Opinión Nacional

Estupidez y Negocios

Esto de la nueva reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) ya reviste características de un ya largo y tedioso sainete: Ya van cuatro reformas en este período, y aún no terminan.

Se trata de una colosal obra donde se mezclan por lo menos tres distintos intereses: Por una parte, las necesidades de figuración, de prestigio, de llamar y llamar la atención del jefe en el empeño de una cantidad significativa de idiotas; por la otra, las equivalentes a los más denodados, especializados y ridículos genios de la adulancia –o jala bolas en términos populares– y, por último y básicamente, de los muy precisos intereses crematísticos de una sarta de comerciantes y vivos criollos, ávidos de tomar parte en la reapertura, relanzamiento y ulterior consolidación de un agilizado y dinámico nicho comercial y de servicios, y la derivada rebatiña de bolívares, euros y dólares de la revolución.

Como ha quedado suficientemente expuesto por los interesados, este asunto de la reforma del COPP sólo trata de brindarle cobertura legal a una ya consuetudinaria actividad ilícita; la misma que ha sido puesta en práctica y públicamente evidenciadas en el hoy, en las múltiples intervenciones de uno y otro dizque representante del pueblo en la Asamblea Nacional: Las intercepciones Telefónicas.

Si bien el tema, aceptamos, es inicialmente materia para especialistas en áreas del derecho y de los derechos ciudadanos pautados y vigentes en la Constitución escrita promulgada y vigente desde el año 1999, posiblemente también de contenidos de los acuerdos internacionales firmados por la República e incorporados o no al referido texto, la materia también requiere precisas consideraciones ajenas al derecho y, por lo menos, en otros dos importantes, determinantes, pero al parecer ignorados o expresamente evadidos ámbitos: El económico y el técnico.

¿Culpa del ciego?

Este asunto de las intercepciones telefónicas adquirió hace casi cincuenta años atrás una enorme relevancia e importancia económica en el mundo de la industria de la ilegalidad.

Se trataba de la enormes ventajas comparativas, expresas en ganancias económicas líquidas que brindaba la posibilidad técnica de comercializar las resultas de incorporar un par de “caimanes” a los pares telefónicos de uno u otro usuario y en función de los intereses privados de quienes contrataban estos servicios clandestinos.

Precisamente, en la época en que Carlos Andrés Pérez ejercía como Ministro del Interior, de ese citado vocablo “caimán”, derivó el seudónimo que le fuera rápidamente incorporado al nombre de pila de la maracucha novia o compañera sentimental del jefe de la Digepol.

Lo económico

Ágil y activa dama a quien este jefe policial, para que ella obtuviera por sus propios medios para sí, su familia y dependientes, suficientes recursos económicos líquidos y directos que le permitieran llevar una vida bien cómoda, y sin tener que meter él la mano en su propio bolsillo, negoció con su jefe y luego ordenó las obras civiles necesarias para que le fuesen derivadas desde el ADS más cercano hasta la casa de habitación de “La Caimana”, unas 26 líneas muertas de la CANTV.

A partir de ese momento, entre una que otra intercepción telefónica a uno u otro objetivo del gobierno –ministros, directores y directivos en gobierno, diputados y militares afectos o de oposición, banqueros, hombres de negocios, guerrilleros o simples delincuentes–, se colaba el interés crematístico de la dama y nace el negocio de vender clandestinamente a los privado e interesados que contrataban sus servicios, el cassette de 30 minutos de intercepción telefónica continuada al precio de quinientos bolívares. Significaban Bs.24.000,oo el precio de las 24 horas si así lo precisaba el interesado.

En decir, en términos monetarios actualizados y para quien émulo de “La Caimana’, administre los ingresos de 26 líneas muertas o su equivalente, existe un potencial de ganancias de más de seiscientos mil bolívares diarios. En términos referenciales y a una tasa de cambio de aquella época de US$/Bs. 4,30, significaban: 145.116,25 dólares americanos diario de ingreso.

Muchos fueron los que con el correr del tiempo, dentro y fuera del gobierno, se incorporaron al negocio, muchos tienen hoy en su haber, años de experiencia desarrolladas tanto en las viejas y superadas tecnologías de los sistemas analógicos como en las más modernas de la era digital, de la telefonía celular y de los satélites de comunicación.

Hoy, con o sin la orden ministerial para el cobro del IPC, al precio del dólar controlado, significa el ejemplo citado, un ingreso mínimo diario de más de trescientos mil bolívares fuertes (BsF. 333.767,35), y a precios del innombrable, significaría un millón de bolívares fuertes (BsF) diarios: Un millardo diario; mil millones de bolívares de los viejos cada 24 horas.

¿Y quién le da el palo?

Más aún, tómese en cuenta el hecho de que la reforma dispone que “… no sólo la Fiscalía General podrá interceptar o grabar comunicaciones privadas, sino que los organismos públicos o empresas privadas de telecomunicaciones también estarán obligados a crear unidades para efectuar ese trabajo y colaborar con el Estado…” (Hernán Lugo-Galicia, El Nacional 25/06/09)

El vice presidente de la Asamblea Nacional, Saúl Ortega, según informa Noticias24.com: “… aseguró que en ese proyecto no hay ‘segundas intenciones’ y que la intención de la reforma es ayudar a que sea más expedita la justicia en Venezuela… ‘Yo quisiera decir que en este proyecto no hay piquetes y no hay segundas intenciones. Estamos buscando de manera sincera con esta propuesta coadyuvar en lo que es la celeridad, que la justicia sea más expedita… lo que se está haciendo es un agregado con respecto a la necesidad de que las empresas de telecomunicaciones, las entidades financieras, las entidades bancarias, están en la obligación de mantener un personal las 24 horas del día a los efectos de dar la información que se requiera para la resolución de algunos casos’…”.( http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/60731/critica-la-presunta-campana-contra-la-reforma-del-copp/)

