Opinión Nacional

De asesino de policias a asesino de conciencias

El régimen totalitario de Hugo Chávez arremete con fuerza y desesperación contra todos los derechos e instituciones que forman parte inseparable de las libertades públicas: los medios de comunicación y el derecho a la información, la libertad de expresión del pensamiento, la libertad económica y de empresa, la privacidad de las comunicaciones, el voto y la soberanía del pueblo, la autonomía universitaria, el derecho a manifestar, el derecho a huelga, el derecho de asociación, el derecho de los trabajadores a sindicalizarse y cualquier otro que a usted se le ocurra se encuentra en la agenda dictatorial. Agenda, que “por ahora” alcanza, criminaliza y penaliza la libertad de conciencia de un grupo importante de ciudadanos: los funcionarios públicos electos.

La criminalización del ejercicio de la libertad de conciencia se encuentra contenida en el adefesio jurídico denominado “Ley de Reforma parcial de Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones”, mediante el cual se convierte el ejercicio de la libertad de pensamiento y de conciencia en una conducta cuasi delictiva, que por ahora se limita a determinados funcionarios pero que en el futuro se podría extender su espíritu fascista-comunista a la generalidad de la población.  

El proyecto consta de seis contenidos en un Capítulo a agregarse al Título II de la referida ley. El objeto de la reforma es introducir un conjunto de normas y sanciones que por su carácter represivo inhiban a los diputados electos que fueron postulados por los grupos políticos que apoyan al gobierno. El proyecto en cuestión deja al descubierto el ánimo totalitario de los proponentes, que actúan como caja de resonancia de las puntadas rectales del dictador, que meses antes en una de sus peroratas televisivas pidió sanciones ejemplarizantes para quienes “saltaran la talanquera”.

La reforma propuesta, según la exposición de motivos va dirigida específicamente a regular y sancionar el ejercicio de la libertad individual y de conciencia de los diputados a la asamblea nazional. Sin embargo en el propuesto artículo 27, hace sujetos de esa reforma a “todo ciudadano electo o electa [sic] por voluntad popular de conformidad con la constitución y las leyes”, de manera que ciudadanos como Henry Falcón podrían estar en la mira del fascismo oficialista.

De allí en adelante, todo el texto va dirigido a tratar de proteger no la voluntad de “los electores y electoras” ni a ningún compromiso del electo con ellos, sino a proteger la integridad numérica de la bancada oficialista en la asamblea nazional, que desde ya presiente el dictador débil y quebradiza, para lo cual define como “conductas fraudulentas al electorado” 1. Votar en contra de los postulados en términos de su contenido ideológico, es decir votar en contra de la línea partidista. De paso habría que decir que los diputados electos por la alianza de la unidad corren el riesgo de ser acusados TODOS de conducta fraudulenta al electorado, pues habiendo sido apoyados por numerosos partidos que abarcan todo el espectro del pensamiento político venezolano, corren el riesgo de emitir un voto que pueda considerarse contrario a la oferta electoral de alguno de los grupos que lo apoyó. 2. Es también fraude electoral hacer causa común con contenidos y  posiciones políticas distintas a las de partido. 3. Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias al partido y sus aliados y 4. Separarse del grupo parlamentario de opinión o fracción parlamentaria del partido que lo postuló o integrarse a otro o crear otro grupo parlamentario contrario al partido.

Dicho en otras palabras, si a usted lo postuló el PSUV, usted es una marioneta de Chávez o de cualquiera de las focas que pongan al frente del PSUV en la asamblea nazional. Usted no tiene derecho a opinar ni a hablar ni a votar conforme a su conciencia y a lo que usted cree que está más cerca de lo propuesto por usted en su oferta electoral. Usted se convierte no en una foca, que puede mover el rabo y aplaudir si está viendo al domador, sino en un zombi sin cerebro ni voluntad, el partido hablará y aplaudirá por usted mientras Cilia y Desiré moverán el rabo.

El fondo real de la reforma es declarar que los diputados y funcionarios electos son simples agentes subordinados del partido, del que recibirán instrucciones, en abierta contradicción con la disposición contendida en el artículo 201 de la “mejor constitución del mundo”, que dispone que Los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal.

           El instrumento totalitario y represivo propuesto prevé que los infractores, contra revolucionarios pitiyanquis y escuálidos, que simplemente no voten a favor de alguna proposición del gobierno o peor aún que osen renunciar a su militancia y “salten la talanquera” para unirse a las fuerzas democráticas o que se independicen y conformen un nuevo grupo parlamentario, serán sancionados con “suspensión o inhabilitación parcial o total”, pasándose por el paltó las disposiciones para el allanamiento de la inmunidad parlamentaria, enjuiciamiento y aplicación de sanciones a los parlamentarios por la comisión de presuntos delitos, contenidas en el artículo 200 constitucional.

Para la aplicación de tales sanciones [artículo 31 propuesto] bastará con “la previa solicitud de los ciudadanos o  un diputado [no de una diputada según el lenguaje ridículo del régimen] en representación del Grupo Parlamentario de Opinión [el partido] al que pertenece”. ¿Cuántos ciudadanos, cuáles ciudadanos? Sencillo: los que a ellos les dé la gana. Así, le pasan igualmente por encima a la institución de la revocación del mandato mediante referéndum popular. La plenaria de la asamblea nazional considerará la petición y decidirá la suerte del traidor. Y ahora viene lo mejor.

Aun cuando en la Venezuela surrealista del chavismo, es decir la Venezuela del absurdo y el atropello, nada nos puede sorprender ya, las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia en esta materia se le atribuyen, sin fundamento constitucional o legal alguno, nada más y nada menos que al Contralor General de la República. En el artículo 32 propuesto se establece que “La Asamblea Nacional podrá remitir el expediente a la Contraloría General de la República, a los efectos de que se considere si hay méritos suficientes para la inhabilitación política del diputado o diputada sancionada.”

La razón que seguramente privó en los redactores de este adefesio jurídico es que en su ignorancia creen que una de las funciones constitucionales del Contralor General de la República es inhabilitar políticamente a los ciudadanos. Lo conciben como una especie de verdugo a quien Chávez le ha atribuido la misión de ejecutar la muerte política de sus adversarios. Y para esa designación seguramente el Iluminado de Sabaneta tuvo en cuenta los antecedentes de cobarde “asesino de policías” del contralor Russian. Asesinatos a mansalva, con premeditación, alevosía, ventaja y nocturnidad dignos de sicarios del narcotráfico de la peor especie, actividades que compartía con el tardíamente fallecido Guillermo García Ponce y con el todavía no fallecido Alí Rodríguez Araque y con la pandilla de secuestradores y asaltantes de bancos que forman parte importante de la élite de la boliburguesía chavista. Este sicario de los sesenta será el encargado de fusilar, por ahora solo políticamente, a los disidentes del régimen.

Clodosvaldo Rusian, de asesino de policías confeso, condenado y hasta hoy prófugo de la justicia, se ha consagrado con el rimbombante cargo de Contralor General, como el sicario oficial del régimen para asesinar política y moralmente a los venezolanos con conciencia.   

 

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