentar contra la oferta, la producción y la sostenibilidad del oferente, los productos, la calidad y la variedad.

El segundo, el enfoque basado en incentivos, ampliamente utilizado a nivel mundial en aquellos casos en los que se justifique previamente un control de precios, se encuentra conformado por mecanismos que resguardan la restricción de participación de las empresas (lo que significa que no se pinza márgenes, no se produzca a pérdida y no se destruya incentivos a la oferta), resguardando por tanto la oferta y el acceso al bien o servicio. Asimismo, este mecanismo de regulación reconoce la imperfección natural del regulador ante las asimetrías de información, evita pinzamientos de márgenes que condenan la sostenibilidad de la oferta –lo que atentaría al interés público-, y constituye un mecanismo de incentivos a favor de la eficiencia productiva, especialmente en términos dinámicos. El instrumento por excelencia correspondiente a este enfoque regulatorio es el Price-Cap (CPI-X). Este mecanismo de control consiste en una formula ajustable luego de un periodo de tiempo determinado, que arroja el nivel de precios administrados, a lo largo del tiempo, producto del ajuste del nivel de precios actuales a los factores inflacionarios que impactan las operaciones productivas, comerciales y de oferta, y ajustado asimismo por un factor de eficiencia que crea incentivos a favor de esfuerzos productivos y competitivos. Este tipo de mecanismos en economías inflacionarias como la nuestra evita que se generen episodios de desabastecimiento.

Finalmente, queremos destacar que en ocasiones, resulta mucho más importante el diseño de un mecanismo dinámico, eficiente y/o ex post que no constituya una barrera previa a la actividad económica, que la propia decisión de regular. Tan importante como el cuándo es el cómo y por medio de qué tipo de instrumento y diseño se regulará.

Economista. Master in Competition and Market Regulation. Master in Industrial Organization and Markets. Especialización en Economía de los Sectores Energía, Telecomunicaciones, Farmacéutico, Transporte, Agua y Banca. Profesor universitario de Regulación Económica y Regulación de Competencia.

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