Primeras, segundas o terceras, es lo mismo

Significa entonces, para los viejos y los nuevos incorporados al gran negocio creado por obra de la última reforma en curso del COPP, una enormes cantidades de dinero que flotará sobre sus cabezas, de ganancias potenciales, si tomamos en cuenta que a lo ya comentado del negocio de las intercepciones, han de agregarse mayores y lucrativas ganancias que estarían representadas por la explotación de los rubros comerciales referidos a:

1) Importación, venta, instalación, suministros de insumos y mantenimiento de los equipos a ser instalados en todas y cada una de las distintas dependencias públicas, de las oficinas centrales y agencias de los bancos y demás entidades financieras; en todas y cada una de las empresas dedicadas al rubro de las telecomunicaciones.

2) Búsqueda, selección, entrenamiento y supervisión técnica del personal destinado a las múltiples tareas para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones legales.

3) La potencial creación y desempeño contratado de empresas privadas destinadas a prestar la variedad de servicios que demanda e impone a las entidades públicas y a empresas privadas la nueva ley: “Outsourcing”.

Potencial de ganancias líquidas de hoy

Si ayer, con expresa violación de las leyes vigentes, particulares grupos privados y otros organizados al interior de una u otra dependencia pública –entre otras, Ministerio del Interior, Disip, PTJ, DIM–, fuere con equipos propios adquiridos e importados del mercado extranjero, fuese con los mismos equipos instalados en las dependencias públicas o con el total o parte de esos equipos obtenidos mediando la distracción o el simple robo de ellos en los cambios de gobierno, fuere con una combinación –como fuera el particular caso del investigador privado y sus socios, ese mismo quien luego resultaría implicado en el affaire del vuelo de Cubana de Aviación–, el negocio de la venta de cassettes de 30 minutos de intercepciones telefónicas a esposas y/o maridos celosos, a gerencias de empresas con graves problemas internos de conflictos de intereses; de espionaje industrial, comercial, bancario, financiero y hasta por simple morbo, obsesión o desequilibrada de la psiquis en los interesados que pagaban el servicio, lograron en años significativas y enormes ganancias, tantas como para vivir cómodamente, visitar con frecuencia y jugar en los casinos de Aruba, hasta para construir casas y hasta edificios industriales.

Lo técnico

Precisamente lo que radicalmente –sin términos medios o medios tonos– ha distinguido, separa y separará desde la perspectiva técnica y profesional –del especializado trabajo en la investigación criminal– de aquel comerciante del montaje o del payaso dedicado al chisme, al cuento, a las fantasiosas historias a los John Le Carre, atentados incluidos, y más radicalmente de los especializados adulantes del poder –dentro o fuera del gobierno–, es el método.

En materia de uso del producto de las intercepciones telefónicas –sean éstas oficiales o no, legales o ilegales, abiertas o clandestinas–, lo que define la necesidad en el empleo de esas técnicas de indagación, es el objetivo buscado.

Tratándose de una investigación criminal, puesto que el COPP es a eso a lo cual está referido excluimos las consideraciones sobre otras necesidades y empleo.

A partir de la precisa definición de ese objetivo, se requiere entonces la adaptación y ajustes de los equipos, del personal y de las técnicas que van a ser implementadas y utilizadas, tomando en cuenta los términos que las normas vigentes establecen a tenor de la calidad de las probatorias a ser presentadas por ante el juez en momento de la imputación, y de los particulares planteamientos sujetos a contradicción en la audiencia.

Ya planteado en esos términos, puede fácilmente entenderse la poca o ninguna validez que puede tener, en una audiencia, la presentación y escucha de un cassette o cinta magnetofónica; la simple escucha puede perfectamente ser refutada por la contraparte, puesta en duda, hasta calificada de montaje: ¿Qué relación tiene lo que se escucha, con lo que se pretende demostrar?

Payasadas

Ya hemos sido testigos de las múltiples sesiones en la Asamblea Nacional donde uno u otro dizque representante, se luce haciendo escuchar la conversación entre uno y otro personaje de interés para el gobierno; con ello, señalan uno u otro detalle de esa conversación para sobre ella construir un caso. Sea criminal, sea político, administrativo, o de simple empeño en la descalificación personal y para someterlo al escarnio público al sujeto víctima de la intercepción telefónica.

También hemos sido testigos, una y otra vez, de que después de ese momento de lucimiento del representante, nada pasa, todo queda igual, sin consecuencias, hasta que de nuevo, otra nueva intercepción telefónica cae en manos de ese u otro “representante” para montar de nuevo el show y solazarse en la burla, en el chiste malo y las expresiones de la más depurada vulgaridad adornada con las muestras de hilaridad, festejos y los aplausos de sus pares.

Si tratásemos de abordar otros aspectos técnicos del tema de las intercepciones telefónicas, estaríamos obligados a escribir una cantidad enorme de páginas, no es ese el tema de esta nota cuya pretensión no va más allá de establecer un hecho indiscutible puesto que, tal y como percibimos en algunos detalles en esta nueva y cuarta reforma del COPP, pareciera que este nueva pieza de sainete se intercambian pareceres y criterios entre la ignorancia de unos y la idiotez de otros, entre la estupidez de unos y las expectativas de los negociantes, y sin que aún podamos identificar con claridad a uno y otro exponente.

Bien lo afirmó en su momento Johann Wolfgang Goethe (1749-1832): “… Contra la estupidez, hasta los dioses luchan en vano…”

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